La querella de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y la fiscalía federal pidieron a la Cámara Federal de Apelaciones de Salta que revoque el fallo por el que la jueza federal de Garantías Mariela Giménez le otorgó la prisión domiciliaria al teniente coronel retirado Carlos Ignacio Cialceta, más conocido como "el represor del placard" porque se escondió en uno de estos muebles en noviembre de 2021, cuando Gendarmería Nacional lo encontró después de que permaneciera siete meses prófugo.
Cialceta fue reconocido como parte de la patota que el 10 de agosto de 1976 secuestró y asesinó al militante peronista y sindicalista del petróleo Jorge René Santillán. Cuando se lo requirió para que respondiera esta acusación, el militar retirado se fugó y permaneció en esa calidad durante casi siete meses, hasta que una infidencia permitió ubicarlo en una casa del centro de la ciudad de Salta. Poco antes de fin de año la jueza de primera instancia le concedió la domiciliaria, que había sido solicitada por su defensa.
La fiscalía y la querella apelaron esta decisión y anteayer se realizó la audiencia de exposición de argumentos de esta impugnación. Quizás lo más novedoso que ocurrió fue que por pedido de la fiscalía el Tribunal, integrado por los jueces Guillermo Elías y Renato Rabbi Baldi Cabanillas y la jueza Mariana Catalano, escuchó a una de las hijas de Jorge Santillán. Así Rosa Santillán pudo contar por primera vez ante la Justicia las circunstancias del secuestro de su padre, la madrugada del 10 de agosto de 1976, en la localidad de General Mosconi.
Acompañada por una abogada de la Defensoría de la Víctima, durante unos 40 minutos Rosa Santillán brindó un doloroso relato del momento en que cinco o seis hombres irrumpieron en la vivienda familiar para llevarse a su padre. Describió la resistencia que presentaron su padre, su madre, Irma Yolanda Prado, y ella misma, con apenas siete u ocho años. Y ratificó lo que ya contó en declaraciones a Salta/12, que en la pelea pudo sacarle el pasamontañas a uno de los secuestradores y esa cara le quedó grabada en la memoria y que años después lo reconoció fácilmente. También contó cómo fue la vida de su familia tras el secuestro de Jorge Santillán, que fue asesinado esa misma madrugada, sometido a una explosión.
En su exposición, el fiscal general Eduardo Villalba cuestionó que la jueza de primera instancia haya decidido la domiciliaria sin escuchar a la víctima, como prevé la ley 27.372, de derechos y garantías de las personas víctimas de delitos.
El fiscal recordó las características de Jorge Santillán, que era un militante de la Juventud Peronista, trabajaba en YPF y era delegado gremial "y por esa circunstancia, ninguna hubiese sido válida, fue detonado, fue sacado de su casa por la fuerza, “marcándole la vida para siempre” a su familia.
“No hay ninguna razón para conceder la domiciliaria”, afirmó Villalba. Señaló que si bien Cialceta cumplió 70 años, esta edad no implica que se accede al beneficio de la prisión domiciliaria de manera automática, sino que “tiene que haber razones médicas. La decisión de la jueza “fue apresurada”, aseguró.
El primero en exponer las razones de la apelación fue el representante de la querella de la Secretaría de DDHH de la Nación, Gastón Casabella, quien sostuvo que la jueza se basó en premisas falsas para autorizar la domiciliaria, porque sus fundamentos no se condicen con las conclusiones de la pericia realizada por médicos del Hospital Neuropsiquiátrico Miguel Ragone y los peritos de las partes.
Casabella recordó que, salvo los peritos de la defensa, los otros especialistas coincidieron en que el militar retirado no sufre ninguna enfermedad mental y que está en buen estado físico. También consideró que la jueza no mensuró los riesgos procesales "ciertos e inmediatos", como el hecho de que Cialceta haya estado prófugo de la justicia en la misma provincia de Salta, "lo que requiere cierta audacia y habilidad del procesado porque no es fácil mantenerse así por todo ese tiempo", y le reprochó a la magistrada que no haya tenido en cuenta que el represor "estuvo simulando en las entrevistas médicas para confundir a los facultativos, lo que denota con certeza la intención de eludir a la Justicia y entorpecer el proceso".
Una tendencia a favor del procesado
Casabella también se quejó "(d)el destrato procesal a esta Querella por parte del Juzgado", dijo que ni siquiera se le informó del pedido de domiciliaria, por lo que la audiencia de anteayer fue la primera oportunidad para que la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación se expida sobre el tema, sostuvo.
El querellante aseguró que el Juzgado de primera instancia tuvo un comportamiento procesal "errático, confuso, ambigüo e incoherente desde el principio de las pericias ordenadas al imputado", y "marcando una tendencia pronunciada a favorecer la situación del procesado".
Casabella añadió que no se viola la Ley de Salud Mental si se dispone que Cialceta esté alojado en el Complejo NOA III Federal de Güemes, una cárcel que está preparada para atender la salud represor. También le cuestionó a la jueza que haya afirmado que la cuestión atinente a la salud mental de Cialceta no ha sido esclarecida del todo. Dijo que esto no es cierto porque "después de meses de evaluar distintos estudios, nada menos que siete (7) peritos arribaron a conclusiones; seis (6) de ellos coincidentes respecto a Cialceta, siendo que la única que no coincidió fue la del Ministerio Público de la Defensa".
Consideró asimismo que si esto le hubiera resultado confuso a la jueza debió haber convocado a los peritos a una audiencia de aclaraciones en vez de decidir la domiciliaria, "poniendo en riesgo de esta manera, entre otros, después de más de 45 años, toda una ardua investigación relativa a la etapa más horrorosa que vivió nuestro país".
"Se tergiversaron y manipularon elementos de la causa para llegar a una conclusión forzada, acorde a una decisión predeterminada por la sentenciante de antemano para favorecer a Cialceta", acusó.
Asimismo, sostuvo que la jueza incurrió en una "contradicción insalvable", al afirmar en el fallo de la domiciliaria que Cialceta tiene un “buen estado de salud físico y mental” para cumplir la detención domiciliaria mientras que "simultáneamente" en otro fallo, relativo a la tercera pericia, afirma que el represor "estaría enfermo sin reunir las condiciones para continuar en juicio". "La lógica y la coherencia se vieron pisoteadas con este fallo impugnado, que a modo de 'bendición' otorga la modalidad domiciliaria de prisión preventiva, a una persona que manifestó los máximos indicadores de riesgo procesal", insistió.
Casabella también puso el dedo en otra cuestión de indiscutible actualidad: la imagen de la justicia: "Resulta claro", dijo, que una decisión como esta, "no contribuye a la buena imagen de la justicia frente a la sociedad argentina y frente al mundo".
La defensa oficial se opuso a los planteos de la fiscalía y las querellas y pidió que se confirme el fallo de primera instancia, asegurando que el represor padece una enfermedad mental. La Cámara dispuso que se tomará cinco días para resolver.