La provincialización de la lucha contra el narcomenudeo no dotó de recursos a las defensorías públicas, que debieron ocuparse de defender a personas en situación de vulnerabilidad, muchas de ellas, con problemas de adicciones.
En ese sentido, el defensor Oficial Penal N° 4, Pedro Curotto, explicó cómo funciona la implementación de la desfederalización en Salta y por qué no ha logrado frenar la venta de drogas en los barrios.
--¿Qué experiencia ha tenido respecto de la defensa de personas procesadas por la violación de la Ley de Estupefacientes?
--Los delitos que se han desfederalizado son los de tenencia con fines de comercialización, tenencia simple y tenencia para consumo personal. En la práctica lo que uno observa por lo general es que siempre la Fiscalía caratula los hechos como tenencia con fines de comercialización, porque es como la figura más grave, y después uno ve que no todos los casos son así. El mínimo legal cuando es tenencia con fines de comercialización es de 4 años de prisión. Y si es una figura agravada ya el mínimo es de 6 años de prisión. Eso en la práctica genera que la persona queda inmediatamente detenida, y que muchas veces le dictan directamente la prisión preventiva, con lo cual eso ya va generando uno de los problemas que se ha visto con esta ley, que es que se van a abarrotando de presos las cárceles. En los últimos años, por estas decisiones de política criminal, se ven muchos presos por temas de drogas.
Después hay que analizar cada caso, porque los tres casos son de tenencia. En la tenencia con fines de comercialización, lo que se sospecha a partir del secuestro de estupefacientes pero también de investigaciones previas que se hacen con filmaciones y con la intervención de teléfonos (a veces intervienen teléfonos) es que se trata de tenencia con fines de comercialización. Y se hace toda una investigación de la persona que vende, pero también de su grupo familiar. Muchas veces la venta la hace un grupo familiar entero, o sea, quedan todos involucrados en la causa: el marido, la mujer, que tiene niños, la abuela, el abuelo, a todos les encuentran sustancias, los tienen filmados haciendo intercambios afuera. Entonces, eso es bastante triste porque uno ve que es toda una realidad familiar que se ve atravesada por este tema. Y después, a veces se encuentran balanzas o dinero en los allanamientos, y todo eso hace sospechar que la gente ya se dedica a esto en forma habitual.
Después, la tenencia simple se da en casos en que a la persona la encuentran con estupefacientes, pero muchas veces son casos en flagrancia, como cuando la Policía detiene una moto y la persona se quiere escapar, lo detienen, y ahí le encuentran droga en su poder. Entonces, como no tienen ningún otro elemento, es decir, no lo vieron hacer pasamanos con nadie, o muchas veces les rastrean los teléfonos a ver si ellos tienen comunicaciones previas para hacer el delivery de la droga... Descartados todos estos elementos y teniendo una cantidad sustancial de droga, se considera que es tenencia simple.
--¿Es subjetivo eso de la cantidad?
--No está tabulado en la ley. No dice a partir de qué cantidad se presume que es para consumo o una tenencia simple o una tenencia con fines de comercialización. Entonces se dan bastantes injusticias. Por ejemplo, tengo un caso concreto de una persona que vino a Salta con una condena por drogas dictada por la Justicia Federal de Jujuy, al que le habían impuesto una condena de 4 años por tenencia con fines de comercialización por tener en su poder un kilo de pasta base, que es un montonazo, porque se pueden hacer millones de dosis. Y me llamó la atención porque en Salta muchas veces vemos condenas con mucha menor cantidad de droga, con gramos, pero como la comercialización está probada por otros indicios, aunque sea muy poquita la cantidad de droga, se le dicta una condena también de 4 años. Así que se da una desfasaje.
En su momento hubo un proyecto de ley de(l ex juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Raúl) Zafaroni de reforma del Código Penal donde se quería establecer un mínimo de 3 años de prisión para estos delitos, porque así la primera condena podría ser de ejecución condicional. Entonces se le podría dar una oportunidad a la persona que está incursionando en este delito para que no vaya directamente a cumplir una pena, sino que tenga una primera advertencia del sistema, que es algo que se da mucho en las causas de robos u otros delitos, y si la persona reincide se suman las dos condenas y ahí sí se va a la cárcel.
--Los datos muestran un crecimiento sobre todo de las causas por tenencia para consumo. ¿Qué está pasando con el fallo Arriola en ese sentido?
--El fallo Arriola lo consideramos todos un avance porque la idea no es criminalizar a las personas adictas, aunque muchas veces las personas que son detenidas por el delito de tenencia con fines de comercialización, que venden droga (y con esto no quiero decir que está bien que hagan eso), son personas que por lo general son adictas, que son el último eslabón de la cadena y que muchas veces esa venta que hacen es para asegurarse su propio consumo. Entonces, si bien es cierto que tienen balanzas, que hacen pasamanos, que les venden a terceros, uno ve los propios videos de la investigación penal y se ve que viven en condiciones humildes, llegan a su casa caminando, en bicicleta o en moto, pero ninguno es un traficante de alto rango. Con lo cual, este tema de la represión de los consumidores se está dando a mi modo de ver con la figura grave también.
También hay casos por tenencia para consumo, en los que se hace el procedimiento y allí el fallo Arriola es como que se le ha encontrado un vericueto legal para proseguir a veces con la persecución penal, que es el siguiente: si ese consumo se da en un lugar privado o en un lugar público. Entonces, si hay una persona consumiendo estupefacientes dentro de su casa, nadie duda que se aplica el fallo Arriola. Ahora, cuando esta situación se da por ejemplo en una plaza, o la encuentran consumiendo en un transporte público, ahí ya la jurisprudencia es más proclive a que se siga criminalizando estos hechos, porque consideran que al ser en un lugar público hay una trascendencia a tercero, entonces se descarta la aplicación del fallo Arriola. La tenencia para consumo personal es un delito que tiene una pena de 1 mes a 2 años. Entonces, está mal que se criminalice, pero lo cierto es que por suerte tiene una pena muy leve que, incluso, si es la primera causa es prácticamente inmediatamente excarcelable ese delito.
Lo que sí es cierto también es que hay un gran problema, que no lo desconoce nadie, con la falta de medios para tratar a las personas que están con problemas de adicciones. En la defensoría tenemos muchas causas por violencia familiar. Todos los turnos (nosotros estamos cada 3 meses de turno en la defensoría) me entran 5 o 6 causas que no son propiamente de drogas, pero sí son casos de personas adictas que se pelean con los familiares, que viven en situación de calle, y que los familiares los reciben porque les dan lástima, pero después se tornan violentos porque no tienen un tratamiento de la adicción, o les roban cosas para volver a consumir, entonces los vuelven a expulsar de la casa y se generan inconvenientes. Las Naciones Unidas sostienen que es importante que los estados trabajen no tanto en la represión del delito, sino en el tema de la demanda.
--Ahora bien, ¿no es un despropósito que haya tantos recursos del Poder Judicial para perseguir a personas que son adictas y muchas de los cuales tienen la droga simplemente para consumo personal?
--Sí, me parece que esa no es la idea de la ley, no es la idea de la política criminal que fijó la Corte en el fallo Arriola. Lo cierto es que el derecho penal muchas veces termina atrapando casos que, como no tienen una solución en el sistema civil o por otras vías, siempre al final la denuncia termina en la Policía, que ve que hay un hecho violento, se ve obligada a actuar, y a partir de ahí el conflicto es absorbido por el aparato penal, cuando no debería ser así. Si hay problemas de adicciones, deberían verse por otro canal.
--La otra cosa que me llamó la atención es la cantidad de mujeres detenidas por delitos de estupefacientes...
--Esto tiene que ver con lo que yo le decía, que lamentablemente todo el grupo familiar se ve involucrado en esto. Hay casos donde realmente (lo han planteado organizaciones especializadas en temas de género) se puede hablar de una especie de trata, donde las organizaciones de drogas de mayor nivel se aprovechan de esta gente vulnerable para comercializar la droga en los barrios, y justamente uno de esos grupos vulnerables termina siendo evidentemente el de las mujeres más que el de los varones. Porque uno ve las causas y muchas veces te da pena, pero sí ves a las mujeres que están en el video vendiendo. No es que son causas inventadas, pero justamente hay que trabajar en la prevención, en cómo ubicar laboralmente a esta gente, cómo ayudarla. Tengo un caso testigo que me dio mucha pena, que fue el de una mujer que era adicta, que estaba vendiendo en la vía pública, y al mismo tiempo estaba embarazada. Es un caso muy extremo, pero uno se da cuenta la situación de vulnerabilidad de esa mujer. Y sí se la sometió a proceso por el delito de tenencia de estupefacientes, no es que se tuvo alguna contemplación a su situación de vulnerabilidad, sino todo lo contrario.
-¿En qué medida les ha generado más trabajo a las defensorías oficiales la Ley de Desfederalización?
-Cuando se hace una reforma legislativa en materia penal no solo hay que cambiar la ley, sino también hay que tener en cuenta cómo va a repercutir eso en el sistema judicial, en el sistema policial y en el sistema penitenciario. Porque si cambiamos la ley y no aplicamos recursos, evidentemente que van a haber fallas y déficits. En esta ley, supuestamente, estaba prevista una transferencia de fondos para que el Poder Judicial de Salta, el Ministerio Público, el Ministerio de la Defensa también, el Servicio Penitenciario y las agencias policiales puedan contar con los recursos necesarios para afrontar la investigación de estos delitos. Y hemos visto que el Servicio Penitenciario se ha llenado de detenidos que antes correspondían a la jurisdicción federal y ahora son provinciales, y no existe la capacidad de alojamiento para todos ellos. Si bien se han creado unas fiscalías especiales para perseguir estos casos de microtráfico, por ejemplo, desde el punto de vista de la Defensa no se han creado nuevos cargos en todo este tiempo, con lo cual los defensores penales hacemos todo tipo de delitos y ahora se nos suman todos estos casos que tienen una especial particularidad.
--Y que intuyo que llegan a los defensores oficiales porque son personas sin recursos…
--Así es. Hay muchos casos que repercuten en la Defensa, y también hay una realidad que es la siguiente: una vez que las personas son condenadas, ya el cumplimiento de la pena queda en un 99% a cargo de la Defensoría Pública, porque invierten sus últimos ahorros en honorarios de un abogado para tratar de que no las condenen, pero ya una vez que agotaron las instancias recursivas se quedan sin plata y ahí sí o sí el cumplimiento de la condena lo tiene que velar la Defensa Pública.
--A su modo de ver, a 9 años de su aplicación, ¿la Ley de Desfederalización en Salta ha servido para combatir al narcotráfico y al consumo de drogas en la provincia?
--(Se ríe) Esa es una respuesta bastante compleja. No sé qué estadísticas maneja el Ministerio Público Fiscal pero realmente en mi experiencia personal, que veo los casos de las personas más vulnerables, uno ve que esta situación de perseguir al último eslabón de la cadena no logra revertir esta situación de la venta de drogas. Lo que yo advierto es que estos kioscos, obviamente que a los vecinos los afecta y yo no estoy diciendo que esté bien esto, pero fíjese que todos los meses tengo causas nuevas, o sea que cierran uno pero al otro día abren otro al lado. Y eso es así porque lamentablemente hay una gran masa de personas vulnerables, muchos de ellos adictos, y que quedan en esa encerrona de tener que seguir consumiendo y las organizaciones criminales en las esferas más altas se siguen aprovechando de ellos y eso es una paradoja interminable. No veo cómo se puede cerrar el círculo dedicándole solo el esfuerzo a los eslabones inferiores y no ir para arriba.