El Senado debate esta tarde el decreto que pone en funciones a los nuevos integrantes del Consejo de la Magistratura designados por la Cámara alta, con el objetivo de determinar quiénes van a reemplazar a los consejeros cuyos mandatos vencen el próximo viernes.
El decreto parlamentario 86/22 designa como representantes a los oficialistas María Pilatti Vergara, Mariano Recalde y Martín Doñate, y al radical Eduardo Alejandro Vischi. Es decir, el oficialismo no tomará en cuenta la postura del PRO, que pretende nombrar a Luis Juez.
En cambio, insistirá con la designación de Doñate, cuyo nombramiento fue objetado por la Corte. Esto generó el rechazo de la oposición, que denuncia que la decisión parlamentaria viola los principios constitucionales.
Los alcances del fallo
Consultado por AM750, el abogado constitucionalista, Andrés Gil Domínguez, explicó que el fallo de la Corte Suprema alcanza únicamente al período que termina esta semana.
Por eso, explicó que “desde un punto de vista formal (el Congreso) tienen esta potestad para elegir a quienes van a integrar el Consejo de la Magistratura”. Es decir, para el especialista no hay, como dicen desde la oposición, una decisión que contradice el fallo de la Corte.
“El fallo de la Corte fue para cumplimentar ese período, y si Doñate representaba o no a la segunda minoría”, precisó Gil Domínguez.
Y agregó: “Ahora es un nuevo período. La sentencia no tiene ningún ejemplo en la historia de fallos que van más allá de resolver un tema concreto”.
Es decir, la Corte no puede emitir, y nunca emitió hasta ahora, fallos “ultraactivos”. Esto es, fallos que vayan más allá en el tiempo y la circunstancia para el que fueron emitidos.
“Deja abierta una ventana”
De todos modos, para Gil Domínguez, “el fallo de Corte no es claro y deja abierta una ventana”. “Si fuese el abogado de Juez también lo judicializaría”, reveló.
“La actuación de la Corte es conforme a lo que piden las partes. Y Juez pidió ser designado para el periodo que termina pasado mañana”, aclaró rápidamente.
Y finalizó: “Este es un nuevo período que no estuvo en disputa en el fallo de la Corte. Pero algunos entienden que el fallo de la Corte por primera vez en la historia tiene un efecto ultraactivo, que va más allá de lo que la parte pidió y se extendía a cuestiones que no fueron debatidas”.