Inquilinos Agrupados presentó esta semana un proyecto en la Legislatura porteña para forzar el alquiler de las viviendas que permanecen vacías en la Ciudad de Buenos Aires por más de 90 días de manera injustificada. Según la propuesta del texto, la autoridad de aplicación será el Instituto de la Vivienda porteño (IVC), que asignará a las unidades un precio equivalente al 1 por ciento del valor fiscal.
La iniciativa retoma experiencias del mundo que pretenden combatir la misma problemática: una crisis habitacional que dificulta el acceso a la vivienda. Según los datos citados en el proyecto, correspondientes al último Censo de 2010, en la Ciudad de Buenos Aires existen 341.000 unidades deshabitadas.
La legislación en el mundo
Las legislaciones implementan enfoques variados: impuestos, vivienda social y expropiación. Los países que accionan contra la especulación son Alemania, Francia, Dinamarca, Suecia, Nueva Zelanda, Austria, Reino Unido, Países Bajos, Luxemburgo, Italia y España. En América, las experiencias en este tipo de iniciativas son menos: Colombia, Uruguay, Canadá, Estados Unidos y Brasil.
Los casos de Austria, Luxemburgo y Nueva Zelanda son más duros con el mercado inmobiliario. En Austria, el Estado es dueño del 50% de las viviendas en alquiler, un 25% está regulado y el 25% restante es libre. Por su parte, en la legislación neozelandesa el porcentaje de alquileres regulados asciende al 90%. En Luxemburgo, los alquileres no se pueden aumentar, están fijados por el Estado.
Algo similar sucede en la experiencia alemana. Allí, el Estado regula el precio, el metro cuadrado y ofrece viviendas en alquiler. Además, se debate una ley para expropiar unidades ociosas que pertenecen a los bancos.
La regulación en el Reino Unido combina incentivos fiscales y regulaciones mediante la Agencia de viviendas Vacías, creada en 1992. Además, esta medida se complementa con un impuesto a inmuebles deshabitados desde 2013 y los gobiernos locales publican informes anuales de la situación habitacional.
Cuatro países que implementan plazos para ocupar las unidades son Dinamarca, Italia, Países Bajos y, con un período de 5 años (con opción a 7), España. En este último, la legislación es local y algunos estados complementan con impuestos y regulación del precio. Dinamarca es el país que menor plazo brinda para reasignar la vivienda, se trata de un límite de apenas 6 semanas.
Qué pasa en América
En América Latina, Colombia y Brasil tienen en su legislación el precio de los alquileres atados a la inflación. Uruguay, por su parte, establece mediante una ley sancionada en 2018 un procedimiento de ejecución judicial sobre los inmuebles urbanos vacíos en un plazo de al menos dos años.
La ley canadiense tiene un diferencial respecto de los casos anteriormente mencionados, además de aplicar un impuesto, prohíbe la compra de inmuebles a capitales extranjeros.
Por último, en Estados Unidos hay solo dos experiencias de restricción de la vivienda ociosa. Washington tiene un impuesto de 5 dólares por cada 100 del valor tasado de una vivienda libre, y uno de 10 dólares por cada 100 del valor tasado si la propiedad está abandonada.
En el caso de la ciudad de Oakland, en California, la Ley del Impuesto a la Propiedad Vacante establece que las casas que están en uso menos de 50 días al año pagan una tarifa común de 6 mil dólares.