El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja resolvió rechazar “in limine” el “Amicus Curiae” presentado por la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes de la Nación en la causa Arco Iris, la niña, cuya madre, ante las reiteradas denuncias de abusos sexuales por parte del abuelo paterno tuvo que solicitar ayuda fuera de la provincia y logró una resolución del Poder Judicial de la Nación para su resguardo.
La titular de la Defensoría, Marisa Graham, interpuso en La Rioja dos Amicus Curiae, uno en el expediente penal para que “se investiguen en profundidad las denuncias de abuso, evitando la revictimización de la niña” y el segundo es en la parte civil, donde exigió “medidas de resguardo y protección de la niña”.
La novedad se conoció por medio de un comunicado del Ministerio Público de la Defensa. “El Defensor General Gastón Mercado Luna dio a conocer la decisión del Tribunal Superior de Justicia de rechazar la intervención del organismo de protección nacional en el proceso judicial conocido como causa Arco Iris, bajo la figura de Amicus Curiae por no reunir las condiciones necesarias para admitir su participación”, dice el comunicado.
El “Amicus Curiae” es una figura jurídica cuya finalidad es la de participar como tercero ajeno a la causa y ofrecer una opinión basadas en argumentos de carácter jurídico o técnico a los fines de ilustrar a los magistrados en cuestiones de interés general.
Explica que “la resolución del TSJ integrado por los doctores Claudio Ana, Claudio Saúl, Gabriela Asís, Luis Brizuela y Edgar Miranda, con fecha 12 de septiembre, resuelve denegar el requerimiento de la Defensora de Niños, Niñas y Adolescentes Marisa Graham de constituirse como Amicus Curiae en el proceso judicial tramitado en el fuero penal”.
“El Tribunal en su mayoría consideró que no corresponde la intervención solicitada, ya que constituye una figura no incorporada a la legislación local y su tratamiento sería una transgresión al sistema republicano en el ámbito de la provincia; arrogándose una función que no fue asignada por la constitución”, explicaron desde ese organismo y resaltan que “desde la Defensoría consideran trascendente la resolución del Tribunal en su mayoría ya que la misma plantea un antecedente importante respecto de quienes pueden tomar intervención, apelando a esta figura y respecto de qué causas se permite su participación”.
Asimismo, que la aceptación de esta figura jurídica “representaría una violación al principio de igualdad o equilibrio adversarial que debe imperar en el proceso penal y por último que la facultad jurisdiccional estatal es inherente y exclusiva al órgano judicial competente”.
Para las abogadas representantes de la madre de Arco Iris, Élida Barrea e Ivana Cattaneo explicaron que el máximo tribunal no tuvo en cuenta la ley 26485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar las violencias. “Al estar adherida la Provincia a la ley era obligación aplicarla en donde se debate el abuso sexual de una niña”, explicaron y agregaron que “el Amicus Curiae debía aplicarse sobre todo en el razonamiento práctico feminista y darle flexibilidad a su incorporación”.