Académicos y ambientalistas internacionales presentan una carta a favor de aprobar la propuesta de la nueva Constitución de Chile, la primera en el mundo “en reconocer la crisis climática y ecológica”.

“La nueva Constitución Ecológica de Chile, será también nuestra Constitución Ecológica”, indica el texto que cuenta con el apoyo de académicos de Brasil, Colombia, España, Reino Unido, Estados Unidos, Finlandia y Suiza, de cara al plebiscito del próximo 4 de septiembre.

En total, 250 firmantes suscribieron al documento, entre ellos profesores e investigadores de las universidades de Helsinki, Barcelona, la London School of Economics, la Federal de Sao Paulo, la de Medellín, la Georgetown University y la de Lausanne.

En la misiva, celebran que el borrador “incluya el derecho a vivir en un ambiente sano y que sea la primera Constitución en el mundo en reconocer la crisis climática y ecológica”, señala el documento.

Por último, la carta valora positivamente que se “establece la obligación de que el Estado adopte una administración ecológicamente responsable”, asegurando la creación de una “estructura normativa interna robusta” y una nueva Defensoría de la Naturaleza.

Los artículos sobre el medio ambiente

En el capítulo sobre Medio Ambiente del borrador de la Constitución, se reconoce la “crisis climática y ecológica” mundial y responsabiliza al Estado de adoptar “acciones de prevención, adaptación, y mitigación de los riesgos”, en relación con el cambio climático.

Con más de 6.435 km de Costa, la nueva constitución establece que “Chile es un país oceánico”, declara como bienes “inapropiables” el agua, el mar territorial, las playas y el aire. Responsabiliza al Estado de su protección y de administrar el agua de forma democrática, garantizando el acceso, el saneamiento y el equilibrio de los ecosistemas. Para esto, establece la creación de la estatal Agencia Nacional de Aguas.

Los movimientos animalistas, que promocionaron campañas para contemplar los derechos de los animales en la constitución, lograron incluir un artículo que califica a estos como “sujetos de especial protección", señalando que el Estado "los protegerá, reconociendo su sintiencia y el derecho a vivir una vida libre de maltrato”.

Por último, en relación con la actividad minera, “el Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas y las sustancias minerales (…) sin perjuicio de la propiedad sobre los terrenos en que estuvieren situadas”.

“La exploración, explotación y aprovechamiento de estas sustancias se sujetará a una regulación”, aunque el texto no prohíbe las concesiones a empresas privadas, dejando afuera las iniciativas que pedían la nacionalización de la minería. Además, quedarán excluidos de toda actividad minera los glaciares y las áreas protegidas.