El Gobierno nacional reglamentó este martes la Ley de Gestión Integral de Residuos Domiciliarios Nº 25.916, que establece un código unificado de colores para su clasificación e identificación. La normativa promueve la "economía circular" con el objetivo de desarrollar un "ambiente sostenible y con inclusión social" en todo el país.
Por medio del decreto 779/2022, firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manzur y el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Juan Cabandié, la reglamentación de la Ley 25.916, incorpora los principios de la economía circular, la responsabilidad extendida al productor, el ecodiseño y la integración de los recuperadores urbanos.
"La reglamentación viene a subsanar falencias que tenía la ley, a mejorar herramientas para que el Estado pueda trabajar en la recuperación de materiales", dijo a Télam Sergio Federovisky, secretario de Control y Monitoreo Ambiental de la Nación. Y agregó sobre dicha ley: "Si bien en su momento fue importante porque implicaba un avance en la normativa, está claro que no permitió aplicar políticas que favorecieran la eliminación de los 5.000 basurales a cielo abierto que todavía tenemos en la Argentina".
De acuerdo al artículo 41 de la Constitución Nacional, "todas y todos los habitantes de la Nación tienen derecho a gozar de un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer a las de las generaciones futuras".
Así, el decreto considera fundamental el concepto de economía circular: un modelo virtuoso de producción, distribución y consumo que implica reducir, reutilizar y reciclar productos o materiales ya existentes, creando valor añadido y extendiendo su ciclo de vida.
De esta manera, promueve la "valorización y reincorporación de los residuos; fortalecer los circuitos de recolección y recuperación como parte de nuevos circuitos productivos; evitando la utilización de nuevos recursos naturales e impulsando el ahorro de energía". En la elaboración del texto de reglamentación participaron todas las provincias a través del Consejo Federal de Medio Ambiente (Cofema).
Un plan de separación en origen
El código de colores "unifica los criterios de clasificación e identificación" en la fuente de origen de cada fracción de los residuos domiciliarios, fomentando la "cultura ciudadana en la materia", y facilitando el trabajo de la industria de valorización de residuos en todo el país.
Las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán separar los residuos utilizando contenedores señalizados con siete colores diferentes: residuos secos valorizables (verde); residuos sin alternativa de valorización o "basura" (negro); residuos orgánicos valorizables (marrón); plásticos (amarillo); papeles y cartón (azul); vidrios (blanco); y metales (gris). Los residuos deberán colocarse, preferentemente, en bolsas del mismo color que el contenedor, o transparentes para identificar el contenido.
La adopción del código estandarizado se implementará de manera progresiva. En principio, identificando y separando los residuos secos valorizables (verdes) y residuos considerados basura (negro). A medida que las jurisdicciones vayan incorporando nuevas fracciones de residuos, éstas "deberán respetar el código de color asignado a dicho grupo de materiales".
"Es una modalidad que todas las provincias deben adoptar", afirmó Federovisky. Y agregó: "Con esta reglamentación se establecen las herramientas para que la ley tenga posibilidad de ser cumplida de manera eficaz".
Responsabilidades
La Ley 25.916 "fijaba la responsabilidad casi única y excluyente en cabeza de los municipios", aseguró Federovisky. "Está claro que ellos carecen de las condiciones materiales y la capacitación suficiente como para llevar a cabo políticas que sean eficaces", remarcó.
En este sentido, el decreto extiende el principio de responsabilidad al productor (fabricantes e importadores), quienes ahora deberán financiar la gestión integral de sus productos, que luego de consumidos, devienen en residuos domiciliarios.
"En todas las corrientes de residuos es posible identificar la responsabilidad extendida de aquel que coloca en el mercado un producto que sabe que se va a convertir en residuo y, por lo tanto, debe hacerse responsable de ese tratamiento y de esa recuperación cuando ese producto se convierte en residuo", concluyó Federovisky.