A partir del próximo 1 de enero de 2023, el mínimo no imponible para los asalariados que pagan el Impuesto a las Ganancias pasará a ser de 404.062 pesos, de acuerdo a la última actualización en función de la variación del índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Registrados (Ripte).


Sin embargo, para calcular si se debe pagar o no el tributo que retiene el 35% se deben tener en cuenta las deducciones especiales, un nuevo concepto que se introdujo en la reforma de la Ley del Impuesto a las Ganancias. Si no fuera por ellas, muchos más argentinos pagarían, dado que las escalas quedaron desactualizadas. “El problema grande es que no se actualizan todos los ítems de acuerdo a la inflación”, comentó el tributarista Marcos Sequeira a este medio.

“El mínimo no imponible se ajusta una vez al año, con lo cual, mes a mes va perdiendo capacidad. Va sufriendo el efecto de la inflación, mientras que los ingresos se ajustan de forma trimestral. O sea, el salario se va devaluando mes a mes”, explicó.

¿Cómo se calcula la liquidación para saber si debo pagar?

Como el gravamen se liquida de forma anual, para calcularlo, el asalariado debe sumar los sueldos brutos de cada uno de los 12 meses del año. Aunque también debe restarle las deducciones, que también se van acumulando cada mes. Estas pueden ser desde ganancias no imponibles a cargas de familia por cónyuge, hijos, hijos discapacitados, entre otras.

“Hay que tomar el ingreso, menos las deducciones especiales, las cargas de familia. Ahí se llega a una ganancia mínima no imponible”, explicó el director de Sequeira Sequeira & Asociados, quien afirmó: “Desde el 1 de enero, los que ganen hasta 404.062 pesos mensuales no van a pagar”.

El aumento que se hizo en octubre, respecto al Ripte, tampoco superará la inflación de 2022. Según señaló el especialista, “ese ajuste se ve distorsionado por esta deducción especial, que no es un número uniforme, sino que varía de acuerdo a cada trabajador y las deducciones personales que tenga”.

Para definir cuál será la alícuota que pagará cada trabajador alcanzado por el impuesto, la Dirección General Impositiva (DGI) elaborará una tabla de alícuotas especiales para quienes tengan salarios brutos mensuales entre el piso de 404.062 pesos y los 466.017 pesos. Aquellos que integren ese segmento podrán computar una deducción especial incrementada. Pero aquellos que estén por arriba de esos ingresos, tributarán directamente el 35%.

Sin embargo, aunque la última actualización haya quedado por debajo de la inflación, no pagará una mayor cantidad de trabajadores respecto a octubre del año pasado. “Eso sería si no se hubiera incorporado esta deducción especial, que hace que, independientemente de los ajustes que se hagan por el Ripte, el trabajador no pague hasta que llegue a los 404.062 pesos brutos”, argumentó Sequeira.

Aunque aclaró: “Lo que sí es cierto es que, el que tiene más deducciones –porque tiene por ejemplo más cargas de familia– se ve perjudicado respecto al que tiene menos. Porque, en el caso del que tiene más, ésta deducción extra va a ser menor”.

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