La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este martes la comercialización en todo el país de una marca de galletitas y dos aceites de oliva.
ANMAT prohibió una marca de galletitas
El primer caso fue establecido a través de la disposición 6758/2022, publicada en la última edición del Boletín Oficial y que cuenta con la firma del titular de la entidad, Manuel Limeres. El texto detalla que la prohibición de fabricación, fraccionamiento y venta recae sobre todos los productos "elaborados por la firma 'GREENCOOK S.A' y/o 'Servicios Logísticos Copérnico S.R.L' en el establecimiento con RNE N°02-033.245, marca 'NS GALLETAS'".
Según se explica, estos productos fueron "elaborados en un establecimiento que no cumple con las condiciones higiénico sanitarias" y que "carecía" de "registros sanitarios", por lo que eran "ilegales".
La investigación se inició a partir de las denuncias presentadas por consumidores ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL). Así, se constató que diferentes productos de esta marca presentaban "características organolépticas alteradas" —es decir, alteraciones en su sabor, olor, color y textura—. También se detectó la "presencia de insectos y pelos".
Tras una serie de inspecciones realizadas en la planta de elaboración de la marca de galletitas, ubicada en la localidad bonaerense de Luis Guillón, en el partido de Esteban Echeverrría, las autoridades sanitarias constataron "incumplimientos a las BPM (Buenas Prácticas de Manufactura)" y se determinó la prohibición en todo el país de "todos los productos elaborados" fabricados por la marca en ese establecimiento.
ANMAT prohibió dos aceites de oliva
Por otra parte, a través de la disposición 6759/2022 la ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de un aceite de oliva. Según se precisó, la prohibición recae sobre el "Aceite de Oliva Virgen Extra, Clásico, marca Nucete, Cont. Neto 500 ml (botella), RNPA Nº 18- 008914, C5-204603 - Vto. NOV – 2023, Elaborado y Fraccionado por RNE N° 025-18000699, San Juan, Argentina, Para Agro Aceitunera S.A., RNE N° 12000041, Espectación F de Avila S/N, Aimogasta, La Rioja, Argentina”.
La disposición detalla que se trata de un "producto falsificado" que "carece de registros sanitarios". Asimismo, se remarca que este aceite de oliva se encuentra "falsamente rotulado, al consignar los datos que pertenecen a un producto legítimo, resultando ser un producto ilegal".
La investigación comenzó a partir de la denuncia de un consumidor ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional del INAL, quien afirmó que el consumo de este aceite le “habría causado síntomas gastrointestinales” y que tras comunicarse con la empresa Agro Aceitunera SA "le informaron que se trataría de un producto falsificado".
La empresa informó que se detectaron "falsificaciones del producto investigado". En base a las imágenes enviadas por el consumidor, determinaron que "en el producto falsificado, el capuchón que protege la tapa del envase es liso, con el logo dorado estampado e ilegible y que la etiqueta frontal es opaca con el logo impreso digitalmente en color marrón oscuro; características que no son propias del producto genuino". También explicaron que "el lote indicado en el producto falsificado (C5-205612 – Vto. NOV 2023) no se condice con la fecha de vencimiento de ninguno de los lotes originales".
Asimismo, en la disposición 6769/2022,se estableció la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de otro aceite de oliva: "Aceite de oliva extra virgen, Sabor Intenso, marca Monte del Rey, RNPA: Expte. N° 2021-01874252, RNE: 03-951.357, Origen Mendoza, Envasado por Casanova S.A." por carecer de registros y, por lo tanto, era ilegal.
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