En menos de una semana, el juez federal Gustavo Lleral dispuso el "archivo parcial" de la causa Maldonado, "exclusivamente a la hipótesis de la desaparición forzada de persona", y convocó a las querellas a que se expidan sobre las "nuevas hipótesis" introducidas en la sentencia de la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia. Sin embargo, anoche se arrepintió, revocó su propia resolución y ordenó una serie de medidas pendientes, tales como la reconstrucción virtual de los hechos. En el medio había llegado a su escritorio la respuesta de una de las querellas, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), que le dijo que "el archivo de una hipótesis penal dentro de un expediente abierto y en proceso como el caso Maldonado, solo puede ser interpretado como un hecho político pero alejado de lo jurídico". En definitiva, el magistrado --recusado por la familia pero ratificado por las instancias superiores-- suma confusión a un expediente que él mismo mantiene paralizado e ignora el testimonio de la testigo "D", que le fue remitido por el fiscal federal Federico Baquioni.
En el escrito firmado por el abogado Mauricio Rojas, la APDH afirmó que "la causa sigue abierta por resolución judicial de instancias superiores y esto no es materia interpretativa sino resolutiva". El organismo de derechos humanos y parte de la querella agregó que "el archivo de la hipótesis penal de desaparición forzada no responde ni a lo establecido por Casación ni a la lógica jurídica, ya que al ser un expediente abierto y en trámite, el juzgador debe agotar una investigación imparcial, teniendo el juez como misión esencial la de investigar acabadamente todas las circunstancias que merezcan un reproche penal". Desde el punto de vista del procedimiento, la primera resolución de Lleral con fecha 24 de octubre "no reviste el carácter de archivo sino la renuencia expresa del juzgador de turno en el expediente (es decir el propio Lleral), a investigar las circunstancias bajo la premisa del 142 ter (desaparición forzada de persona)". En definitiva, esa querella concluyó que "carece de cualquier fundamento realizar un incidente de impugnación a una situación jurídica y procedimental que no se sostiene con parámetros mínimos y solo vamos a dejar asentada esta posición a efectos de no convalidar una decisión judicial arbitraria a futuro".
Tan enmarañada es esta causa que Lleral ocupó 25 carillas para describir su historia, sus idas y vueltas, y basó su intento de archivo en el fallo de septiembre de 2019 de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, que revocó el sobreseimiento del gendarme Emmanuel Echazú, y determinó que la muerte de Santiago fue "traumática y dudosa por haber acontencido en un contexto de intervención estatal". Sin embargo, este viernes el magistrado firmó una nueva resolución revocando la del 24 de octubre pasado, y ordenó una serie de medidas pendientes desde hace meses, tal como le había indicado la Cámara de Casación:
* La realización de la reconstrucción virtual del escenario de los hechos en tres dimensiones, con realidad aumentada, a partir de los datos objetivos colectados en la investigación. Deberá efectuarse una representación de lo ocurrido de manera interactiva, a efectos de determinar las distintas variables según el lugar en el que se coloquen los intervinientes, permitiendo así verificar eventualmente el campo visual de cada uno de ellos y establecer si fue posible que percibieran a Santiago Maldonado agazapado en el río. Para la materialización de la medida señalada, el magistrado designará al Equipo Argentino de Antropología Forense, como lo propone la fiscalía.
* La realización de una pericia tecnológica sobre los soportes de video individualizados como MVI-6560 y MVI-6561, a los fines de identificar las expresiones verbales que se registran, la cantidad de disparos efectuados, los momentos en que gendarmes se encuentran munidos de armas u otros elementos (hacha, piedras, palos, chapones), y los momentos en que se observe a los mismos o a civiles arrojar piedras o efectuar detonaciones. A tal efecto se deberán realizar las correspondientes capturas de aquellas imágenes en las que se visualicen las mencionadas acciones.
* Corresponde tener presentes para su oportunidad las demás pruebas propuestas por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
La testigo "D"
Las instancias superiores le indicaron al juez Lleral la necesidad de realizar una multiplicidad de medidas probatorias, como así también la querella de la familia Maldonado, pero él hasta ahora no hizo ninguna. En su primer escrito dice que se da por confirmado como juez de la causa, pero ignora completamente el testimonio de la testigo "D", revelado por Página/12, que el jueves se presentó ante la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia para pedir que no cierren la denuncia que hizo por persecusión y hostigamiento en su contra por parte de Gendarmería. La mujer --que nació en Esquel y trabajaba como profesional de la salud en el escuadrón de esa fuerza en esa ciudad-- declaró en abril pasado que a Santiago "lo detuvieron los gendarmes, lo llevaron a la estancia de Benetton y "se les fue la mano".
En la audiencia, los jueces Hebe Corchuelo y Javier Leal de Ibarra, el fiscal Ricardo Pettinari y el abogado de Gendarmería Manuel Barros escucharon a la testigo "D". Los dos últimos buscaron revictimizarla y devaluar sus dichos y su persona. Pero ella habló al final y los jueces tomaron nota del tipo de protección que tenía como testigo. En ese sentido, podrían reponerla en un programa, algo que le quitó el juez Guido Otranto cuando el fiscal Baquioni desestimó la denuncia por persecusión.
"Su posición y su testimonio quedaron muy firmes, en eso fracasaron los que buscaron perjudicarla", dijo su abogado, Ismael Jalil. Resta esperar qué decidirá la Cámara en la causa por lo que ella denuncia que le sucedió después de declarar lo que sabía sobre Santiago: la acosaron, la siguieron, la amenazaron y terminaron pasándola a disponibilidad.