El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja hizo lugar a una acción de amparo colectiva presentada en contra del municipio de la Capital, gobernado por Inés Brizuela y Doria (UCR/Cambiemos), por el estacionamiento medido. El servicio comenzó a funcionar en octubre pasado a través de la empresa Estacionalo S.R.L.
El fallo judicial que se conoció, este miércoles, y al que tuvo acceso La Rioja/12 “declara formalmente admisible la acción de amparo colectiva interpuesta y hace lugar a la medida cautelar de no innovar y ordena la suspensión del cobro del estacionamiento medido por parte de la empresa concesionaria Estacionalo S.R.L”. También suspende “los efectos del acto administrativo de concesión del servicio público de estacionamiento medido hasta que recaiga sentencia de fondo”. Está firmado por los jueces Claudio Ana y Claudio Saúl y las juezas, Karina Becerra y Gabriela Asís integrantes del máximo tribunal de justicia.
La presentación fue realizada en octubre pasado para que se declare la nulidad del acto administrativo que aprueba el funcionamiento de la empresa concesionaria y para que se suspenda el cobro del estacionamiento medido porque no se envió al Concejo Deliberante de la Capital la documentación correspondiente, dice el escrito elevado al TSJ. Además, solicitaron la nulidad del contrato de concesión porque “se desconocía el proceso de selección” realizado por el municipio.
El abogado represente del grupo de personas que recurrió el Tribunal Superior de Justicia, Matías Cuco, explicó a Radio La Red que “el estacionamiento fue concedido mediante un decreto de la Intendenta y ese proceso estuvo mal. Hubo pasos que se saltearon, el planteo es que ese contrato es ilegal e ilegítimo y, por ende, para el cobro de las multas la empresa no está facultada”. “Ese no es el procedimiento, el procedimiento requiere una ordenanza que debe tratarse y aprobarse en el Consejo Deliberante y refrendada por la intendenta”, explicó.
Respecto del fallo judicial, afirmó que, al suspenderse el cobro del estacionamiento medido, “ante el cobro de una multa deben ir al Juzgado de Faltas presentando un descargo junto con la resolución del Tribunal aludiendo que el contrato está suspendido”.
Brizuela y Doria explicó en su momento que "utilizaron una ordenanza municipal vigente, que viene de la época en la que el actual Gobernador era intendente, donde el Concejo Deliberante delega en la Función Ejecutiva municipal la facultad de contratar de forma directa el servicio de estacionamiento".