Este jueves comenzó el mes de diciembre. Y dos preguntas que se hacen en esta época los trabajadores registrados del sector público y privado, jubilados y pensionados son cuándo corresponde cobrar la segunda cuota del sueldo anual complementario (SAC), también conocido como "aguinaldo", y cómo calcular su liquidación.
¿Qué es el aguinaldo?
Tal como lo define la Ley de Contrato de Trabajo, el sueldo anual complementario es la doceava parte del total de las remuneraciones percibidas por el trabajador en el respectivo año calendario. El SAC se divide en dos cuotas: un medio aguinaldo en junio y otro en diciembre.
Cada medio aguinaldo corresponde al 50 por ciento de la mayor remuneración mensual percibida por el empleado, jubilado o pensionado dentro de cada uno de los semestres. En el caso del aguinaldo de diciembre, los empleadores deberán estimar cuál será el salario de ese mes.
Si alguien no trabajó en algún momento de los últimos seis meses, por ejemplo si la relación laboral comenzó hace menos tiempo, cobrará un proporcional.
¿Cuándo se cobra el aguinaldo de diciembre de 2022?
La Ley 27.073 fija que la primera cuota del SAC tiene vencimiento el 30 de junio, mientras que para la segunda parte del aguinaldo, el tiempo límite de cobro es el 18 de diciembre. Así todo, como este año el 18 cae domingo, el medio aguinaldo debería estar depositado el viernes previo, es decir, el 17 de diciembre.
No obstante, también cabe la posibilidad de que el salario se deposite pasado el domingo 18 de diciembre, dentro de los cuatro días hábiles posteriores que permite la ley como plazo máximo de mora. En ese caso, podría pasar a cobrarse entre el lunes 19 y el jueves 22 de diciembre.
Cómo se calcula el medio aguinaldo de diciembre
Para calcular el sueldo anual complementario de diciembre, los empleados del sector público y privado deberán considerar la mayor remuneración recibida en el segundo semestre del año (de julio a diciembre) por todo concepto, incluyendo el sueldo básico, las horas extra y cualquier otro extra que se haya abonado. Luego se lo divide por 12, y a ese resultado se lo multiplica por la cantidad de meses trabajados.
Un ejemplo de un trabajador que realizó actividades durante un semestre completo: si el mejor sueldo del semestre ascendió a $100.000, y el empleado trabajó los seis meses completos, el cálculo sería el siguiente: $100.000 (mejor sueldo) / 12 = 49.000. Es decir, su aguinaldo de diciembre será de $50.000 (redondeando).
En los casos en los que los trabajadores no hubiesen superado el año de antigüedad, el SAC se calcula de acuerdo con los meses trabajados, utilizando cualquiera de estas dos fórmulas:
- Dividir el mejor sueldo a la mitad, volver a dividir nuevamente ese monto por seis y multiplicar el resultado por los meses trabajados.
- Multiplicar los meses trabajados por la mitad del mejor sueldo mensual y, a ese resultado, dividirlo por seis.
Debido a que el pago del medio aguinaldo es proporcional al tiempo que el empleado trabajó durante un semestre, los que no hubiesen trabajado el período completo tienen que sumar las horas extras o las comisiones al monto del salario del mes en el que fueron abonadas, a fin de calular la mayor remuneración mensual devenegada por todo concepto.
¿El aguinaldo paga el impuesto a las Ganancias?
A raíz de la suba del mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias de $280.000 a $330.000 brutos, el Gobierno aclaró cómo se tiene que llevar a cabo el cálculo de cara al pago del segundo Sueldo Anual Complementario (SAC) de diciembre.
Según el decreto, se deberá considerar el importe de $330 mil y el promedio del segundo semestre calendario de la remuneración y/o haber bruto. O sea, que para definir si el aguinaldo que se paga en diciembre quedará exento o no de Ganancias, se debe tener en cuenta el sueldo promedio entre julio y diciembre de 2022.
En el caso de que el salario promedio del último semestre supere los 330 mil pesos, entonces el aguinaldo será gravado por completo por el impuesto a las Ganancias. En cambio, si el promedio del sueldo de los últimos meses no supera los $330 mil, estará exento, siempre que el aguinaldo sea de hasta $165 mil pesos, es decir, $330.000 dividido dos.
En este sentido, es clave tener en cuenta que para el promedio se deben considerar todos los importes que se perciben por mes, más allá de si tienen o no carácter remuneratorio.
Para despejar dudas, si un salario promedio mensual en bruto no superó nunca los $330 mil durante el segundo semestre de 2022, estará totalmente exento del pago de Ganancias al percibir el aguinaldo.