Cintia Rueda manifestó que su hija Daniela Rueda, de 23 años, murió el 22 de noviembre pasado de tres paros cardíacos como consecuencia de una situación de revictimización que atravesaba.
La joven había sido atacada a machetazos en 2020 por su expareja, Martín Olivera, con quien tenían una hija pequeña en común. El hombre está preso y pidió la revinculación con su hija, en una audiencia de octubre por el régimen de comunicación, la jueza de familia Frida Bosernitzán dispuso que la nena fuera llevada los jueves al penal y que la abuela materna, Cintia Rueda, sea la intermediaria.
Ahora ante la muerte de su hija, Cintia Rueda pidió no se la obligue a llevar a su nieta de tres años de edad al penal para que visite al progenitor, ya que lo consideró revictimizante por la afectación y el duelo que atraviesa.
"Todavía como burlándose, Olivera hizo que el día 23 me llamaran de la unidad penitenciaria para decirme que él (Olivera) había hecho una nota. Yo no lo dejé terminar de hablar (a quien llamó), le dije que por favor tengan un poquito de respeto, que yo estaba sepultando a mi hija".
"Es más, (este martes) me volvieron a llamar del Servicio Penitenciario de Metán para decirme que el señor Olivera estaba preocupado porque a la menor hace varios jueves que no la veía y que no le atienden la llamada. Yo le respondí que no me encuentro en condiciones para ir llevando la nena, y ni mucho menos para hablar por teléfono con él", añadió.
En la mañana de este 1 de diciembre la abuela materna fue a ver al asesor de Incapaces Fernando Saravia Toledo, para solicitar que se levante la imposición de seguir llevando a su nieta al penal. El funcionario se comprometió a hacer todo lo posible para el cese de esa revictimización y también a tramitarle la patria potestad, ya que la abuela quedó a cargo de las dos hijas de la víctima, la pequeña de tres y otra niña de siete años.
En la copia del acta de la audiencia del 19 de octubre, a la que tuvo acceso Salta/12, aunque no está firmada, se lee que la jueza había ordenado oficiar a la Unidad Carcelaria de Metán "a los fines de autorizar a realizar las visitas los días jueves de 16 a 18 hs, a la sra. Rueda Cintia junto a su nieta (...) sin necesidad de hacerlas esperar en la fila para ingresar, ello a los fines de salvaguardar la integridad de la menor (de edad)".
En esa misma audiencia la abuela materna había expresado su miedo a Olivera, tanto por la seguridad de su hija y su nieta, como por ella misma. Respecto a esto último, dijo que el hombre amenazó con agredirla físicamente cuando salga de prisión. En el acta también quedó constancia de que finalmente accedió a la intermediación, pero porque en la cárcel había personal penitenciario y ella entendía que le garantizarían seguridad.
Además, en esa audiencia se "acordó" que el progenitor se comunicara al teléfono de la abuela materna para hablar con la niña, día de por medio. Cintia había pedido que en esas comunicaciones Olivera "controle sus palabras, porque a veces se desboca", consideró que la forma de expresarse hacia ella "no (era) adecuada", y solicitó que la respete.
Aunque la abuela materna llevó a la nena a las visitas en el penal, contó que hacía 4 semanas había dejado de hacerlo y que Olivera llamaba a su hija para reprocharle.
"Mi hija me supo decir que ella no estaba de acuerdo (con la revinculación) pero que ella tenía que ceder a lo que Martín Gustavo Olivera pedía por temor. Mi hija me decía que ella le tenía muchísimo miedo", expresó Cintia. Además, contó que Daniela comenzó "a tener crisis de nervios" desde que la llamaron "para decirle que él quiere que lleguen a un acuerdo para ver a la niña".
Cintia Rueda dijo que Olivera seguía llamando a su hija desde el penal, cuando debió haber regido para él la prohibición de acercamiento. "Él llamaba todos los días a la mañana y a la tarde, supuestamente para hablar con la nena pero él llamaba a mi hija también". El 21 de noviembre cuando Daniela Rueda comenzó a sentirse mal, Olivera la había llamado.
La salud de la víctima
Cintia dijo que su hija tenía una patología cardíaca hereditaria y una enfermedad de la tiroides. Contó que esta última condición de salud le fue diagnosticada después del intento de femicidio que sufrió, y la médica que la atendió asoció esto último a "las secuelas" de toda la violencia que había vivido.
El 21 de noviembre "la llevamos con dolor de cabeza y nuca, y una enfermera la atendió y dijo primero que tenía presión de 14 - 8, luego que tenía 12 - 13. En vez de hacerla quedar y ponerle un suero, le pusieron un calmante y la mandaron a casa", señaló. Esto fue en el Hospital del Carmen, de Metán.
"Después mi hija volvió a eso de la 1 y 14 de la madrugada del 22 de noviembre, con el mismo dolor (de cabeza y nuca) y con dolor de estómago. Recién le pusieron un suero y le hicieron un eletrocardiograma. Una doctora me dijo que mi hija ya había sufrido taquicardias y 2 infartos y que ya había entrado por el tercer infarto y que no podían estabilizarla", relató.
Mientras la joven permanecía en la sala de observación, "yo entré a verla y le dije (a la médica) que mi hija estaba muy transpirada. La doctora me dijo que mi hija estaba con infarto picoso y recién la pasó a terapia. Luego me atendió un doctor de guardia y me dijo que estaban tratando de estabilizarla para trasladarla a Salta en código rojo. Ya eran las 6.30 de la madrugada", contó Cintia.
Después, a las la 7.10 de la mañana el médico informó a la madre que Daniela había fallecido, "que hicieron lo que pudieron pero que mi hija no resistió el tercer paro respiratorio".
Consultada por Salta/12, la directora del Hospital, Anavella Balbuena, no confirmó la causa de muerte. Dijo que la condición de salud de la joven constaba en la historia clínica pero no podía brindar esos datos a los medios. Aseguró que las dos veces que la Daniela Rueda asistió al Hospital fueron por problemas de salud distintos y respecto a la segunda intervención, se le realizó un tratamiento y no se pudo revertir su cuadro.
Justicia sin perspectiva de género
Olivera fue condenado en 2021 por la jueza Carolina Poma Salvadores a 10 años de prisión por intento de femicidio, ya que atacó a machetazos a Daniela cuando tenía a su hija en brazos. Pese a la violencia ejercida ante la niña, en el juicio no intervino la Asesoría de Menores e Incapaces.
Este año los jueces de impugnación Rubén Nallar y Pablo Arancibia modificaron la calificación del hecho a "lesiones leves agravadas" y bajaron la pena a 3 años. El juez Guillermo Polliotto votó en disidencia confirmando la sentencia de primera instancia.
La jueza Bosernitzán, las defensorías civiles y el asesor de menores e incapaces, al menos según lo que figura en actas del regimen de comunicación, no tuvieron en cuenta que en aquel contexto de violencia de género a la madre, la nena también fue víctima de violencia intrafamiliar y que la abuela materna manifestó incluso que había sido amenazada.
En la segunda audiencia el asesor pidió que se le realicen pericias psicológicas al acusado para evaluar si estaba en condiciones de revincularse con la nena. Daniela Rueda había manifestado que accedía pero pedía que Olivera realizara tratamiento psicológico. Sin embargo, se ordenó la visita de la nena al penal sin que nada de esto se efectuara.
En una primera audiencia de mayo la defensora Mirta Redondo Torino representó a Olivera. En la segunda audiencia con Daniela y su madre, la misma defensora acompañó a las mujeres y la abogada Soledad Pérez expuso las demandas de Olivera.
La víctima tampoco recibió contención estatal. Tramitó el programa Acompañar en el CIC de Metán pero no se lo dieron. Tampoco tuvo contención psicológica, ni un abogado o abogada que la representara.
Daniela había manifestado a una periodista local que ante el hostigamiento telefónico de su agresor fue a la fiscalía penal Nº 2 y contó esta situación, allí le indicaron que debía hacer una denuncia, que no hizo por el cansancio que tenía con todo el proceso judicial. Este organismo tampoco actuó de oficio como realizan algunas fiscalías cuando aplican perspectiva de género.