La Ley de Etiquetado Frontal aprobada por amplia mayoría en el Senado y en Cámara de Diputados, en sesiones maratónicas y con apoyo transversal de distintos bloques, todavía no arroja frutos en la realidad. El entramado de la ley concedía a las empresas un tiempo de adaptación generoso: 9 meses a partir de su sanción en octubre de 2021 y otros 6 adicionales si las firmas solicitaban prórrogas para readaptar los envases o bien la composición de nutrientes y así evitar el sello. El plazo para PyMEs y cooperativas era más laxo aún. Como señaló la ministra de Salud Carla Vizzoti, hasta fin de 2023 estaremos en el período de transición.
La Ley contemplaba dos etapas para esa transición. En una primera que vencía en agosto de 2022 el porcentaje de nutrientes críticos que llevaba a aplicar el octógono negro señalando exceso de azúcares, sodio o grasas saturadas era mayor que el de la segunda etapa (mayo de 2023) cuando más productos deberán aplicar el sello. No obstante el pedido de prórrogas ante la ANMAT, dependiente del ministerio, postergó el plazo de la primera etapa a febrero de 2023 y el de la segunda a mayo de 2024. La respuesta de la ANMAT en algunos casos era automática (una calculadora generada por sistema indicaba si debía readecuarse el envase) y en otros casos se accedió a pedidos por motivos variados: empresas que tenían stocks que agotar, otras rechazaban la eliminación de personajes atractivos de sus envoltorios, otras aducían demoras para la adecuación tecnológica, etc.
El lobby de las grandes empresas alimenticias y las cámaras que las nuclean (para citar las más conocidas: AmCham y la Copal) fue rotundo al momento de la votación parlamentaria y, como relató este diario, durante la reglamentación de la Ley 27.642, caracterizada por un fuerte hermetismo en el ministerio de Salud. Algunas organizaciones civiles que habían participado de la elaboración del proyecto manifestaron haber quedado fuera de la discusión tras la sanción de la ley.
Desde la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) elevaron un pedido de información pública para conocer detalles del proceso de las exigencias a empresas en diciembre del año pasado. En tanto, la Federación Argentina de Graduados en Nutrición (Fagran) reconoció también a este diario el lobby de las empresas que buscaban mayor flexibilidad para reglamentar los sellos “pensando más en su conveniencia económica que en la salud de la población, principal objetivo que persigue esta ley”. Por el contrario, desde la Sociedad Argentina de Nutrición (SAN) prefirieron cuestionar en otros medios los errores de la Ley.
Limpiando el frente del envase
Las empresas defendían distintas estrategias, como la incorporación de información nutricional complementaria cerca del octógono, algo que expresamente rechaza la Ley pues apunta a una sencilla identificación del problema por parte del consumidor. Sólo permite agregar leyendas precautorias sobre edulcorantes y cafeína como sustancias no recomendables para infancias. Las firmas vendedoras de productos lácteos se quejaban: “no podemos informar sobre los probióticos o si los alimentos son ricos en calcio”. Otra estrategia que aducía un mayor valor educativo era la de agregar un “semáforo nutricional” para las categorías alto, medio y bajo, en lugar de un sello único. Esto fue propuesto en el proyecto que por la minoría presentó la diputada Carmen Polledo, de Juntos por el Cambio.
También hubo disidencias respecto del capítulo que regula la publicidad en los alimentos ultra procesados. La Ley establece que si el producto lleva el sello octogonal no puede utilizar imágenes de celebridades, deportistas o animaciones en su difusión. Y directamente prohíbe toda publicidad de estos productos orientada a niñas, niños o adolescentes. Las industrias pusieron el grito en el cielo porque deberán sacar al tigre de los cereales o al juguete del huevo de chocolate. Se supo que Coca-Cola directamente sugirió colocar el octógono en la tapa de sus envases.
El buen espíritu de la Ley
Desde el ministerio de Salud prefieren llamarla Ley de Alimentación Saludable, tal como reza su texto, y está anclada en dos principios constitucionales importantes: la protección a los consumidores y el cuidado de la salud de las personas a través de una alimentación sana. Se busca prevenir enfermedades como la malnutrición, el sobrepeso y la obesidad que son problemas de salud pública en muchos países, en especial luego de la pandemia.
Los datos están poco actualizados pero el último Informe sobre Obesidad que elaboró la OCDE en 2017 muestra países como Estados Unidos (con el 38,2% de la población adulta obesa) y México (32,4%) liderando el ranking con problemas de malnutrición, de cerca los sigue Chile (25% de la población obesa). Y nuestro país no se queda atrás, con relevamientos propios en 2018 el INDEC publicó la última Encuesta de Factores de Riesgo que muestra que en Argentina el 61,6% de las personas tienen exceso de peso: 36,2% tienen sobrepeso y 25,4%, obesidad.
A nivel regional en los últimos cinco años Chile, Perú, México y Uruguay implementaron etiquetas de advertencia en el frente de los envases de los ultra procesados. El seguimiento a partir de encuestas luego de su implementación fue favorable (el 41% de los chilenos modificó sus hábitos de consumos después de la ley, por ejemplo). Igualmente vale notar que el problema de la alimentación está también ligado a la falta de ingresos de un conjunto de la población: es un problema más difundido entre los pobres y Argentina tiene al 50% de la población infantil por debajo de la línea de pobreza.