Desde Santa Fe

La sentencia del Tribunal Oral de Santa Fe que condenó a Mario Rossini a 15 años de prisión por la estafa más grande en la historia de la ciudad capital, pero que absolvió a seis trabajadoras de la empresa a las que el financista mandó al frente –a la “línea de fuego”, según los jueces- es la primera con “perspectiva de género”. En los fundamentos del fallo de 1.040 páginas –que se conocieron en estos días-, el presidente del Tribunal José María Escobar Cello y sus colegas Luciano Lauría y Germán Sutter Schneider coincidieron con el fiscal Martín Suárez Faisal que las seis mujeres eran víctimas del empresario. Y las ubicaron en el mismo plano que los 459 estafados y estafadas por un monto -que en 2016- superaba los 250 millones de pesos y era el equivalente a 17 millones de dólares. “Juzgar con perspectiva de género lejos de ser una moda jurídica es una obligación legal” que impone “el derecho a la igualdad y a la no discriminación consagrado en la Constitución Nacional y en los tratados internacionales de Derechos Humanos”, explicó el Tribunal. En el debate, el fiscal demostró la “existencia de una relación asimétrica y desequilibrada de poder” entre Rossini y sus empleadas y las “situaciones violentas y padecimientos” que ellas “debieron soportar por el accionar ilícito” del condenado. “Sus vidas quedaron atravesadas” por el colapso de Bolsafé Valores y a pesar de que había otros trabajadores “solo ellas fueron sindicadas como cómplices de Rossini” –porque ponían la cara ante los ahorristas- y “sometidas a un proceso penal durante diez años”. Las consecuencias fueron: la desocupación y “los martirios psíquicos y de salud que afectaron sus vidas y sus relaciones personales”. “Rossini las expuso a enfrentarse a clientes desesperados y enojados” por el despojo y “quedaron atrapadas”, no sólo por las “acusaciones”, sino también en “la ‘línea de fuego’ por su exposición directa a los medios de comunicación de Santa Fe que las condenaron mucho antes del juicio”, agregó.

El 11 de agosto, el Tribunal condenó a Rossini a 15 años de prisión por los delitos de  “administración fraudulenta” en 459 hechos y “captación de ahorro público sin autorización” agravado por el uso de medios masivos. Lo inhabilitó por seis años y le impuso una multa de “tres veces el monto de sus operaciones”, que según un informe de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac) de 2016, superaban los 250 millones de pesos y era el equivalente a 17 millones de dólares. El fiscal Suárez Faisal le había pedido una pena de 18 años de prisión y una multa de 900 millones de pesos. Rossini seguirá en su casa, la sentencia ordenó su “inmediata detención”, pero cuando la condena “quede firme”, lo que es una incógnita porque las querellas ya anunciaron que apelarán ante la Cámara de Casación Penal y luego sigue el capítulo de la Corte Suprema de la Nación.

En el alegato, Suárez Faisal no acusó a las seis mujeres, dijo que eran víctimas de Rossini. Ellas ignoraban que su jefe era “el autor de la mayor estafa de Santa Fe”. “Confiaban en él, eran unas ilusas” y hasta “estaban orgullosas de formar parte de una empresa bursátil que era la más prestigiosa de la región”. “Si Rossini engañó a todos los ahorristas, ¿por qué no habría de engañar a estas chicas? Y tanto las engañó que hasta el día que lo metieron preso, les dijo: ‘Vuelvo en 15 minutos’”.

Rossini utilizó a sus empleadas como “instrumentos del delito”, reveló Suárez Faisal. Su conducta es “un acto de violencia de género en la modalidad de violencia laboral” porque “las expuso a enfrentarse" a la furia de los clientes y a medios de comunicación que las estigmatizaron como “culpables” y “revelaron sus identidades”.

El Tribunal coincidió con la Fiscalía: aplicó la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) –incorporada a la Constitución Nacional- y la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer –vigente en la Argentina por la ley 24.632- y absolvió a las seis trabajadoras. “Juzgar con perspectiva de género lejos de ser una moda jurídica es una obligación legal” que impone “el derecho a la igualdad y a la no discriminación consagrado en la Constitución Nacional y los tratados internacionales de Derechos Humanos”.

Aplicar la “perspectiva de género como método jurídico” requiere “constatar la existencia de una relación asimétrica y desequilibrada de poder” –señaló el Tribunal-, que es lo que se probó en el juicio: la “desigualdad” entre Rossini y las seis mujeres y “las situaciones violentas y padecimientos” que ellas “debieron soportar” por el “accionar ilícito” del condenado.

En las audiencias, Marisa –una de las trabajadoras- contó que había confiado en Rossini “hasta el último día” de la empresa. “Los ahorristas comenzaron a enojarse mucho” y que ella y sus compañeras “no tenían respuestas”. En un momento, dejó de cobrar el sueldo y aún así pensaba que “las cosas se iban a arreglar”, “ni siquiera tomó recaudos para proteger su propia inversión”. “A los 45 años me quedé sin trabajo, sola y sometida a un proceso penal”.

Patricia dijo que el día del colapso, el 27 de noviembre de 2012, “bloquearon las cuentas” de Bolsafé Valores y “quedaron solas, a la deriva, sin saber qué hacer”. Denunciaron la situación ante el Ministerio de Trabajo y “se dieron por despedidas”. “Nunca cobramos la indemnización”. “Soy tan víctima como los inversores, siento que me han robado diez año de mi vida con esta causa”.

Lorena explicó que ella también era “damnificada” porque no sólo perdió los títulos públicos que había depositado en la empresa de Rossini, sino también los de sus hermanos. Los bonos eran la “indemnización del Estado nacional” a la familia por la muerte de su papá durante la dictadura, en un operativo del terrorismo de estado. Cuando cayó Bolsafé, “todo era un caos”. Ella “se quedó sin trabajo y con deudas, con un hijo chiquito” y “sobrevivía con la ayuda de sus hermanos”.

Carolina describió su “pesadilla”: “un cáncer de mama” que padeció dos veces en los últimos cuatro años y el proceso penal que se extendió una década. “Fueron años muy traumáticos” porque de un día para el otro se quedó “sin trabajo”, le allanaron la casa y fue imputada en una causa penal. “Me arruinaron la vida”. Igual que sus compañeras, nunca cobró la indemnización.

Daniela reveló que no sólo quedó en la calle por el desplome de Rossini, sino que también perdió un segundo trabajo en otra empresa porque pidió permiso para “comparecer en el juicio” y la echaron. Miriam coincidió con el relato de sus compañeras.

Los testimonios fueron “elocuentes” –explicó el Tribunal-. Las seis mujeres "quedaron atravesadas por el desenlace de la empresa”. Y a pesar de que había otros trabajadores, “sólo ellas fueron sindicadas como cómplices de Rossini y sometidas durante diez años a un proceso penal”. Las consecuencias fueron el desempleo y “los martirios psíquicos y de salud que afectaron sus vidas y sus relaciones personales”.

“Rossini las expuso a enfrentarse a clientes desesperados y enojados”. “Eran el único rostro de una empresa que había defraudado a su cuantiosa masa de inversores”. “Quedaron atrapadas no sólo por acusaciones, allanamientos, identificaciones, indagatorias o procesamientos, sino también en la 'línea de fuego' por su exposición directa en medios de comunicación que las condenaron mucho antes del juicio”, reveló el Tribunal.

“Todas eran madres de familia”, necesitaban trabajar. Rossini se aprovechó de ellas, de “su condición de mujer”, de sus “vulnerabilidades y escasa experticia”. Por lo tanto, como planteó el fiscal Suárez Faisal, “no puede sostenerse una postura acusatoria contra un puñado de mujeres con sueldo y régimen de empleadas de comercio, horarios fijos y órdenes precisas y limitadas”, dijo el Tribunal. Y concluyó que Marisa, Patricia, Lorena, Carolina, Daniela y Miriam son inocentes y las absolvió de “culpa y cargo”.