Referentes de organizaciones sociales, ambientalistas, de género, comunidades originarias y campesinas que forman parte del Consejo Asesor a cargo del análisis del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN) en Salta manifestaron su molestia ante la falta de información respecto de las decisiones que transmitió el director de Planificación Territorial de la Secretaria de Ambiente de la provincia, Ignacio Goitia, a Salta/12 en una nota publicada el domingo pasado.
“Desconocemos la información vertida públicamente” por Goitia, indicaron en una nota que prevén presentar hoy ante el organismo provincial, y a autoridades responsables del INTA, CONICET, UNSa, UCASAL e INAI. Sin embargo, el funcionario había afirmado que estos detalles habían sido puestos al tanto de quienes forman parte del Consejo Asesor. De hecho, explicó distintas metodologías que se utilizarán para definir el OTBN, las cuales son decididas en una mesa técnica que incluye a especialistas de los organismos oficiales mencionados más arriba.
Las organizaciones manifestaron su desacuerdo con “la pretensión de Ambiente de rehacer los mapas”, en tanto advirtieron que “esta decisión inconsulta y unilateral de la Secretaría de Ambiente, que pretende ser un reseteo a la información de mapas preexistentes, podría violar la no regresividad de la Ley de Bosques”. Esto, se entiende, iría contra la conservación de la biodiversidad en tanto se abre la posibilidad a una mayor cantidad de desmontes.
Añadieron que en más de una ocasión se solicitó la información del proceso y mapas anteriores sin que se les otorgara esta información que consideran fundamental, por lo que acusaron a Goitia de una “violación a sus deberes como funcionario público”.
Asimismo, solicitaron de manera urgente información “completa, bilingüe y con la debida antelación del proceso OTBN donde conste: objetivos, documento técnico de la Metodología Q, cronograma y lugares de las consultas, como también el soporte cartográfico, las 9 capas utilizadas tanto de los mapas anteriores como el actual que están realizando –que no es consultivo-, junto a sus metodologías, para evaluar con nuestros asesores técnicos y legales, a los fines de garantizar el cumplimiento de la Ley de Bosques”.
Pidieron también que “se apliquen debidamente y de manera consensuada e intercultural las Guías de Participación (...) ratificadas por la provincia por resolución (...) para un proceso transparente en el respeto de los derechos humanos y la diversidad cultural”.
Añadieron que “un correcto proceso de OTBN es considerar la actualización del OTBN”, es decir, trabajar sobre mapas preexistentes y no sobre nuevos mapas. “La actualización debe hacerse con la debida justificación social y técnica de todos los actores involucrados en el proceso”, indicaron.
Otro punto que exigieron es que se incorporen como capa de información los territorios de las comunidades de pueblos originarios y campesinos en proceso de obtención de títulos o en conflicto de desalojo por desmontes. Y recordaron en este sentido que las comunidades se encuentran amparadas bajo la demarcación territorial establecida por la Ley 26.160.
En esa línea, pero agregando la situación de los ex lotes fiscales 55 y 14 tras el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), entendieron que se debe hacer una revisión de las categorías en la zona de “manera conjunta, intercultural y bilingüe”.
También solicitaron información detallada de los desmontes ilegales, incluidos aquellos que se hicieron gracias a los decretos que permitían deforestar en donde no estaba permitido, y que se denominó en su momento como “recategorizaciones”. Pidieron además garantizar la “deforestación cero” en los territorios que recorre el yaguareté.
Como último punto, solicitaron la instrumentación de un plan de manejo integral consensuado “donde se intensifiquen y efectivicen los controles a los desmontes y se realicen mesas de trabajo donde se elaboren proyectos de reforestación y reparación ambiental articulados con las comunidades, para la aplicación de los fondos destinados a esos fines y previstos por la ley 26.331”.