La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país de una marca de miel.
Según se detalla en la Disposición 8668/2022, publicada en el Boletín Oficial, este producto no contaba con los registros de establecimiento y estaba falsamente rotulado, al exhibir en el rótulo un número de RNE inexistente y de RNPA perteneciente a otro producto y dado de baja en el año 2014, razón por la que fue considerado "ilegal".
Se trata de la “Miel pura, marca Abuelo Mario, RNE 05404026714, RNPA 13036835”. El producto comenzó a ser investigado a raíz de una notificación de la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) del Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires. En este sentido, la Dirección de Zoonosis Urbana del Municipio de Lanús constató la comercialización y procedió a la intervención de tres unidades del producto investigado.
Las autoridades determinaron que por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado ni comercializado ni expendido en ninguna parte del país.
A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomendó prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento, así como también todos aquellos productos que en sus rótulos indiquen el RNE y RNPA mencionados.