El Comité de Derechos Humanos de la ONU consideró este miércoles que España violó los derechos políticos de los dirigentes catalanes independentistas al suspenderlos de sus funciones en 2017 y le dio 180 días para reparar a los afectados.
El fallo da la razón a una denuncia presentada en 2018 por el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y los ex consejeros Raül Romeva, Josep Rull y Jordi Turull, quienes alegaron que la suspensión de sus funciones, previa a la existencia de una condena, violaba el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Para la ONU, España violó el pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, por lo que le dio 180 días para que se informe cómo se va a reparar a los afectados. Según el texto, España tiene la obligación de una reparación integral a los individuos cuyos derechos hayan sido violados y el compromiso de adoptar las medidas necesarias para evitar que se cometan violaciones semejantes en el futuro.
El comité subraya que los denunciantes fueron suspendidos tras ser acusados del delito de rebelión que, según el comunicado, exige un alzamiento violento contra el orden constitucional. Sin embargo, los demandantes habían pedido a la ciudadanía de mantenerse estrictamente pacífica. Finalmente, en octubre de 2019, los cuatro fueron condenados por el Tribunal Supremo español, junto a otros cinco líderes independentistas, con una pena de entre nueve y trece años de cárcel por delitos de sedición y, en algunos casos, malversación. Los cuatro denunciantes, en junio de 2021, recibieron el indulto del jefe del gobierno español, Pedro Sánchez.
La suspensión de los cuatro denunciantes se había decidido en julio de 2018 en base a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite la suspensión de funcionarios públicos sólo cuando se les acusa de rebelión, no de sedición. “La decisión de suspender a los funcionarios electos debe basarse en leyes claras y previsibles que establezcan causales razonables y objetivas para la restricción de los derechos políticos, y debe aplicarse con base en una evaluación individualizada”, comentó al presentarse el dictamen una de los 18 miembros del comité de Naciones Unidas, la francesa Hélène Trigoudja. “Tal enfoque y salvaguardias son la mejor manera de garantizar el respeto por las instituciones y promover el estado de derecho en una sociedad democrática”, agregó la integrante del comité que preside la griega Photini Pazartzis.
En este sentido, Trigoudja remarcó la importancia de la aplicación más rigurosa de los amparos, frente a restricciones de derechos políticos, una vez que estas restricciones ocurren antes y no después de una condena. “El Comité dio un paso importante al afirmar que las salvaguardias contra las restricciones de los derechos políticos deben aplicarse de manera más rigurosa si estas restricciones ocurren antes, y no después, de la condena por un delito”, aseguró la jurista.
La respuesta de los independentistas
Oriol Junqueras, uno de los denunciantes, afirmó que la única salida es la amnistía para todos los damnificados. “La resolución del Comité de Derechos Humanos de la ONU no sólo nos da la razón. También evidencia que España no puede seguir con las prácticas represivas contra el independentismo. La única salida es la amnistía para todos los represaliados, no valen excusas”, demandó el ex vicepresidente catalán.
Por su parte, el eurodiputado Carles Puigdemont, quien se refugió en Bélgica luego de la declaración fallida de independencia y no pudo ser juzgado, celebró la decisión de la ONU. “Otra bofetada desde Naciones Unidas en la cara del Estado español por la violación de derechos políticos de nuestros representantes. Los responsables de esa violación no pueden dar lecciones de democracia y deberían asumir responsabilidades. Le dieron un golpe a la democracia”, publicó en su Twitter el político español.
Los dictámenes del comité, un mecanismo que se autodefine como cuasi-judicial, no son en principio vinculantes, pero sí se considera que deben ser tenidos en cuenta por los firmantes del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, entre ellos España, a cuyo artículo 25 se adhirieron los denunciantes. Este articulo pregona, entre otras cosas, el derecho a participar en la dirección de asuntos públicos, votar y ser elegidos en elecciones periódicas, por sufragio universal, igualitario y secreto, como también, el acceso a las funciones públicas de su país. "El comité no es un tribunal, pero lleva a cabo funciones jurídicas, emitiendo decisiones y recomendaciones a los Estados parte que se espera sean puestas en práctica", aclara este órgano.
En principio, la decisión tomada este miércoles concierne únicamente a los cuatro denunciantes, representados por el abogado Nico Krisch, y no al resto de los encausados por el procés, término en catalán. Éste se refiere al proceso soberanista de Cataluña sucedido entre 2012 y 2021, basado en un conjunto de hechos sociales y políticos que se llevaron a cabo en la comunidad autónoma española con el objetivo de lograr la autodeterminación y la independencia respecto de España.
Informe: Sofía Troiano