La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) le envió una nota a la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en el que solicita que se suspenda el anticipo adicional del impuesto a las Ganancias, un pedido que previamente había hecho la Unión Industrial Argentina (UIA) días atrás.
Según lo publicado oficialmente, el documento fue dirigido al titular del organismo fiscal, Carlos Castagneto, en el que se requiere la "suspensión de la Resolución General 5248".
Asimismo, el ente comandado por Natalio Grinman argumentó que la obligación de ingresar el anticipo adicional “no involucra a un pequeño grupo de grandes empresas, sino que afectará a numerosas firmas, incluyendo al segmento PyME, en un contexto económico financiero especialmente complicado”.
"La exacción que establece la norma se agrava aún más al no considerar el cómputo de quebrantos de ejercicios anteriores, ni permitir la reducción o anulación del anticipo adicional ante la estimación de menores o nulos resultados en el ejercicio en curso. Esto hace que la norma no considere la existencia de capacidad contributiva", agregaron desde el CAC.
Por último, la entidad indicó que "se insiste en poner la totalidad del ajuste que requiere la economía nacional en cabeza del sector privado, en este caso vía un virtual empréstito gratuito para determinados contribuyentes que disminuirá su capacidad de producir, invertir y dar empleo."
"Todo lo anterior se ve agravado por lo imprevisto de la modificación, que parece no tener en cuenta que las empresas presupuestan su actividad y su flujo de fondos, los que se ven drásticamente alterados por la obligación de ingresar el anticipo adicional", cerraron.
La AFIP reglamentó el anticipo de Ganancias para las empresas de mayores ingresos
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el martes de la semana y “por única vez" un "pago anticipado para el impuesto a las Ganancias a cargo de los contribuyentes".
La medida había sido recientemente propuesta por el flamante ministro de Economía, Sergio Massa, con el objetivo de engrosar la capacidad adquisitiva oficial.
La medida impactará sobre “actores económicos locales se han visto beneficiados al obtener ingresos extraordinarios por la comercialización de ciertos productos y servicios”, que se hayan visto afectados por las consecuencias de la guerra entre Rusia y Ucrania o bien por la pandemia de la covid.
Se trata de un conjunto de grandes contribuyentes que “representa un universo inferior al 1% del total de personas jurídicas que presentan las declaraciones juradas del impuesto”, destaca la entidad a través de la Resolución 5248/2022 publicada en el Boletín Oficial.
Se trata de compañías cuyo monto del impuesto en la declaración jurada del período fiscal 2021 o 2022 “sea igual o superior a $100.000.000″ o que "el monto del Resultado Impositivo que surge de la declaración jurada mencionada, sin aplicar la deducción de los quebrantos impositivos de ejercicios anteriores conforme la mencionada ley del impuesto, sea igual o superior a $300.000.000″.