La semana anterior la Corte Suprema de Justicia rechazó dos recursos de queja que habían sido presentados por el Estado nacional contra la medida cautelar que le permite al Grupo Clarín mantenerse al margen de lo dispuesto por el gobierno de Alberto Fernández el 22 de agosto de 2020 mediante el decreto 690 que estableció que los servicios de telecomunicaciones son un “servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia” y que por tanto las tarifas deben ser reguladas por el Estado. La decisión de la Corte le permitirá a los prestadores de servicios de telecomunicaciones seguir evitando la determinación del gobierno y fijar tarifas a su antojo. Solo en el mes anterior, los precios de los abonos de los servicios de telecomunicaciones –cuya esencialidad ya nadie puede discutir- duplicaron el crecimiento de la inflación general. Mientras la inflación de octubre fue del 6,3% las telecomunicaciones aumentaron 12,1%, en el mismo periodo.
El artilugio legal consistió en denegar el recurso de queja porque no refiere a una sentencia definitiva sino contra una medida cautelar. De este modo la Corte –para quien no existen los plazos- no se pronunció sobre la cuestión de fondo, pero al rechazar los recursos de queja presentados por el ENACOM (Ente Nacional de Comunicaciones) y por el Procurador del Tesoro, Carlos Zannini, permite que las tarifas de telefonía celular, televisión por cable e internet sigan sometidas al arbitrio de los prestadores y burlando todo tipo de reglamentación del Estado.
De poco sirve que el presidente Alberto Fernández -aún antes de esta resolución- haya asimilado la actitud de los integrantes de la Corte a un “un acto de complicidad judicial con el poder económico real”. Tampoco sirve demasiado que la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner incluyera el tema para hacerlo evidente y criticarlo en su discurso de la semana anterior ante la multitud reunida en La Plata.
En el decreto 690 el gobierno fundamentó “que el derecho humano al acceso a las TIC y a la comunicación por cualquiera de sus plataformas requiere de la fijación de reglas por parte del Estado para garantizar el acceso equitativo, justo y a precios razonables” y sostuvo que por esta y otras razones “es necesario recuperar los instrumentos normativos que permitan garantizar para la totalidad de los y las habitantes de la Nación el acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), estableciendo además planes accesibles e inclusivos que garanticen una prestación básica universal obligatoria”.
“Mientras la Corte Suprema con sus fallos respalda al macrismo también hace lo propio con otro de sus mandantes. Acaba de sacar dos fallos sosteniendo las cautelares de Clarin que le permite al grupo cobrar lo que se les ocurra en tarifas de celular, cable e Internet”, sostuvo el diputado nacional (FdT) Leopoldo Moreau. Antes de que se conociera esa resolución el ministro de Justicia, y Derechos, Martín Soria, había denunciado que el máximo tribunal está habilitando que “el ex empleado de Clarín, Roenkrantz, decida si los argentinos tenemos derecho a un servicio de Internet de calidad y a precio justo como estableció el Presidente”. Y escribió en Twitter que “esta Corte no sólo tiene doble vara para aplicar la ley; también está de los dos lados del mostrador”.
Más allá de estas manifestaciones, pocas otras repercusiones hubo sobre la cuestión y el tema de las tarifas de telefonía y telecomunicaciones en general continúa mayoritariamente en manos de corporaciones privadas que se manejan al margen de los valores fijados por el ENACOM, solo acatados éstos por prestadores de incidencia menor en el mercado y que no recurrieron al amparo de la medida cautelar. En estas condiciones de poco sirven las declaraciones de principios a favor del derecho a la comunicación como derecho humano, porque quienes administran justicia deciden colocarse al margen también de todos los estándares internacionales en la materia.