“Es importante derogar la Ley de impedimento de contacto, porque en la actualidad se la utiliza para castigar a las madres protectoras. Ellas evitan que sus hijxs estén en contacto con sus abusadores, mientras que éstos las denuncian usando esa normativa.” La afirmación de la diputada nacional por el Frente de Todxs (FdT), Mónica Macha, es columna de su flamante propuesta de derogación de la Ley 24.270, sancionada en 1993, que introdujo no sin polémica el “delito de impedimento de contacto de hijes menores con sus padres no convivientes”.

La iniciativa de Macha, acompañada en bloque por sus pares del FdT, y presentada en diferentes oportunidades por lxs exdiputadxs Diana Conti, Sergio Pansa y Marcela Rodríguez, plantea en sus fundamentos que la aplicación de la Ley 24.270, “en lugar de aportar soluciones pacificadoras a la problemática familiar”, profundiza los conflictos hasta alcanzar muchas veces capas de una inhumanidad patriarcal aterradora.

“Si bien esta ley perseguía el objetivo de preservar el vínculo paterno-infantil, en casos en que éste fuese impedido de manera ilegítima, en los hechos se han criminalizado conflictos familiares, resultando una norma a todas luces ineficiente para los fines que postulaba”, declara el proyecto. La ineficiencia nace, agrega Macha, “en la paradoja de que una norma que busca restaurar el vínculo con el progenitor no conviviente, puede terminar encarcelando al/la progenitor/a conviviente”, que además y en principio son las madres. “Lo que sin dudas tendría efectos negativos en el mantenimiento de la relación con el menor, hecho que definitivamente no tiene en cuenta el interés superior de las infancias.”

Hasta hoy, la experiencia de la llamada Ley del delito de impedimento de contacto, lleva al terreno del Derecho Penal conflictos exclusivamente familiares que, detalla la legisladora, precisan un tratamiento mucho más interdisciplinario que el que puede darse en el ámbito penal, donde es hábito que la dureza sea mandato para el tratamiento de cuestiones vinculadas con las relaciones familiares. “Y debemos tener en cuenta que la aplicación de penas, profundiza y agrava los conflictos”, enfatiza Macha.

¿Qué significa para madres y niñes la aplicación de la Ley de impedimento de contacto?

M.M.: -Frente a las denuncias de abuso sexual en infancias y adolescencias, que en la gran mayoría de las veces están llevadas adelante por las madres protectoras en defensa de sus hijes, se termina construyendo una respuesta de ciertos sectores del Poder Judicial que, ante esa situación, terminan utilizando la Ley 24.270 para encarcelar a las madres que luchan, y así habilitar de algún modo la posibilidad de que esos progenitores o familiares abusadores terminen pidiendo la revinculación forzada.

¿Por qué es utilizada en gran medida contra las madres que velan por los derechos de sus niñes?

-Creo que es usada en contra de las madres porque es parte de una metodología del Poder Judicial que implica, por un lado, la utilización del inexistente Síndrome de Alienación Parental (SAP) e “implantación de falsas memorias”, como estrategias para desmentir a las madres protectoras, tratarlas de manipuladoras, y también para desmentir a las infancias, porque en definitiva lo que está de fondo en esta cuestión es no creer en lo que cuentan les niñes en las situaciones de abuso sexual.

El proyecto de derogación recoge una cita de la coordinadora de la Comisión de Temáticas de Género del Ministerio Público de la Defensa, Raquel Asensio, donde dice que se trata de una Ley “dirigida a (y utilizada para) criminalizar a las mujeres”.

-Es que luego de las estrategias judiciales de impugnar a las madres, comienza otra etapa que es parte de este mismo negacionismo, de que no existió el abuso sexual, y entonces ahí hace su ingreso la Ley de impedimento de contacto. La madre, que es la que radica la denuncia en fiscalía de una situación de abuso, termina desmentida y siendo acusada de falsas denuncias. Por eso creo que es un proceso y una metodología muy usual en ciertos sectores del Poder Judicial, y es lo que necesitamos transformar.

Desde su sanción y reglamentación en los noventa, la ley promovida con afán casi evangelizador por la Asociación de Padres alejados de sus hijos (Apadeshi), posibilitó escalar una criminalización de conflictos de índole familiar, sometidos a litigios interminables, a situaciones de crudeza extrema contra infancias y adolescencias en los tribunales y en revinculaciones forzadas, y culpabilizar, como regla, a unx de lxs progenitorxs. “Recurrir a un juez penal, además de superfluo, sólo puede intensificar el conflicto, alejando cada vez más su solución”, advierte la abogada, investigadora y especialista en Derecho Penal, María Beatriz Girardi, en su estudio, “El delito de impedimento de contacto de los hijos menores con sus padres no convivientes”. Y más aún, concluye, "si consideramos que son numerosos los fallos que muestran cómo alguno de los progenitores utiliza este delito como una forma de venganza o amedrentamiento hacia el otro progenitor.”