El gobierno trabaja a contrarreloj a solo tres días de que se cumpla el plazo para avanzar con la segmentación tarifaria. El retraso es para afinar la cantidad de hogares que se quedarán sin subsidios. Dependen de que las provincias les envíen información de los entes reguladores locales para identificar a usuarios de tarifa social que no se anotaron al registro. Luego deben publicar los nuevos cuadros tarifarios. Desde el gobierno mantienen la fecha programada.
"Todavía faltan los datos de algunas provincias para que terminemos de identificar usuarios que abonan tarifa social en todo el país. Una vez que el cruce esté listo, se publica el nuevo cuadro tarifario que rige desde septiembre u octubre, dependiendo de la factura bimestral de cada distribuidora", resumen en la Secretaría de Energía. Estos pasos deben cumplirse antes del 31 de agosto.
En el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) se anotaron 9,7 millones de hogares, de los cuales sólo 428 mil clasificaron en el grupo de ingresos altos. Teniendo en cuenta que, de acuerdo a la Asociación de Distribuidores de Energía Eléctrica de la República Argentina (Adeera), hay 15,5 millones de usuarios de energía eléctrica, habrá 5,8 millones de personas que perderían gradualmente el subsidio a las tarifas de servicios públicos a partir del primero de septiembre.
La pregunta es, ¿puede considerarse que esa gran cantidad de hogares ganan más de 350.000 pesos? ¿O son propietarios de tres inmuebles? ¿O tienen una aeronave o alguna embarcación de lujo? Desde el gobierno dudan de ese número y por eso trabajan a contrarreloj para poder identificar a los usuarios que pagan tarifa social y no se registraron, "que son bastantes", aseguran. Faltan pocas provincias para completar el escaneo federal, que pretenden finalizar en estos dos días.
Una vez terminado el cruce, trabajan con el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) que son los organismos responsables de publicar los nuevos cuadros tarifarios que regirán a partir de septiembre. Con al menos una complejidad: hace apenas unas horas que hubo un reemplazo en el ENRE. Walter Martello, hombre del Frente Renovador, asumirá como nuevo interventor del organismo en reemplazo de Soledad Manin. Será el encargado de llegar adelante la segmentación, aunque su cargo aún no fue oficializado.
Una vez publicados los cuadros tarifarios, comenzará a regir el nuevo esquema. Para aquellas distribuidoras cuyo calendario de facturación bimestral fue agosto-septiembre, comenzarán los aumentos a partir del bimestre de octubre.
Audiencias
Con las horas contadas, el gobierno descarta realizar audiencias públicas previas a los aumentos. Ante la consulta de este diario, desde la Secretaría de Energía aseguraron que para el caso del gas, realizarán una audiencia posterior a la aplicación del nuevo esquema. Para la de la energía eléctrica "no hace falta la audiencia pública, ya que se trabajará sobre la realizada en el primer semestre".
Las asociaciones de consumidores amenazan con la judicialización: "Advertimos a la Secretaría de Energía, de la inconveniencia de aplicar la quita total del subsidio a partir de la fecha mencionada, a los Usuarios Residenciales de gas natural y energía eléctrica, por el mero hecho de no haber presentado la Declaración Jurada, sin conocer la real capacidad de pago de un universo de usuarios que comprende, según la Secretaria de Energía, a 4 millones de hogares, equivalentes a 16 millones de personas", aseguran en un comunicado más de 30 asociaciones de consumidores.
Mencionan que en las audiencias públicas realizadas previo a los aumentos de este año "no se puso en discusión la segmentación en niveles de ingresos y patrimonio, como sí se hizo posteriormente a través del Decreto 332/2022, ni los topes al consumo y la quita del subsidio por los consumos excedentes". Por lo tanto, "no puede considerarse válida la aplicación de la quita de subsidios fundamentado en la realización de la Audiencia Pública del 12 de mayo de 2022" para el caso del gas. Denuncian una situación similar para la energía eléctrica.
Finalmente, mencionan un fallo de 2020, en que la Corte Suprema de la Nación declaró la inconstitucionalidad de un aumento de tarifas sin consulta previa a los usuarios y señaló la nulidad de las normas que modifican el importe de la tarifa final que abonan los usuarios, independientemente de la denominación adoptada para los nuevos conceptos y aun cuando estos no produzcan pérdidas ni beneficios al distribuidor ni al transportista. " Es por eso que, de llevarse a cabo estas medidas sin el llamado a Audiencia Pública previo, se estará vulnerando la Constitución Nacional y los derechos de los usuarios/as de dichos servicios públicos allí reconocidos, dado que su artículo 42 consagra el derecho de “consumidores y usuarios (…) a una información adecuada y veraz”. Disposición, a su vez, que conlleva la manda de garantizar un mecanismo de participación ciudadana efectiva a tal fin", concluyen.