El fiscal de la Sala I de la Cámara Federal de La Plata, Julio Piaggio, respaldó el fallo de primera instancia que declaró “inconstitucional” la designación al frente del principal juzgado electoral del país a Juan Manuel Culotta, un juez vinculado al macrismo y propuesto por el oficialismo en el Consejo de la Magistratura. Si el tribunal platense sigue la recomendación del fiscal y falla en el mismo sentido, se caería “la estrategia del Poder Ejecutivo para maniobrar el proceso electoral en la provincia de Buenos Aires”, tal como la definió Mariano Lovelli, miembro de la asociación de abogados que impulsó la denuncia contra el nombramiento de Culotta.

La polémica designación de Culotta comenzó desde el momento en que fue propuesto como subrogante del Juzgado Federal 1 de La Plata, tras la muerte de su titular Manuel Blanco, en 2014. Su candidatura había sido impulsada por sus ex compañeros del colegio Cardenal Newman, Pablo Clusellas, secretario Legal y Técnico y amigo de la infancia del presidente Mauricio Macri, y Alejandro Pérez Chada, abogado personal del jefe de Estado.

El oficialismo fue quien llevó su pliego al Consejo de la Magistratura y allí fue designado como subrogante en el juzgado electoral platense. Pero esa decisión fue denunciada por la asociación civil Abogados por la Justicia Social (AJUS) de La Plata, Berisso y Ensenada, sobre la base de dos cuestionamientos:

* Culotta es juez penal de Tres de Febrero y, por lo tanto, no puede ser designado como subrogante de una jurisdicción y de una competencia (electoral) que no le corresponden.

* El Consejo de la Magistratura no puede subdividir las competencias de un juzgado creado con una doble competencia: penal y electoral.

La denuncia llegó al juzgado federal de La Plata a cargo de Alberto Recondo, quien hizo lugar a la “irregularidad manifiesta” planteada por los denunciantes y en su fallo declaró la “inconstitucionalidad” de la designación de Culotta.

Como era de esperar, el Gobierno apeló la sentencia ante la Cámara Federal de La Plata. Piaggio, fiscal de la Sala I del tribunal de apelaciones, se hizo eco de la inconstitucionalidad planteada por Recondo y dictaminó que su sentencia debe quedar firme. Lo que ahora resta es el pronunciamiento de la Cámara.

“Estamos conformes con el dictamen y lo que correspondería es que Cámara ratifique la sentencia de Recondo sobre la base de los argumentos del fiscal”, auguró a Página/12 Lovelli, de AJUS La Plata, Berisso y Ensenada.

Frente al declamado respeto por la independencia de la Justicia que reiteran los funcionarios del Gobierno, lo que hay detrás del nombramiento del Culotta es “una estrategia del Poder Ejecutivo para maniobrar el proceso electoral en la provincia con mayor injerencia en el país”, interpretó el abogado.

En la provincia de Buenos Aires “no solo se disputa el 37 por ciento del padrón nacional sino que se da la máxima contienda electoral”, agregó. Allí se dará la pelea de fondo entre el macrismo y el kirchnerismos, representados en las boletas de candidatos a senadores por Esteban Bulrrich y la propia Cristina Kirchner.

En su denuncia, AJUS planteó que Culotta no había concursado para ese cargo y pidió al Consejo de la Magistratura que se abstenga de designar la subrogancia del Juzgado Federal platense. En su resolución, Piaggio pide revocar la apelación, acepta que hay una “discrecionalidad” en el proceso de designación, interpela al Consejo por no respetar la cuestión jurisdiccional y declara “inconstitucional” a la designación. También deja claro que cualquier modificación al régimen de subrogancias debe ser hecho por el Poder Legislativo y recomienda la convocatoria de un nuevo juez.

El pronunciamiento del fiscal es clave porque es el propio ministerio público el que ratifica la postura del juez y, por ende, desiste de la revisión de su sentencia. No obstante, es una suerte de “recomendación” para el tribunal de la Sala I, que tiene menos margen para dar vuelta el fallo.

Hasta que los jueces se pronuncien, la designación de Culotta sigue en pie porque la apelación del Gobierno suspendió los efectos la decisión de primera instancia.