En época navideña se registran múltiples reclamos de consumidores que buscan cambiar o devolver artículos de indumentaria, calzado, libros, juguetes, entre otros. En la Ciudad de Buenos Aires, el trámite se puede realizar de manera gratuita y de forma online a través de la página del Gobierno porteño.

Para iniciar el reclamo es requisito que el consumidor resida en CABA. Y cuente con la siguiente documentación escaneada: DNI; facturas o un resumen de cuenta que acredite el consumo; documentos que prueben la denuncia, como mails o la promoción ofrecida; y mails o notas que reflejen un reclamo previo. 

En caso de tener dudas sobre el trámite, se pueden realizar consultas llamando al 147. El organismo responsable es la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor, ubicada en el 3º piso de la calle Martín García 464,  de lunes a viernes de 10 a 14.

Paso a paso para realizar la denuncia digital

  1. Ingresar al sitio web de la Ciudad con el usuario personal previamente registrado.

  2. Completar un formulario que solicita datos personales, la descripción de los hechos que motivaron la denuncia, cargar los archivos de la documentación requerida, detallar la información de la empresa involucrada y proponer qué debería ofrecer para resolver el caso.

  3. Agregar el correo electrónico personal, a través del cual se enviarán todas las notificaciones relacionadas con el trámite.

Además, en diciembre, el Gobierno porteño habilitó BAConcilia, una nueva web para resolver reclamos relativos al Consumo, donde solo se pueden hacer denuncias contra empresas adheridas formalmente al servicio. 

“Esta herramienta no desplaza el mecanismo formal previsto por la normativa vigente; por el contrario, se complementa en perfecta forma y con carácter preliminar a fin de dar respuesta al reclamo del consumidor”, explican.

Qué dice la Ley de Procedimiento de Defensa al Consumidor de CABA

La Ley de Procedimiento de Defensa al Consumidor de CABA adhiere a la Ley Nacional de Defensa del Consumidor (24.240) y a la Ley de Lealtad Comercial (22.802).

La misma indica que el particular afectado puede presentar una denuncia ante la autoridad de aplicación -por sí mismo o a través de una asociación de consumidores- y que si resulta procedente, en un plazo de 10 días hábiles, la autoridad de aplicación debe promover la instancia conciliatoria.

En caso de no llegar a un acuerdo, la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor impone sanciones a las empresas, que pueden ir desde apercibimiento; multas desde $100 a $5.000.000; decomiso de mercaderías y productos objeto de la infracción; clausuras o suspensión del servicio por un plazo de hasta treinta (30) días; suspensión de hasta cinco (5) años en los registros de proveedores del Estado; pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales.

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