Desde Santa Fe
La Cámara Federal de Rosario (Sala B) confirmó el procesamiento del suboficial de Drogas Peligrosas, Marcelo Roberto Cocco, que el Tribunal Oral de Santa Fe ordenó investigar en el juicio que condenó al ex jefe de Policía de la provincia Hugo Tognoli y a uno de sus laderos, José Luis Baella, por el “encubrimiento agravado” al narco Daniel “Tuerto” Mendoza, en octubre de 2015. Cocco era el chofer de un Corsa color champagne que trasladó a Baella hasta una cita secreta con Mendoza, en Colastiné Norte, el 3 de marzo de 2012, pero que fue descubierta y documentada por investigadores de Asuntos Internos y se convirtió en una de las pruebas claves para condenar a Tognoli y a su equipo. Cocco negó el hecho cuando declaró como testigo en el juicio en 2015 y después en su indagatoria como imputado en 2020, pero el fiscal Walter Rodríguez lo retrucó con pruebas. El 18 de mayo de 2021, el juez Marcelo Bailaque –a cargo del Juzgado Federal Nº 2- lo procesó por supuesta “omisión de denuncia” e “incumplimiento de deberes de funcionario público” y ahora la Cámara confirmó la resolución. Bailaque dijo que Cocco “estuvo con Baella y Mendoza” a bordo del Corsa aquella noche de Colastiné, que “conocía las actividades” del narco y que éste era “encubierto por la Policía de Santa Fe para eludir investigaciones judiciales”, pero no lo denunció ante el Ministerio Público ni el Juzgado. La Cámara coincidió. “Entiendo que la responsabilidad de Cocco se encuentra acreditada”, señaló el juez José Guillermo Toledo en el primer voto del fallo.
La investigación a Cocco se inició por orden del Tribunal de Santa Fe –integrado por los jueces José María Escobar Cello, María Ivón Vella y Luciano Lauría- que condenó a Tognoli a seis años de prisión por “encubrimiento agravado”, a Baella a cinco años de cárcel por el mismo cargo y a Mendoza a seis años y seis meses por “fabricación y comercio de estupefacientes” y “coacciones” a su denunciante, Norma Castaño, en octubre de 2015.
El 30 de abril de 2020, el fiscal Rodríguez imputó a Cocco y pidió su indagatoria, pero el juez Bailaque recién la ordenó el 8 de octubre. Rodríguez consideró que en su testimonio en el juicio a Tognoli -el 21 de setiembre de 2015-, Cocco tuvo el “escenario propicio” para explicar su “comportamiento” ante ese trato de Baella y Mendoza que se probó en el debate. Sin embargo, “el accionar de Cocco ante el Tribunal demostró su consagración a una empresa delictiva concebida bajo el abuso de potestades estatales que incluye pactos de silencio e impunidad y resulta inescindible” de la conducta de los encubridores de Mendoza para ayudarlo a eludir investigaciones judiciales.
El juez Bailaque coincidió que Cocco conocía las “conductas” de Mendoza y su “encubrimiento” por parte de “miembros de la Policía de Santa Fe”, pero “no denunció dichas circunstancias”, ni al Ministerio Público ni al Juzgado. Por lo tanto, el policía contribuyó “de esta manera a la consagración de la empresa delictiva expuesta en el juicio” a Tognoli, Baella y Mendoza.
Incluso –siguió Bailaque- cuando Cocco declaró en el juicio sus “declaraciones fueron contrarias al conjunto de pruebas” de la causa contra Tognoli y compañía. El Tribunal consideró que el encuentro secreto de Colastiné existió. “Que el sábado 3 de marzo del 2012 Baella y su chofer Cocco arribaron al domicilio de Mendoza en el automóvil Chevrolet Corsa color champagne, patente HER-858”. “Que Mendoza ascendió al vehículo entre las 21.40 y las 21.45 y en fue llevado de regreso (a su casa) aproximadamente a las 22.00”.
El juez menciona también las pruebas que “acreditan” la supuesta “responsabilidad” de Cocco en el hecho: el testimonio de los agentes de Asuntos Internos que descubrieron el encuentro secreto y lo ratificaron en el juicio. El teléfono que Baella utilizó ese sábado “entre las 21.38 y las 22.07” y “fue captado por la antena que da cobertura a la zona de Colastiné, donde se domiciliaba Mendoza”. El informe de Gendarmería reveló que el celular se activó a las 21.43. El relato de la pareja de Mendoza, quien mencionó el trato que éste tenía con policías, a quienes recibía en su casa o otros lugares “en horario nocturno” y señaló que los visitantes llegaban en “camionetas oficiales o vehículos particulares, entre ellos el Corsa color champagne”. Y un cruce entre Tognoli y Baella, esa noche. Según el informe técnico, “a las 23.19 Baella le envió un mensaje de texto de 53 caracteres a Tognoli y a los tres minutos éste le contestó con uno de dos (‘ok’)”.
Ante las pruebas, Bailaque consideró “acreditado” que Cocco “tomó conocimieto que Mendoza desarrollaba conductas previstas y reprimidas por la Ley 23.737, que era encubierto por personal de la Policía de Santa Fe”, pero “no denunció ese delito en el que intervinieron los ya condenados Mendoza, Baella y Tognoli, entre otros”. Y agregó: “Cocco violó sus deberes de funcionario público al no comunicar a las autoridades y promover la persecución del delito de acción pública” que conocía. Y lo procesó por supuesta “omisión de denuncia agravada” e “incumplimiento de deberes”
La Cámara confirmó la resolución de Bailaque. “Entiendo que la responsabilidad de Cocco se encuentra acreditada”, dice el juez Toledo, en el primer voto. “De la lectura de las resolución” apelada y del “plexo probatorio, surge que se efectuó una adecuada valoración” de las pruebas.
En la causa –señaló Toledo- “hay suficientes evidencias para sostener que Cocco estaba al tanto de las conductas de Mendoza, previstas y reprimidas por la ley 23.737 y el encubrimiento dirigido a ayudarlo por parte de miembros de la Policía de Santa Fe y no denunció estas circunstancias ante las autoridades”.