La Ley 5777 fue aprobada el 22 de septiembre pasado y aprobada por unanimidad de ambas cámaras legislativas de Catamarca, sin embargo esta semana un decreto del Ejecutivo Provincial la dejó sin efecto con un magro argumento: "Lamentable jurídicamente y muy triste desde la perspectiva de los derechos de las niñeces, que son derechos humanos", señaló su autora.
El veto total a la norma fue un duro golpe para la Presidenta de la Cámara de Diputados, Cecilia Guerrero, una de las máximas aliadas del Gobierno.
La iniciativa creaba en sede administrativa la Prestación Alimentaria Básica Parental en beneficio de los hijos, hijas e hijes no convivientes del empleado público que no cumpliere con sus deberes alimentarios. "Lamentamos dicha decision, especialmente porque de los fundamentos vertidos en el decreto, emerge que la Asesoría General de Gobierno, cuyo dictamen cita en los considerandos, ha colocado al derecho de propiedad del progenitor incumplidor alimentario, por sobre el Interes Superior del Niño, Niña o Adolescente, y especialmente, por encima de su derecho humano a recibir alimentos, que tiene jerarquia constitucional en virtud de lo establecido en el art. 75 Inc. 22) de la Constitucion Nacional", cuestionó la legisladora. "Soslaya el veto el análisis de la Convencion de los Derechos del Niño, que justamente obliga a los Estados parte a asegurar a los NNyA el acceso efectivo a su derecho alimentario", esgrimió.
Para la diputada, el Ejecutivo confunde el espíritu de la norma. En sus argumentos asimila la creación del Sistema Administrativo Parental propuesto por la diputada, a una medida cautelar. La interpreta como una "retención de los importes de la prestación alimentaria".
El desarrollo del instrumento del Ejecutivo presenta una parcialísima y única mirada sobre un tema extremadamente complejo por las caracteristicas de los derechos humanos que se vulneran con el veto: "Obviamente, la Asesoría General de Gobierno no ha leído ni someramente los fundamentos del proyecto", descartó.
"Lamentamos la analogía que esgrime el PEP de la Ley 5777, con la Ley que habilita a los agentes fiscales de la AFIP, a embargar a sus ejecutados sin intervencion judicial. El texto normativo no avanza sobre las facultades del Poder Judicial. Simplemente establece un sistema administrativo, para garantizarle a las niñeces el acceso a su derecho alimentario, con caracter provisorio, y hasta tanto el Poder Judicial establezca los alimentos", explicó Guerrero en un fuerte descargo.
Apunta además a la carencia de recursos de perspectiva de niñez a la vista: "Con el veto, se consagra la indefensión de las infancias y el estado de vulnerabilidad en lo relacionado con los alimentos debidos por el progenitor no conviviente, hasta tanto la Justicia se expida", remarcó.
Asimetría de Estado
La Diputada señaló además el hecho como una asimetría más cometida por el Estado en contra de las mujeres: "Este veto coloca al/la progenitor/a que convive y tiene a su cargo el cuidado de los hijos e hijas menores de edad, que por lo general son las mujeres madres, en situacion de grave desigualdad, agravando las brechas estructurales que las obligan a arreglárselas como puedan, para procurarles el alimento, vestimenta, educación, vivienda y todo lo que hace a los deberes de la responsabilidad parental, a sus hijes menores".
"Por lo que el veto afecta, además del interés superior del NNyA, también los derechos humanos de las madres", denunció.