El juez Federico Armiñana Dohorman, de la Sala IV del Tribunal de Impugnación, hizo lugar a un recurso de apelación en contra del sobreseimiento parcial dipuesto por la jueza de Garantías Claudia Puertas a favor del fiscal federal Francisco Snopek y en consecuencia vuelve a quedar imputado por tres delitos por los que había sido sobreseído en primera instancia.
Además, el magistrado de segunda instancia sentó un precedente al ratificar que la actuación de oficio correspone en casos de violencia de género, porque esta problemática es de interés público.
Armiñana Dohorman incorporó conceptos teóricos con perspectiva de género y la normativa vigente, en un fallo en el que aceptó los planteos de la fiscala Luján Sodero Calvet, quien apeló la resolución por la que la jueza Puertas había dispuesto el sobreseimiento parcial de Snopek por daños, resistencia a la autoridad y privación ilegítima de la libertad agravada.
Además, el juez convalidó la actuación policial que dio inicio a este proceso penal y rechazó las críticas que había formulado la defensa del fiscal federal.
Importancia capital
El juez de Impugnación determinó que en hechos de violencia de género el requisito de la denuncia puede obviarse, cuando haya razones de interés público. “La cuestión de género se inscribe dentro de esta previsión normativa, al reunir las notas que le otorgan una importancia capital por encima de cualquier otra consideración, y que exige a todos los operadores estatales extremar los recaudos a los efectos de asegurar la tutela a la que se encuentra obligado, como imperativo insoslayable, nuestro país”, señaló Armiñana Dohorman.
La causa contra Snopek, por violencia de género contra su esposa, se inició por hechos que datan del 22 y 23 de mayo, cuando él mismo llamó al sistema de emergencias 911 afirmando que la mujer tenía una crisis nerviosa y "estaba violenta". Pero el grupo de policías que concurrió a la vivienda familiar declaró después que el fiscal estaba en evidente estado de ebriedad, que insultó a la mujer delante de ellos y que para calmarlo ella prometió no denunciarlo. Más tarde los policías denunciaron a Snopek por expresiones discriminatorias y amenazas, y hasta porque en un momento cerró con llave la puerta de su vivienda y dejó a dos de ellos adentro.
En su momento la fiscala imputó a Snopek por lesiones agravadas y daños en perjuicio de la esposa. La mujer, que también es abogada, fue convocada varias veces por la fiscalía pero no quiso radicar la denuncia contra su marido. Sin embargo, Sodero Calvet, al tener en cuenta la situación de riesgo, mantuvo la causa contra Snopek.
La defensa de Snopek, ejercida por el abogado Darío Palmier, presentó lo que se conoce como planteo de excepción de falta de acción, objetando que se avanzara en una causa sin denuncia de la víctima, dado que la pareja del funcionario no denunció las lesiones ni el daño.
Pero el juez de Impugnación consideró que la ausencia de voluntad de denunciar expresada por la víctima debía analizarse en el contexto de los hechos del caso, que tiene que ver con "la desigualdad consustancial" y "la percepción condescendiente y errada de la realidad por parte de la mujer, al estar contaminada, principalmente, por el miedo".
El magistrado consideró que la propia víctima reconoció el miedo al decir que una de las posibilidades que temía radicaba "en las consecuencias disciplinarias que la apertura de un proceso penal podría traer aparejado para su cónyuge en el ámbito laboral e, indirectamente, las posibles represalias que ello le acarrearía, más allá de la posible desintegración del núcleo familiar, que cargaría como responsabilidad suya".
El ciclo de la violencia de género
Por ello, el magistrado señaló que la decisión de no denunciar “debe ser ponderada con máximo rigor" porque "puede inscribirse dentro del denominado ‘Ciclo de la Violencia’, concretamente en el tercer segmento denominado ‘luna de miel o arrepentimiento’, en el que el agresor luego de la ‘acumulación de tensión’ y su ‘explosión’, pide perdón".
Esta consideración, según señaló Armiñana Dohorman, "permite comprender las motivaciones internas" de la víctima y "pone de manifiesto también el clima de permanente tensión y su aumento progresivo en intensidad y frecuencia, lo que debe encender todas las alarmas del sistema estatal”.
Snopek, sin sobreseimiento
Impugnación revocó el sobreseimiento dictado en primera instancia a favor de Snopek por los delitos de daños contra su esposa y los de resistencia a la autoridad y privación ilegítima de la libertad agravada en perjuicio de tres policías.
En lo que respecta a la imputación por daños, el juez compartió el criterio de la fiscala Sodero Calvet, al afirmar que no podía “ignorarse el contexto de violencia de género en el que se enmarcaron los perjuicios materiales irrogados”, en el cual la destrucción de objetos del hogar podía considerarse como violencia económica y patrimonial contemplada por el artículo 5º, de la ley nacional 26.485, de protección integral a las mujeres.
El magistrado indicó que la acción típica no requiere necesariamente el uso de violencia física como había considerado la jueza de Garantías, y puede incluir acciones de contenidos amenazantes hacia el personal policial, lo que entendió que se daba en este caso.
En el legajo fiscal se señala que Snopek “les pedía a los efectivos sus nombres para hacerlos echar de la fuerza, haciendo gala así de su cargo como fiscal para entorpecer la actuación de los efectivos, ejerciendo presión para desalentarlos en su cometido, a lo que cabe añadir que intentó sacarlos a los gritos del domicilio”.
Para el juez tampoco debe descartarse el delito de privación ilegítima de libertad contra el personal policial. El grupo de policías denunció que cuando ingresaron al domicilio del fiscal, cerró las puertas con llave expresando a viva voz que “no los dejaría salir y que no entraba ni salía nadie”.
Snopek además se encuentra denunciado por la defensora pública oficial del fuero federal en Salta, Clarisa Galán, por violencia de género en el ámbito laboral. Esta causa se tramita en el Juzgado de Violencia familiar y de Género Nº 3, cuya titular es la jueza María Carolina Cáceres Moreno, que le impuso una perimetral. La magistrada también dispuso la prohibición de acercamiento a la esposa del fiscal y al domicilio familiar, aunque luego levantó estas medidas, siguen vigentes por una apelación que presentó la fiscala Sodero Calvet.
El fiscal federal se encuentra suspendido en sus funciones y a la espera de un jury de enjuiciamiento. Las colectivas de mujeres trabajadoras de Comodoro Py, de Trabajadorxs del Ministerio Público Fiscal (MPF), del Ministerio Público de la Defensa (MPD) y de Trabajadoras de Judiciales de la Provincia de Buenos Aires, condenaron "la demora en la sanción de la conducta reiteradamente violenta y machista por parte del Fiscal Federal de Salta, Francisco Santiago Snopek".
Además, Snopek fue imputado por la fiscala Sodero Calvet por tres hechos de desobediencia judicial a las medidas impuestas por la jueza Cáceres Moreno.