La Fundación Alameda, dedicada desde 2007 a luchar contra la trata de personas, presentó un amparo colectivo para que se declare "inconstitucional" la ordenanza municipal que, antes de fines de septiembre, habilitaría el funcionamiento de una "zona roja" en Mar del Plata. La disposición afecta los derechos humanos contemplados en los pactos internacionales e incorporados en la legislación nacional, señalaron desde la organización.

El 24 de junio pasado, el Consejo Deliberante del Municipio de General Pueyrredón aprobó por mayoría la ordenanza N° 25.590, luego promulgada el 12 de julio mediante el decreto 1597/22, que establece que "la oferta y/o demanda de sexo en la vía pública sólo podrá llevarse a cabo en los lugares y horarios específicamente habilitados" por el Municipio de General Pueyrredón.

La organización presentó el recurso de amparo ante el Juzgado Federal Nº4, a cargo de Alfredo López, porque "es una normativa que viola los derechos humanos porque autoriza la trata de personas con fines de explotación sexual y criminaliza a las víctimas, incumpliendo los tratados internacionales que firmó Argentina", dijo a Página/12 el representante de La Alameda, Néstor Escudero.

El horario dispuesto es entre las 22 y las 6, en un tramo de 400 metros sobre la avenida 10 de Febrero, ubicada al sudoeste de la ciudad, cerca de los barrios Santa Celina, Las Canteras y Lomas del Golf. En las inmediaciones están emplazados varios hoteles alojamiento, el Cementerio Parque y la Escuela de Policía.

"Si se cumple la ordenanza, se generaría un ambiente ideal para la explotación sexual, en el que la policía local se convertiría en una suerte de proxeneta que 'regula' y castiga a personas en situación de vulnerabilidad social", sostuvo Escudero.

Hasta el momento, no existía una "zona roja" específica. Así, el gobierno local busca concentrar la actividad en un único espacio, prohibiendo que se realice en "lugares en los que hubiere vecinos frentistas con residencia domiciliaria", y habilitando un número de WhatsApp para denunciar a quienes incumplan la medida.

Multas y arrestos

Al respecto, el secretario de Seguridad, Martín Ferlauto, aseguró que habrá "control policial" permanente en la "zona roja", al tiempo que remarcó que "ya hay instaladas cámaras de seguridad", aunque no descartó que puedan agregarse más.

Ferlauto también recordó que el nuevo destacamento policial del barrio Nuevo Golf, situado a unas 20 cuadras, será el encargado de patrullar la zona e "intervenir en todo lo atinente a cuestiones que se puedan presentar".

De acuerdo al documento municipal, las personas que cometan la infracción deberán abonar una multa de 1.000 a 5.000 unidades fijas (entre 172 mil y 861 mil pesos aproximadamente); o en casos más graves --según la consideración de los jueces--, podrán permanecer privadas de su libertad, entre 5 y 30 días.

"Nunca más un vecino de Mar del Plata tendrá en el frente de su casa a alguien ejerciendo la prostitución", afirmó el secretario de Seguridad. Y añadió: "Ya no van a sufrir lo que significa tener a personas teniendo relaciones sexuales en la puerta de sus hogares, con todo lo que eso significa".

Legislación

En Argentina, la Ley N°26.842 --en vigencia desde el 5 de enero de 2013-- modificó los tipos penales establecidos por la Ley N°26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas: los artículos 145 bis y 145 ter del Código Penal. Así, se eliminó el uso de verbos específicos para que se configure el delito; se incorporó el "ofrecimiento" como una nueva forma de comisión; y se modificaron las finalidades "esclavitud y servidumbre", "explotación sexual", entre otras.

La Convención para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena (Decreto Ley N°11.925); la Convención Americana de los Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica, Ley N°23.054); la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Ley N°23.179); Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará, Ley N°24.632), son los principales pactos internacionales incorporados en la Constitución Nacional.

"Gracias a todo este aparato de leyes cerraron muchos lugares dedicados a explotar sexual y laboralmente a personas. Ahora, desde el gobierno local pretenden volver a instalar la oferta sexual callejera como una alternativa laboral", comentó Néstor Escudero.

Para La Alameda, el Estado es responsable de prevenir y reparar los daños. No obstante, "quieren desligarse sancionando con multa y cárcel a las víctimas de trata que se nieguen a acatar la ordenanza", remarcó Escudero. "Esperamos que la justicia resuelva a favor de los derechos de las víctimas", cerró.

Informe: Karla Góngora.