La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata resolvió dejar sin efecto una medida cautelar que frenaba el comienzo de la actividad offshore petrolífera y de esa forma habilitó las operaciones que tendrían lugar a unos 300 kilómetros de las costas bonaerenses. Desde la Secretaría de Energía indicaron que "la producción offshore presenta una gran oportunidad para el desarrollo económico de nuestro país. Controlaremos y exigiremos que la actividad se desarrolle cumpliendo los máximos estándares de seguridad con el objetivo de cuidar nuestro ambiente".

La decisión judicial se conoce apenas una semana después de que fuentes del sector privado advirtieran que un buque contratado por la empresa noruega Equinor que se dirigía a la costa marplatense para comenzar las tareas de exploración sísmica cancelara la operación ante el freno legal que se mantenía en pie.

De ahora en adelante, Equinor, socia de YPF y Shell en este proyecto, comenzaría las tareas de rastreo de hidrocarburos en el bloque Cuenca Argentina Norte (CAN) 100. Posteriormente tendrá que contar con la autorización del Ministerio de Ambiente para iniciar la perforación en aguas profundas.

El fallo

La Cámara marplatense, con la firma de los jueces Alejandro Taza y Eduardo Jiménez, revocó la decisión del titular del Juzgado Federal N°2, Santiago Martín, que había sido emitida en octubre pasado. Para justificar el levantamiento de la cautelar, los jueces consideraron que el Gobierno y las empresas involucradas respondieron adecuadamente a las solicitudes de información y además definieron una serie de cuestiones a llevar a cabo en términos de seguimiento y control de la operación.

Por un lado, la Cámara estableció que "deberán incluirse como observadores permanentes a miembros del equipo 'Pampa Azul' en el número de integrantes que la autoridad administrativa considere adecuado, quienes deberán velar por el cuidado del Monumento Natural Ballena Franca, así como denunciar a las autoridades administrativas y judiciales actuantes cualquier acontecimiento que afecte sensiblemente al ambiente, para propiciar la inmediata suspensión de las actividades".

Control

Pampa Azul es una iniciativa interministerial del Estado argentino que "articula acciones de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación para proporcionar bases científicas a las políticas oceánicas nacionales, incluyendo el fortalecimiento de la soberanía nacional sobre el mar, la conservación, así como el uso sostenible de los bienes marinos, incluida la creación y gestión de áreas marinas protegidas".

Asimismo, los camaristas establecieron que "las actividades de prospección sísmica no deberán llevarse a cabo a una distancia menor a cincuenta kilómetros del sector que comprende la zona denominada “Agujero Azul”. 

El Agujero Azul es una zona de alimentación de la Ballena Franca Austral. Está ubicado a 800 kilómetros paralelo a las costas de la Patagonia y coincide con el talud continental. Este dato científico fue elaborado por el Instituto de Conservación de Ballenas (ICB), que en conjunto con Ocean Alliance llevan adelante el programa de Investigación "Ballena Franca Austral" desde 1971. Este punto es muy importante porque uno de los principales impactos ambientales que traería la actividad offshore petrolífera es la distorsión de la actividad de la fauna marina. 

En declaraciones a Télam, el director del laboratorio de Mamíferos Marinos del Centro Nacional Patagónico con sede en Puerto Madryn, Enrique Crespo, explicó que "en realidad se habla del agujero azul pero debemos remarcar que es toda la zona del talud la que tiene una alta productividad primaria y secundaria de alimentación. Se trata de un brazo de la corriente subpolar antártica que se deriva hacia el norte viajando por el quiebre de la plataforma, levantando nutrientes con condiciones de temperatura y salinidad que derivan en una muy rica fuente alimentaria". En esa zona existe un "precipicio submarino" que pasa de una profundidad de 200 metros a 2000 metros y ese quiebre es el que se denomina "agujero azul".

Por otro lado, los jueces determinaron que "las actividades propias del Proyecto deberán suspenderse inmediatamente ante la verificación de cualquier acontecimiento que dañe sensiblemente al ambiente". Además, pidieron a las autoridades administrativas que "propicien y mantengan permanentemente un máximo nivel de control sobre las actividades del Proyecto, para cumplir con lo que el derecho impone en la materia". También aclaran que "se deberá articular la inmediata suspensión de las actividades del Proyecto en caso de incumplimiento".