El Gobierno oficializó el fin de la obligatoriedad del uso de barbijos y la aplicación de los protocolos implementados por la Covid-19 en colectivos y trenes de jurisdicción nacional.
Así, las disposiciones publicadas en el Boletín Oficial dejaron sin efecto el "uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón para las personas que permanezcan o circulen en los servicios de transporte de pasajeros por automotor y ferroviario de jurisdicción nacional", que estaban vigentes desde hacía más de dos años.
En la primera resolución, que lleva el número 688/2022, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte estableció la derogación del "Plan de Emergencia-Covid 19 para el transporte automotor" -que había sido modificado el 17 de abril de este año- y del "Plan de Emergencia Covid 19 para el transporte ferroviario" -que había sido actualizado el 3 de noviembre de este año-.
La segunda resolución emitida por el Ministerio de Transport, la N° 629/2022, deja sin efecto la Resolución N° 95 de fecha 17 de abril de 2020, que establecía el uso de barbijos.
Los resoluciones se encuentran en consonancia con las medidas recomendadas por el Ministerio de Salud de la Nación en base a la alta tasa de vacunación que presenta Argentina y la situación epidemiológica.
De todos modos, aunque la resolución N° 1849, de fecha 20 de septiembre de 2022, del Ministerio de Salud de la Nación estableció el carácter "no obligatorio del uso del barbijo", las disposiciones indicaron recomendaciones de "medidas de prevención general".
Así, continúa recomendándose el "uso adecuado de barbijo en espacios interiores", incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público, así como se recomienda la ventilación de los ambientes; mantener la higiene adecuada y frecuente de manos; y ante presencia de síntomas evitar el contacto con otras personas, no acudir a actividades laborales, sociales, educativas, lugares públicos y evitar el uso de transporte.