La Cámara de Diputados dio media sanción este miércoles al proyecto de ley para la creación de un Registro Único de Deudores Alimentarios Morosos de la Nación (ReUDAM) bajo la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. La iniciativa apunta a brindar una solución al problema social generado por aquellas personas que incumplieron una resolución judicial o un convenio homologado judicialmente de prestar alimentos a hijos o familiares.
Con 225 votos aportados por el Frente de Todos, Juntos por el Cambio, Provincias Unidas, Federal, el Frente de Izquierda, y La Libertad Avanza, y el único sufragio negativo de José Luis Espert, el proyecto fue girado al Senado para ser debatido y convertirse en Ley.
Si bien hubo un amplio consenso en la aprobación en general, no sucedió así con el artículo 8 del proyecto, donde se establecen los impedimentos que tendrán los inscriptos en el Registro. En este punto hubo 161 votos contra 66 en contra que corresponden en su mayoría al Pro, algunos legisladores de la UCR, dos de Córdoba Federal, y a la bancada de derecha que conduce Javier Milei.
Cómo será el Registro de Deudores Alimentarios
Mediante el ReUDAM se buscará conformar una base de datos unificada y dinámica de los deudores alimentarios morosos de todo el territorio nacional inscritos en los registros jurisdiccionales, y/o a solicitud de autoridad judicial competente.
La centralización de la información permitirá a quienes tengan la custodia del menor de edad el rápido acceso a las inhabilitaciones que tienen que suceder al cometer el delito de la mora del pago de la cuota alimentaria. Eso no sucede en la actualidad.
De acuerdo al proyecto, "quienes se encuentren en el ReUDAM no podrán acceder a una serie de acciones y trámites, como a la apertura de cuentas bancarias y otorgamiento de tarjetas de crédito, inscripciones en los registros de la propiedad inmueble, solicitud o renovación de licencia para conducir, expedición o renovación de pasaporte y desempeño de cargos públicos, entre otros".
Quiénes serán considerados Deudores Alimentarios Mororos
"Hoy en día nos encontramos ante un gran incumplimiento de la obligación alimentaria en general. Cada vez son más los obligados al pago de la cuota alimentaria que buscan eludirla, causando un gravedaño a sus alimentados", expresa el documento que se aprobó este miércoles en la Cámara baja.
En ese sentido, entrarán en este registro aquellas personas que cuenten con "una sentencia firme o convenio homologado judicialmente que determine la obligación" de prestar alimentos a sus familiares y que adeuden "3 cuotas consecutivas o 5 alternadas".
Durante el debate de esta semana en Diputados, el presidente de la comisión de Legislación General, Lucas Godoy (FDT) indicó que "el 70 por ciento de las madres conviven con el hijo o hija", y subrayó que "una de cada cuatro reciben los alimentos como corresponde". Tras conseguir la media sanción, manifestó: "creo que no hay duda sobre la necesidad de la creación de este registro, el derecho alimentario es un derecho fundamental y humano, amparado por la Constitución".
Qué restricciones se les impondrán a los deudores de la cuota alimentaria de sus hijos
Quienes se encuentren en el ReUDAM no podrán acceder a una serie de acciones y trámites, como a la apertura de cuentas bancarias y otorgamiento de tarjetas de crédito, inscripciones en los registros de la propiedad inmueble, solicitud o renovación de licencia para conducir, expedición o renovación de pasaporte, entre otros.
Cuándo se podrá solicitar la baja del ReUDAM
Según lo establecido en el documento del proyecto de ley, puede solicitarse la baja del ReUDAM una vez acreditado judicialmente el pago de lo adeudado en concepto de cuota alimentaria ante el juzgado correspondiente. El juez será quien deba ordenar que se levante el nombre del deudor del registro dentro de los 5 días hábiles siguientes de acreditado el pago.