En un fallo novedoso para la provincia, la Justicia de Familia de Rosario ordenó al padre -y al hermano- de una niña que despublique de sus redes sociales toda imagen, video y material relacionado con información de la nena de 5 años. En la resolución, la jueza Gabriela Topino habla de un caso de “sharenting”, nombre que se da a la práctica de que padres que publican contenido sensible sobre sus hijes en plataformas de internet. "Lo que quizás como personas adultas perdemos de vista es que niños y niñas son sujetos de derecho. Y con esta exposición, la nena era utilizada en definitiva como un objeto de los conflictos entre los adultos", plantearon las abogadas Sharon Juanto y Victoria Colombo, que patrocinan a la madre de la niña.
El caso se da a partir de la solicitud de una medida autosatisfactiva urgente que presentó la madre de la nena ante las publicaciones realizadas por su expareja y el hijo mayor de edad. En la presentación quedó planteada la vulneración del derecho a la imagen de su hija, en redes sociales, ya que se publicaron fotos de la niña sin consentimiento. A las imágenes se agregaban comentarios relacionados a los vínculos y situación familiar.
"En este tipo de juicio, que son causas urgentes, buscamos que la justicia recomponga la situación que está siendo vulnerada. El pedido lo hace la madre de la niña, divorciada del padre el año pasado, por lo que llegan a algunos acuerdos que no se logran cumplir, y en ese contexto, el papá y el hermano mayor de edad de la niña publican fotos de ella en situaciones de intimidad, junto con textos que hacen referencia a lo que está sucediendo en el expediente judicial", resumieron las representantes de la madre.
En tanto, la figura de sharenting -en inglés proviene de las palabras share (compartir) y parenting (paternidad)- "es algo que introduce la jueza para calificar la situación en el fallo", agregaron sobre el término que aplica al caso. "En sí misma la situación es novedosa en la provincia, y encontramos pocos casos a nivel nacional", señalaron las abogadas.
La resolución planta que “la cuestión se relaciona con el derecho a la intimidad y a la vida familiar privada consagrada en el artículo 19 de la Constitución Nacional, que lo garantiza para todas las personas, pero que en el caso de niños, niñas y adolescentes, merecen una especial tutela por la vulnerabilidad de los mismos”. Y agrega que la responsabilidad parental “implica el ejercicio de un conjunto de facultades y deberes en cabeza de ambos progenitores, pero con el objetivo final que el niño alcance su desarrollo y formación integral, como así también propender a la protección del mismo. (...) Una de las funciones parentales es evitar injerencias en la intimidad de los hijos, como así también cuidar la imagen y evitar publicaciones que los expongan”.
Para la jueza, "no hay que permanecer ajenos a la realidad social, ya que la mayoría de los progenitores comparten fotos de sus hijos en las redes sociales sin plantearse ni problematizar si ello afecta el derecho a la intimidad de los niños. Por supuesto que no se trata de un accionar doloso o con voluntad de dañar por parte de los progenitores, pero es verdad que no existe una real dimensión del riesgo al que son expuestos”.
Las abogadas consideran que "este fallo invita a reflexionar sobre qué hacemos como adultos cuando subimos fotos de niños y niñas sin su consentimiento o el de sus progenitores. Lo que por ahí perdemos de vista es que niños y niñas son sujetos de derecho, y deberían poder opinar sobre su propia imagen. No desconocemos que esto se hace sin intención de dañarlos o como acto de amor, pero que asimismo puede vulnerar sus derechos. Y en este caso, además, la voluntad de la mamá no está. Y con esta exposición, la nena era utilizada en definitiva como un objeto de los conflictos entre los adultos".
También señalaron: "Este viene a ser como un elemento más en que madres y padres tienen que ponerse de acuerdo. Lo que la jueza entiende es que tienen que acordar al igual que en otros temas, como a qué escuela va. Tiene que haber acuerdo para ver si sus imágenes pueden ser publicadas en las redes sociales de cada uno, o no. Esto parecía impensado hace unos años, pero hoy también hay que ponerse de acuerdo sobre esta cuestión".
Y sumaron que "con el cambio de paradigma, el papá y la mamá tienen lo que es la responsabilidad parental -ya no patria potestad- que implica no solo derechos sino también deberes y entre ellos, el deber de cuidado".