El juez federal de Garantías Julio Bavio, hizo lugar a la imputación por falsificación de documento y falta de habilitación para representar a un cliente, en una audiencia judicial en contra del abogado Martín Miguel Poma Ovejero

Esta causa contra Poma Ovejero se inició el 1 de julio último, día en que el abogado fue detenido por orden del juez de Ejecución y Sentencia del Tribunal Oral Federal N° 2, Abel Fleming, luego de descubrir que se había presentado en defensa de un recluso sin contar con la matrícula federal correspondiente.

En el examen físico de la credencial que presentó se estableció que había sido adulterada, y tampoco la identidad que aparecía consignada era la propia, sino de otro colega. Entonces el juez ordenó la inmediata detención, que se mantuvo hasta horas después, cuando se comprobó su verdadero nombre.

A partir de este hecho, el fiscal general Carlos Amad, de la Unidad Fiscal Salta, inició una investigación preliminar que ayer fue formalizada ante el juez Bavio, quien aceptó los argumentos expuestos por la fiscalía, y también una serie de medidas de coerción requeridas para garantizar el desarrollo del caso.

En la audiencia, el fiscal describió lo sucedido ante el juez de ejecución y sentencia, en la que Poma Ovejero se presentó para representar los intereses de Gastón Gabriel Roldán. “Este señor (por Poma Ovejero) se identificó con una matrícula federal del interior a nombre de Jesús Nicolás Graneros, credencial que presentaba signos evidentes de haber sido adulterada”, sostuvo Amad en referencia a las razones por las que el juez Fleming ordenó la detención del abogado en aquel momento. 

Entre las medidas diligenciadas para determinar su verdadera identidad, describió la toma de huellas dactilares, la verificación en su domicilio particular a través de familiares y la constatación de su lugar de trabajo, lo que permitió corroborar que “no era quien decía ser”.

Asimismo, el fiscal enumeró la prueba documental reunida, informes realizados por la Policía Federal, otro de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta respecto al legajo de Graneros, cuya matrícula sí estaba activa. En cambio, sobre Poma Ovejero, el Sistema Único de Matrículas Federales, constituido conforme a la Ley 22.192, no reveló que tuviera habilitación en ese registro.

Credencial adulterada

Amad también enfatizó el resultado de una pericia realizada sobre la matrícula federal secuestrada a Poma Ovejero. Esa pericia mostró que la credencial “no cumple con los requisitos de originalidad establecidos por la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, por lo tanto, resultó apócrifa en cuanto a su soporte”.

Además, el fiscal informó al juez que el abogado “ya tiene un antecedente condenatorio, el que data del 10 de mayo de 2018”. “El Juzgado Correccional de Primera Nominación -de la justicia provincial- condenó a este señor a dos años de prisión condicional por homicidio y lesiones culposas”. 

En 2018 Poma Ovejero fue condenado después de un largo proceso, por un siniestro vial ocurrido el 31 de enero de 2013, en la ruta nacional 34, cerca de Metán, en el que falleció el agente de seguridad Carlos Alberto Vera, de 41 años, quien viajaba desde Jujuy con destino a Buenos Aires, junto a su pareja y sus suegros. El automóvil que conducía el abogado se cruzó de carril y chocó al de Vera, provocando su muerte y lesiones graves a su pareja y al padre y la madre de la mujer. En aquel tiempo el abogado era concejal de la ciudad de Salta. 

La defensa, a cargo de la defensora pública Luciana Cruz, cuestionó la acusación respecto a la habilitación para el ejercicio de la profesión en los tribunales federales, por entender que Poma Ovejero no usurpó ningún título y reafirmó que posee la acreditación correspondiente, emitida por la Universidad de Belgrano.

Entonces la fiscalía aclaró que en ningún momento puso en dudas la calidad de abogado del imputado, sino la “falta de habilidad” para litigar en la audiencia judicial en la que fue descubierto con una credencial apócrifa y a nombre de otro letrado.

El juez compartió los argumentos de la fiscalía y validó la calificación legal requerida contra Poma Ovejero. “En este estado embrionario (del proceso investigativo), le encuentro razón al fiscal”, dijo el magistrado al dar por formalizada la investigación penal contra el abogado.

Por último, y al referirse a las medidas de coerción, el juez convalidó el pedido de la fiscalía para que Poma Ovejero “se someta al proceso judicial en curso, no obstaculice el mismo, dada su calidad de abogado y se presente regularmente en la Oficina Judicial”, cada 30 días. En cambio, el juez rechazó la solicitud del fiscal de que se le prohíba salir del país.

Censura previa

La audiencia de formalización de la acusación comenzó con un planteo de la defensa del abogado dirigido a vedar la publicidad de este acto. El requerimiento iba dirigido a la presencia de un periodista del Área de Prensa de la Unidad Fiscal.

“Mi asistido es abogado y se encuentra bastante incómodo con la presencia en la sala de un periodista”, sostuvo Cruz, quien si bien reconoció que se trata de un integrante del MPF y que las audiencias son públicas, señaló la necesidad de cumplir con un mandato expreso de su cliente.

“Yo pido que se haga la reserva del nombre porque el principio de inocencia, aunque yo demuestre esto al final del proceso, el daño que puede hacer a mi profesión, a mi reputación, y más que estoy llevando tres juicios contra la prensa en nombre del gobernador (Gustavo) Sáenz, me puede afectar muchísimo”, manifestó el letrado imputado.

El fiscal se opuso. Recordó que Poma Ovejero “es imputado y estamos en el inicio de un proceso que es oral, público y me parece que no hay ningún tipo de daño, máxime si aún no escuchó los cargos, aunque yo creo que él sabe perfectamente lo que hizo, venir a decirnos acá que es el abogado del gobernador de la provincia, me parece que no ayuda en nada”, sostuvo. 

Amad insistió en recordar que “este es un proceso público” y añadió que le parecía que Poma Ovejero “quiere plantear un caso de censura previa”, por lo que solicitó el rechazo de la pretensión realizada entendiendo que no existió ninguna violación de sus garantías constitucionales.

Poma Ovejero reiteró que tramita un amparo contra diarios y portales informativos de la provincia. “Yo lo único que pido es que se reserve el nombre del imputado”, insistió, y dijo que todo esto se trata solo de una “confusión”.

El juez Bavio rechazó el pedido de la defensa. “Por diferentes motivos, siempre, un proceso penal que se inicia, puede subjetivamente -por parte del imputado- sentir que se puede afectar su buen nombre y honor, pero el principio de publicidad del proceso es el que impera y no puede ser invocado con anterioridad”, aseguró. 

El magistrado no descartó un nuevo análisis del pedido si en lo sucesivo del proceso surgen elementos que indiquen que se puede estar afectando la intimidad. “Pero acá hubo personas sentadas que tenían vinculaciones familiares y políticas muy importantes; y se resolvió que, por ello, no podía disponerse una reserva por el principio basal del sistema oral es la publicidad”, ratificó el juez al dar por cerrado el cuestionamiento.

Sin embargo, al final de la audiencia la defensa volvió a pedir la reserva del nombre del imputado, el mismo Poma Ovejero insistió en que habrá una confusión por parte de los medios de comunicación, pues “ningún periodista va entrar en la diferencia” entre usurpación de título y la falta de habilitación o credencial, especuló. El juez volvió a rechazar el planteo.

“De los fundamentos dados por el Ministerio Público Fiscal, se expuso claramente que sí posee título de abogado, también expresado por su defensa, y que no tenía autorización para ejercer la matrícula federal y probablemente usó una credencial falsa, esa es la imputación. Y la comunidad tiene derecho a saber que habría incurrido en esa potencial infracción”, concluyó el magistrado.