La Justicia ordenó que un hospital privado de la Ciudad indemnice con 900 mil pesos a un enfermero al que no contrató porque en los exámenes preocupacionales dio positivo de VIH.
El caso ocurrió en 2019, cuando un enfermero —que por entonces tenía 28 años— se postuló para un puesto de cajas del turno noche en el Hospital Alemán. El joven avanzó en el proceso de selección y resultó elegido para el trabajo, por lo que se realizó el examen preocupacional previo a su ingreso laboral.
Cuando llegaron los resultados del examen, todo cambió. El enfermero dio positivo de VIH y el hospital, al conocer esa condición, no lo contrató. En su lugar, la clínica tomó al candidato que había quedado detrás de él en el proceso de selección.
Tras ser rechazado, joven enfermero fue a la Justicia. Así, tras varios años, la Sala D de la Cámara Civil falló a favor del demandante y ordenó que la clínica privada lo indemnice con $900 mil por el daño psicológico que sufrió por la situación,
En el fallo, se argumentó que "los elementos colectados en autos permiten tener por acreditados los hechos que verosímilmente dejan concluir que el sr. ha sido desestimado para el cargo laboral al que aspiraba en función del resultado del test positivo de H.I.V.".
Y remarcaron que la clínica "no ha aportado elementos de convicción que permitan rebatir esa premisa", ya que "ninguna de las probanzas aportadas" dio "cuenta de los motivos para seleccionar a un candidato en detrimento de otro, con aquel resultado de laboratorio en el eje de la controversia".
Asimismo, los camaristas consideraron que a raíz del rechazo laboral el joven sufrió "un cuadro de stress postraumático moderado" por el que tuvo que ser tratado. Así, dispusieron que sea indemnizado con $900 mil.
Qué dice la ley
La Ley 27.675 de "Respuesta integral al VIH, Hepatitis, ITS y tuberculosis" fue promulgada en julio de este año. Su objetivo es evitar este tipo de rechazos por parte de empresas que buscan contratar empleados.
La norma prohíbe solicitar la prueba de VIH en el examen preocupacional. También señala que las ofertas de trabajo "no pueden incluir restricciones por motivo de esas enfermedades".
En el 2019, cuando sucedió este caso, solo existía la resolución 270/2015 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social que brindaba protección para evitar la discriminación.
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