Un fiscal pidió la indagatoria de tres policías de la Ciudad que están imputados por haber encubierto a un compañero de esa fuerza que, en agosto de 2019, derribó de una patada a un hombre que murió al golpear su cabeza en el asfalto, en el barrio porteño de San Cristóbal, informaron hoy fuentes judiciales.
El pedido fue realizado por el fiscal Leonel Gómez Barbella ante la jueza de Instrucción Yamile Bernán, para que cite a indagatoria a un inspector y a dos oficiales a quienes se les atribuye "haber actuado en forma conjunta y coordinada para ocultar, alterar y hacer desaparecer los rastros y pruebas del delito" y ayudar así al policía Esteban Ramírez a eludir la investigación, detallaron los voceros.
El homicidio y el encubrimiento
El hecho que se le imputa a Ramírez es el de homicidio preterintencional de Jorge Martín Gómez, quien fue tumbado de una patada y murió a raíz del golpe que le produjo la caída, la mañana del 19 de agosto de 2019, en Carlos Calvo, entre Saavedra y Alberti, del barrio porteño de San Cristóbal.
En tanto, por el presunto encubrimiento son investigados el inspector principal Héctor Alejandro Febula, la oficial primero Lorena Alejandra Luna y el oficial primero Sergio Daniel Sendra, a quienes el Ministerio Público pidió interrogar, lo cual no fue aún resuelto por la jueza Brenan, aclararon las fuentes a Télam.
Para la fiscalía, los tres policías deben responder en principio por los delitos de "encubrimiento agravado, falso testimonio agravado y falsedad ideológica", ya que "evitaron dar a conocer el suceso en forma inmediata a las autoridades judiciales, notificándolas en forma tardía e informando un ataque previo de Gómez portando el cuchillo sobre Ramirez, circunstancia que no ocurrió", según la acusaciòn.
"Alteraron la escena del crimen, que no se resguardó, y manipularon objetos sin ser debidamente incautados; callaron lo sucedido, otorgando una versión mendaz ante la presencia del personal médico que se presentó a auxiliar a la víctima haciendo insertar datos falsos en el expediente judicial y obviaron convocar a otra fuerza de seguridad distinta", añade el planteo.
De acuerdo con la pesquisa judicial, los dos oficiales "declararon falsamente en la instrucción alegando que Gómez no estaba inconsciente, ni resguardaron los rastros y las pruebas allí existentes del hecho, como los elementos encontrados en poder de Gomez", mientras que el inspector ahora acusado fue quien se comunicó con la fiscalía y el juzgado "dos horas después en forma imprecisa e indicando un supuesto ataque de Gómez a Ramírez que no sucedió".
"Homicidio con dolo eventual, agravado por ser un miembro de las fuerzas de seguridad"
En base a lo establecido en la causa que tiene a Ramírez como imputado por el homicidio preterintencional de Gómez, alrededor de las 7.30 de ese 19 de agosto, tras oír una modulación policial en la que se informaba que había un hombre con un cuchillo en actitud agresiva, ese policía y el oficial Sendra, ambos de la comisaría vecinal 3B de la Policía de la Ciudad, se dirigieron a bordo de sus motos al lugar, donde vieron al hombre indicado cuando caminaba por la bicisenda con las manos detrás de la espada, mientras era seguido por la oficial Luna, quien les avisó que llevaba un cuchillo.
En ese momento, Ramírez se colocó delante de Gómez y le habría ordenado que dejara caer el cuchillo y le mostrase las manos, tras lo cual le dio una una patada en la zona del abdomen que provocó que cayera de espaldas al suelo y golpease la parte posterior de la cabeza, lo que le ocasionó una fractura lineal fronto-parieto-occipital de cráneo, que derivó en su muerte en el Hospital Ramos Mejía.
Ramirez iba a comenzar a ser juzgado el 6 de septiembre último por el Tribunal Oral Criminal (TOC) 9, aunque el debate se suspendió tras un pedido del abogado querellante para que se aceptara como parte a uno de los hermanos de la víctima.
Es que Ariel Gómez, que se había presentado como particular damnificado en la causa, falleció en mayo pasado por Covid-19 y el abogado de la familia pidió que sea sustituido por su hermano Eduardo, lo que fue rechazado.
Ante esa negativa, el abogado querellante presentó un recurso de casación, que fue concedido por el TOC 9 y que derivó en la suspensión del debate hasta que se resuelva la cuestión.
De acuerdo con el requerimiento de elevación a juicio al que accedió Télam, el policía Ramírez actuó en un momento en el que "no había conducta alguna de alarma, es decir no esperó la respuesta a las órdenes que le había impartido a Gómez cuando le aplicó la patada que provocara que aquel cayera de espalda, situación que en definitiva le provocara la muerte"
El policía había declarado que en un momento de distracción decidió golpearlo con una patada en el abdomen para que "pierda el aire y al doblarse poder reducirlo".
Pero que, contrariamente a lo que esperaba, cayó pesadamente de espalda y que luego de la caída no le pareció que estuviere malherido ya que no tenía sangre, ni síntomas de que se ahogase.
"Las probanzas colectadas en autos, en especial las filmaciones del suceso, en conjunto con las declaraciones de los testigos y la autopsia efectuada por la Morgue Judicial, contradicen su versión", sostuvo entonces la fiscal.
Por su parte, el abogado Ignacio Trimarco, representante de la familia de Gómez, había adelantado que sostendría en el juicio que el hecho debía encuadrarse como un "homicidio con dolo eventual, agravado por ser un miembro de las fuerzas de seguridad".