El juez Ramón Haddad condenó a 12 años de prisión efectiva al pastor evangélico Benjamín Abilés Miranda por violar a una niña de 9 años en el templo de una comunidad religiosa de Rosario de la Frontera, en el sur de la provincia. Además fueron condenadxs a 8 años de prisión la hija y el yerno, acusadxs como partícipes necesarios, y su esposa, a 2 años de prisión, por amenazas.
El pastor violentó sexualmente a la niña en la Iglesia Evangélica Ministerio Apostólico y Profético de Restauración Visión de Águila.
El fiscal penal de Rosario de la Frontera, Oscar López Ibarra, sostuvo la acusación contra el pastor y lxs otrxs tres miembrxs de su grupo familiar que pertenecían al culto evangélico.
Abilés Miranda fue encontrado culpable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado, por ser su autor un ministro de culto en perjuicio de una niña a la que debía proteger y no violentar su integridad. Ell fiscal había pedido una pena de 15 años de prisión efectiva.
El pastor fue declarado reincidente por primera vez y se ordenó que su ADN sea registrado en el Banco de Datos Genéticos.
La violación fue denunciada en noviembre de 2020 por la madre de la víctima. La mujer se enteró en ese momento que su hija había sido víctima de abuso sexual por parte del pastor de esa comunidad, con la participación de la hija del religioso, del yerno e incluso de su esposa, que conocía lo que sucedía. Estos hechos fueron ratificados después por la niña en la entrevista realizada en cámara Gesell.
La esposa del pastor, Marta Sabina Mamaní, fue absuelta por el beneficio de la duda de la acusación realizada por el fiscal como autora del delito de encubrimiento de la violencia sexual ejercida en perjuicio de la nena. Sin embargo, la mujer fue condenada por amenazas a la pena de 2 años de prisión. También se la declaró reincidente por primera vez.
Además, fueron condenadxs la hija del pastor, Juana Elizabeth Miranda, y su pareja, Ricardo Fabián Coria, quienes llegaron a juicio acusados de participación necesaria de la violación. Ambxs fueron sentenciados a 8 años de prisión efectiva como partícipes necesarios de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser su autor un ministro de culto y también sus perfiles serán registrados en el Banco de Datos Genéticos.
El fiscal López Ibarra había solicitado 12 años de prisión efectiva para Miranda y Coria. También había pedido 4 años de prisión efectiva para Mamaní. El juez aminoró las penas que requería el representante del Ministerio Público.