La Corte Suprema de Justicia dejó firmes las penas contra represores de la última dictadura condenados por delitos de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención conocido como Mansión Seré. Se trata de Miguel Ángel Ossés, Daniel Alfredo Scali (ya fallecido) y Héctor Oscar Seisdedos.
El brigadier Ossés fue condenado en 2015 por el Tribunal Oral Federal 5 de San Martín a prisión perpetua por "homicidio agravado; violación agravada, abuso deshonesto; privación ilegal de la libertad agravada, y tormentos agravados". En esta instancia, sólo estaba apelada la condena por delitos contra la integridad sexual, pese a lo cual su defensa insistió con la "prescripción de la acción penal" y "la vigencia de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final", entre otros puntos.
Seisdedos, policía bonaerense y exagente de inteligencia de la Fuerza Aérea, fue condenado a 25 años de prisión por violación agravada, privación ilegal de la libertad agravada y tormentos agravados.
Respecto del cabo de la Policía Federal Scali, la Corte declaró "inoficioso" pronunciarse sobre su condena, también a 25 años de prisión, puesto que el imputado está muerto. El 18 de marzo de este año el Tribunal Oral Federal de San Martín resolvió declarar extinguida la acción penal por muerte.
El centro clandestino de Mansión Seré fue operado por la Fuerza Aérea y funcionó al menos entre febrero de 1977 y abril de 1978.
Recurso rechazado
La Corte también rechazó un recurso de queja de la defensa de Cecilia Ramona Góngora, condenada en el 2016 a ocho años de prisión por apropiación, ocultamiento y alteración de identidad de un bebé nacido durante la última dictadura, a quien inscribió como propio, en un juicio en el que también recibió una sentencia de seis años de cárcel la obstetra Elsa Nasatsky.
En septiembre del 2016, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe dictó las condenas por la apropiación de José Roberto Maullín Prato, nacido en Reconquista el 26 de marzo de 1977 e hijo biológico de Luisa Beatriz Pratto y Rubén Maullín, perseguidos por fuerzas policiales y militares, en el marco del terrorismo de Estado.
Maullín Prato fue inscripto con el nombre José Luis Segretín, como hijo de Góngora y su esposo, fallecido antes del inicio del proceso. Góngora pertenecía a una familia de militares, algo que para el tribunal "posibilitaba un marco de connivencia y protección" para concretar ese tipo de delitos, además de haber contado con la ayuda de la obstetra Nasatsky.
La defensa de Góngora cuestionó la pena que recibió y también que se hubiese calificado al delito como de "lesa humanidad", lo que impidió su prescripción. En diciembre de 2019 la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por Guillermo Yacobucci, Ángela Ledesma y Alejandro Slokar, rechazó el planteo. Tras la negativa de ese tribunal a habilitar un recurso extraordinario, Góngora presentó un recurso de queja ante la Corte, que el máximo tribunal, con la firma de su presidente Horaco Rosatti y los ministros Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, consideró "inadmisible".