El Tribunal Oral Federal N° 2 de Salta condenó a seis personas a penas de entre 3 años de prisión en suspenso y 8 años de prisión efectiva por intervenir en el transporte de más de 141 kilos de cocaína. También ordenó el decomiso de cinco vehículos utilizados para la actividad delictiva.
La sentencia fue dictada el martes de la semana pasada por el tribunal integrado por Mario Marcelo Juárez Almaraz, Domingo Batule y Gabriela Catalano.
Rubén Ángel Rodríguez recibió la pena de 8 años de prisión por encubrimiento calificado en concurso real con transporte de estupefacientes agravado. Eduardo Antonio Millán fue condenado a 6 años de prisión por transporte de estupefacientes agravado.
Juan Antonio Bilaja recibió una pena de 6 años y 6 meses de prisión en calidad de coautor de transporte de estupefacientes agravado. Como partícipe necesario del mismo delito Daniel Cruz fue condenado a 6 años de prisión.
En una escala menor, fueron condenados Pablo Oscar Vidal y Cristian González, a 3 años de prisión en suspenso por el mismo delito, en calidad de partícipes secundarios. El tribunal les sumó una serie de reglas de conducta a cumplir, entre ellas la de no vincularse con los otros condenados y terminar los estudios primarios y secundarios.
Además de las multas por el delito cometido, el tribunal ordenó el decomiso de cuatro camionetas, marcas Hyundai Veracruz, Subaru Tribeca, Ford F-100 y Chevrolet Zafira, y un automóvil Chevrolet Astra, y de herramientas que eran usadas para acondicionar habitáculos ocultos dentro de los rodados y teléfonos celulares.
Este caso se inició con el secuestro de un vehículo Hyundai abandonado con dos kilos de marihuana, que fue hallado el 10 de mayo de 2021 en la ruta nacional 16, en la ciudad de Metán, en el sur de la provincia.
Los jefes prófugos
La fiscala subrogante Josefina Martínez Vázquez y la auxiliar fiscal Florencia Altamirano señalaron que, al investigar la documentación hallada en este vehículo, se pudo identificar a Sergio Emilio Argañaraz y a su hijo Juan Pablo como quienes dirigían envíos de la droga desde Orán a Tucumán. Actualmente ambos están prófugos.
A partir de este dato, la investigación pudo determinar que padre e hijo viajarían a Orán, desde donde realizarían un transporte importante de droga. Con escuchas telefónicas, se identificó al resto de los integrantes de la organización, entre ellos a Millán, quien fue detenido el 8 de agosto de 2021 en la ruta 50, a la altura de la localidad de Pichanal, cuando conducía la camioneta Subaru Tribeca, luego de una semana de vigilancias ininterrumpidas en el norte provincial.
En los guardabarros traseros de este vehículo se encontraron 80 kilos netos de cocaína, que tenían como destino aparente la provincia de Tucumán. En la investigación se probó que en esta operación Argañaraz y su hijo intervinieron como “punteros” del transporte, en otros dos vehículos, mientras que Rodríguez colaboró luego en maniobras de encubrimiento, acogiendo a ambos el día del hecho, y luego facilitando la venta uno de los rodados que utilizaron los cabecillas.
Según lo acreditado por la fiscalía a lo largo del juicio, esta organización llevó adelante un segundo envío de droga, que se concretó el 10 de septiembre. Esa vez usó una camioneta Ford F-100, que fue interceptada en la ruta provincial 5, a la altura de la localidad de Las Lajitas, en el sur de la provincia.
En el vehículo, conducido por Bilaja, se habían ocultado 61 kilos netos de cocaína en dos tubos de gas. De esta operación, también participaron Cruz, Rodríguez y Vidal. Los dos primeros iban en un Chevrolet Astra y el tercero conducía la Safira e iba al frente del convoy con el rol de "puntero", para alertar sobre los controles de las fuerzas de seguridad.
Asimismo, se comprobó que González tuvo una participación previa en el acondicionamiento de la droga dentro de los tubos de gas, tarea que hizo en una vivienda que la organización tenía en el barrio Patrón Costas, en Orán.
Durante el alegato de clausura, la auxiliar fiscal exhibió una presentación digital con fotos y conversaciones de los acusados, quienes usaban lenguaje encriptado para referirse a la droga y el pago de dinero por la mercancía.
De manera unánime, el tribunal dio por probada la acusación penal. El juez Batule consideró a Rodríguez como el principal responsable, ya que “es quien organiza” uno de los transportes: “Interactúa con los demás acusados, en su domicilio se acondiciona el vehículo y se carga el estupefaciente; es quien se encarga de conseguir la sustancia”, sentenció.
Al dictar el fallo el juez Batule volvió a lo del lenguaje encriptado. Señaló que las comunicaciones con Bilaja y con Cruz dieron cuenta de ello, dado que ambos hablaban de “lencería” y de “petróleo”. “Son comunicaciones encriptadas que dan cuenta de la actividad de tráfico de estupefacientes pues ninguno de ellos se dedica a comprar y vender ropa de lencería ni tienen actividad petrolífera”, indicó el juez.