“Avanzan sobre una tarifa eléctrica que ya tiene un aumento del 400 por ciento que no está firme, porque está cuestionada por la Justicia, y quieren aplicarle un nuevo aumento del 30 por ciento para que quede consolidado el anterior. ¿Qué van a hacer cuando la Justicia se defina en contra el aumento de febrero? ¿Creen que este nuevo aumento subsana la falta de audiencia pública en el primer tarifazo? Me parece que no están comprendiendo que se les va a terminar cayendo todo como un castillo de naipes”.   

 Quien expresaba esto, a la salida del recinto donde se desarrolló la audiencia pública del viernes pasado, es representante de una de las organizaciones que reaccionó ante los tarifazos desde un primer momento. Sus palabras eran seguidas con atención por un nutrido grupo de entidades de consumidores, vecinos y algún otro dirigente presente, perdidos, muchos de ellos, entre la sucesión de aumentos y las idas y vueltas de la Justicia.
 Lo que refería el orador es que ya existe un fallo en la Justicia de San Martín que objeta las resoluciones 6 y 7 del Ministerio de Energía que dispuso los primeros tarifazos, que ya subió por apelación hasta la cámara federal del mismo distrito y, por lógica, debería llegar a la Corte Suprema, tal cual pasó con el gas. En este caso, terminó en una sentencia del máximo tribunal declarando la nulidad del cuadro tarifario definido por Juan José Aranguren a partir de abril, por no haber convocado a audiencia pública para tratarlo. En el caso de la tarifa eléctrica, el vicio de origen es el mismo, por lo cual también debería ser igual la definición. El gobierno lo sabe, y sin embargo avanza contra toda lógica. Tiene sus razones, aunque no pueda admitirlo. Las próximas líneas proponen una especie de guía para entenderlo.


Tarifa eléctrica


 El 8 de octubre el juez federal de San Martín Oscar Papavero ordenó que, hasta que no se cumpla con la audiencia pública, Edenor y Edesur no podrán aplicar los aumentos dispuestos por las resoluciones 6 y 7 del Ministerio de Energía en el ámbito de la provincia de Buenos Aires. De esa manera, hizo lugar a una acción de amparo presentada por usuarios de Tres de Febrero. El mismo magistrado, a su vez, dictó sentencia contra tales aumentos en una demanda conjunta de vecinos de Tres de Febrero, la entidad Consumidores Argentinos y el Cepis (Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad) presentada originalmente ante la jueza Martina Forns. Como esta magistrada se encontraba recusada, Papavero actuó como juez subrogante en la causa y le tocó resolverla. Tras ser apelada, la misma fue elevada a la Cámara Federal de San Martín, que aún tiene pendiente su resolución. Si la cámara evalúa que la audiencia pública resulta ineludible, lo que es más que probable, el cuadro tarifario de febrero volvería a ser considerado nulo, y podría llegar por apelación a la Corte Suprema.
 Vale recordar que la audiencia pública de este viernes sólo trató el aumento correspondiente al tramo de Distribución, pero no el tarifazo de febrero, mucho más doloroso para el bolsillo de los usuarios.

Tarifa de gas


 Las objeciones en primera y segunda instancia al tarifazo en el gas llegaron a la Corte Suprema, luego de pasar por un juez y el tribunal de alzada de La Plata. El 18 de agosto, el máximo tribunal declaró la nulidad de las resoluciones ministeriales que establecieron el nuevo cuadro tarifario desde abril, pero sólo reconoció el alcance del fallo para los usuarios residenciales. Consideró que la organización que inició la demanda, el Cepis, podía actuar de modo colectivo en nombre de los residenciales pero no de otros titulares de características diferentes, como las pymes o los clubes de barrio. Lo trascendente es el argumento del fallo de la Corte: la obligación ineludible de hacer la audiencia pública. Por esa razón, el Ministerio de Energía debió dar marcha atrás en los aumentos anteriormente dispuestos en el gas para los usuarios residenciales, luego llevó a la Audiencia Pública de septiembre un aumento muy inferior al planteado en abril, y recién lo podrá aplicar en el último tramo del presente año.

Las pymes y el gas


La Asamblea de la pequeña y mediana empresa (Apyme) hizo una presentación colectiva por ese grupo de firmas más los clubes de barrio, demandando contra los aumentos en el gas, ante la Justicia Federal de Córdoba, cubriendo el bache que dejó la Corte Suprema de la Nación en su sentencia del 8 de agosto. Se espera que el juez Hugo Vaca Narvaja se pronuncie en las próximas dos semanas declarando la nulidad de los aumentos, lo cual iniciaría el camino hacia la Corte. En este caso, aunque ya se hizo la audiencia pública para definir los nuevos cuadros tarifarios, lo que resta establecer es cuál sería la tarifa aplicable entre abril y octubre para pymes y otros usuarios no residenciales, ya que hasta ahora el gobierno considera habilitada la aplicación del aumento.  
Perspectivas
 Tanto los actores que iniciaron causas en favor de los usuarios residenciales como en representación de las pymes consideran que el fallo de la Corte del 8 de agosto no deja lugar a dudas con respecto a la nulidad de cualquier aumento que se haya definido sin el trámite de la audiencia pública previa. Mariano Lovelli, titular de Cepis –entidad que llevó la causa del gas hasta la Corte–, confía en que la denominada “Causa Fernández” por la tarifa eléctrica, que ya está en manos de la Cámara Federal de San Martín, tendrá un fallo similar, declarando nulas las resoluciones 6 y 7 del Ministerio de Energía. “Es insólito que el gobierno pretenda avanzar con estos nuevos aumentos para las distribuidoras, calculados sobre una tarifa inflada por resoluciones que no están firmes. No tengo dudas que la cámara federal se va a pronunciar en el mismo sentido que lo hizo la Corte para el caso del gas. Y cuando eso suceda, ¿qué va a hacer el gobierno? Porque se le vuelve todo para atrás. Yo creo que hasta ahora no hizo más que dilatar la resolución para que las distribuidoras pudieran seguir cobrando el aumento y financiarse hasta que tengan una resolución favorable”, sostuvo. Refirió que los antecedentes del propio gobierno, además, marcan la inconsistencia de los tarifazos. “Así lo demuestra el caso del gas: aplicaron un brutal tarifazo en abril, pero cuando la Corte se lo echó para atrás, fueron a la audiencia pública con un aumento mucho más limitado”.