La jueza María Victoria Montoya Quiroga, vocal interina de la Sala I del Tribunal de Juicio, absolvió por retiro de la acusación fiscal a veinte efectivxs policiales que habían llegado a juicio imputadxs por vejaciones calificadas y lesiones leves cometidas durante la represión en los asentamientos de ampliación Parque La Vega y San Calixto en 2020.
La denuncia había sido radicada por la Secretaría de Derechos Humanos de Nación, con testimonios que relevaron el día después de la represión. Sin embargo, el organismo no se constituyó como querellante en la causa por lo que no tuvo participación activa en el proceso. La institución se presentó como "amicus curiae" (amigos del tribunal), y por esa figura, la jueza ofreció al finalizar los alegatos de las partes, la posibilidad al representante legal del organismo durante la última audiencia, Fernando Ruarte, de brindar por escrito o de forma verbal, un resumen de la normativa que consideraba aplicable al caso, aunque el representante optó por no hacer declaración alguna.
En los alegatos, el fiscal de Derechos Humanos, Gustavo Vilar Rey, quien volvió como interino a ese cargo luego de haber sido removido y sumariado por incumplimiento a los deberes de funcionario público en 2020, por no promover la investigación de hechos de violencia policial, solicitó la absolución por la duda para lxs 20 efectivxs acusadxs.
Mientras que los abogados de la Policía de Salta, Pablo González y Pablo Albornoz, quienes ejercieron la defensa de lxs imputadxs, solicitaron la absolución lisa y llana.
Luego de escuchar los alegatos, la jueza dio la razón a la Fiscalía y los abogados defensores. Montoya Quiroga decidió hacer lugar a lo solicitado por la defensa y absolvió a los acusados. También realizó algunas valoraciones considerando que la represión fue legal mediante "el uso correcto y debido de la fuerza pública" y cuestionando que la investigación fiscal (que estuvo a cargo de Verónica Simesen de Bielke) no había sido bien realizada. Además, dijo que no tenía dudas de que lxs asentadxs estaban organizadxs para repeler el uso de la fuerza, con piedras y otros elementos. Anunció que los fundamentos de su fallo estarán a disposición este jueves al mediodía.
Los argumentos del fiscal, de los abogados defensores y de la jueza, justificaron la represión y cuestionaron que la gente de la toma se organizara y se defendiera de la policía arrojando piedras, botellas o bombas de fabricación casera "molotov".
Para Vilar Rey, no hubo la certeza necesaria para imputar a ninguno de los efectivos policiales. Además, consideró que los imputados "no son la totalidad" de los miembros de las fuerzas intervinientes, y que falta personal de la motorizada, GOPAR y otras unidades.
El funcionario dijo que el 25 de agosto regían en el asentamiento de Parque La Vega, medidas de no innovar dispuestas por un juez de garantías. Sostuvo que la gente intentó ingresar elementos prohibidos, "de construcción" como "pallets y cartón". Citó declaraciones de efectivos que dijeron que las personas de la toma los atacaron con elementos contundentes.
Frente a la gran cantidad de testimonios de policías, el fiscal dijo que solo pudo notificar a 4 víctimas de la represión policial, quienes se presentaron a brindar testimonio.
Vilar Rey citó la declaración de una mujer que estaba embarazada cuando estuvo en la toma y había logrado retirarse apenas comenzó el conflicto con la policía. "Habla de dos conceptos que son importantes: resistencia y defensa", esgrimió el fiscal citando a la mujer.
De este modo, Vilar Rey dijo que la testiga manifestó que en días previos a la represión en el asentamiento "ya se venía rumoreando que Infantería iba a entrar e iba a desarmar todo. Por eso se hacían reuniones para resistir y defenderse ante el desalojo". El fiscal sostuvo que la mujer dijo que una de esas acciones de resistencia era llamar a la prensa "para que se den cuenta del atropello que estaba haciendo la policía".
También mencionó a otro de los asentados que declaró en el juicio, y había contado sobre las reuniones que hacía la gente de la toma, para "protegerse y defender el predio" ante un posible desalojo.
Subversión en la toma
El fiscal, al igual que la defensa, se dedicó a argumentar la teoría de que lxs asentadxs habían subvertido el orden y en ese marco se produjo el uso de la fuerza represiva para restablecerlo. Dijo que dos efectivos policiales mencionaron que "dentro del asentamiento había muchas piedras, escudos y preparación de bombas molotov".
El funcionario citó el testimonio del policía Heredia, quien dijo que cerca de las 20.30 llegó al lugar y "ve como escenario un conflicto de gran escala en donde habría un grupo de personas del asentamiento de no más de 50 o 60 que apedreaban y tenían al personal policial en una especie de emboscada, de la cual no podían salir. Dijeron que se desplegaban en un 'combate'", reprodujo el fiscal.
Por otro lado, el fiscal no mencionó las circunstancias estructurales o el contexto en el que la gente contó que había tomado esas tierras durante la pandemia. No hizo referencia a las condiciones de hacinamiento, al déficit habitacional en la provincia, ni a la falta de políticas de acceso a lotes y viviendas sociales.
Vilar Rey dijo que la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación "se ha provisto de las fotografías de lesiones de las personas", que están "lesionadas, baleadas por elementos contundentes seguramente realizados a través de escopetas, de marcadores". Sostuvo que hay registro fílmico de las cámaras de los móviles policiales en el que se ve que el personal policial llega y usa armas largas, pero expresó que "cuesta dejar tranquila a la zona”.
La defensa se manifestó conforme con los alegatos del fiscal y solo difirió en que pidiói la absolución lisa y llana. "Ya había una organización que quedó verificada (…) Iban a aguantar, a llevarse puesto a personal policial. Hubo rumores no ciertos ni valederos. En ese lugar, no hubo una orden judicial de algún tipo (para) que se proceda a un desalojo, sí rumores", dijo el abogado González.
Fue el abogado de la defensa el que al menos hizo alguna referencia a "las carencias de vivienda", de la gente que estuvo en la toma y que brindó testimonio en las audiencias.
Un fiscal poco diligente
La abogada de la Secretaría de Derechos Humanos, Dolores Parra, hizo la presentación de amicus curiae, pero no pudo asistir a la última audiencia, motivo por el que la reemplazó Ruarte. "No registramos desde la Fiscalía ningún compromiso en cuanto a la búsqueda de testigos o cualquier otro medio probatorio. Nos sorprende, en primer lugar, que un fiscal quien fue apartado de la Fiscalía de Derechos Humanos sea quien haya llevado adelante este juicio, sin contar con su pedido de 'absolución ', algo insólito si se tiene en cuenta la cantidad de fotografías, videos, etcétera que constaban en la causa", sostuvo Parra.
"Sorprende que la única declaración sólida referida a las víctimas, la realiza María Martínez Morales Miy, delegada de la Secretaría de Derechos Humanos de Nación, testigo que jamás fue convocada por la Fiscalía sino que fui yo, la abogada de la Secretaría quien la ofreció", añadió la abogada.
El delegado de la toma, a juicio
El que sigue imputado, y había sido detenido en condiciones irregulares, es el vocero y delegado de la toma en el asentamiento de Parque La Vega, Renzo (más conocido por su apodo Yuthiel) Alderete. Mediante la representación del abogado Ricardo Belbruno obtuvo después de meses el arresto domiciliario pero está requerido a juicio.
El fiscal Horacio Córdoba Mazuranic acusó a Alderete por entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte y comunicación, por dos marchas de la gente de la toma. También lo acusó por "lesiones leves, coacción, amenazas, coacción agravada y retención indebida (4 hechos) a partir de once actuaciones iniciadas ante las denuncias radicadas por personas que participaron del asentamiento y vecinos de la zona en su contra".
Asimismo, el fiscal le imputó los delitos de "turbación de aguas y desobediencia judicial en concurso real", a partir de la denuncia radicada por los representantes de la empresa Aguas del Norte por una excavación que realizó junto a otras personas, hasta acceder a un caño de la red pública de distribución de agua, con lo que "provocaron una rotura en el mismo, con la finalidad de efectuar una conexión clandestina para el asentamiento, en clara violación a la orden judicial y sin derecho alguno a esa conexión".
Además, desde el Ministerio Público Fiscal informaron que Córdoba Mazuranic tiene una lista de otras personas de la toma declaradas "en rebeldía" porque no se presentaron o no se los pudo notificar.