La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 27 de enero inclusive el plazo para que las personas monotributistas realicen la recategorización correspondiente al semestre julio-diciembre de 2022.

A través de la Resolución General N° 5318/23, publicada este viernes en el Boletín Oficial, la prórroga permitirá realizar los trámites de recategorización.

A partir del 1° de enero de 2023 comenzaron a regir las nuevas escalas, por lo que los contribuyentes inscriptos en este régimen deberán modificar la categoría en caso de que les corresponda.

¿Cómo saber si corresponde una recategorización?

Para evaluar si corresponde una recategorización se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.

Si los parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. Y el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización.

Por otro lado, si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización. En tanto, aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.

Los nuevos topes de facturación de ingresos brutos anuales

  • Categoría A: pasa de $ 748.382 a $ 999.657
  • Categoría B: pasa de $ 1.112.459 a $1.485.976
  • Categoría C: pasa de $ 1.557.443 a $ 2.080.367
  • Categoría D: pasa de $ 1.934.273,04 a $ 2.583.720
  • Categoría E: pasa de $ 2.277.684 a $ 3.042.435
  • Categoría F: pasa de $ 2.847.105 a $ 3.803.043
  • Categoría G: pasa de $ 3.416.526 a $ 4.563.652
  • Categoría H: pasa de $ 4.229.985 a $ 5.650.236
  • Categoría I: pasa de $ 4.734.330 a $ 6.323.918
  • Categoría J: pasa de $5.425.770 a $ 7.247.514
  • Categoría K: pasa de $ 6.019.594 a $ 8.040.721

La actualización en las escalas implica un aumento del 33,58% en el techo de cada una de las categorías.

Recategorización del Monotributo: cómo hacer el trámite

  • Entrar al sitio de AFIP e ingresar el número de CUIT/CUIL/CDI y la clave fiscal.
  • Hacer clic en el botón “Recategorización”.
  • El sistema muestra la categoría actual y los topes de cada parámetro de esa categoría. Una vez definida cuál es la nueva categoría correspondiente, hacer clic en el botón "Continuar recategorización".
  • Responder las preguntas relacionadas con la locación y luego hacer clic en “Continuar recategorización".
  • Completar los datos correspondientes a la actividad solicitados por el sistema (monto facturado en los últimos 12 meses, si se utiliza un local o no)
  • El sistema muestra la categoría que correspondiente según los datos que aportados. Verificar bien los datos antes de aceptar la transacción.
  • Si los datos no son correctos, presionar en el botón Volver para arreglar los errores. Si los datos están bien, hacer clic en “Confirmar categoría”.
  • El sistema informa que la transacción se hizo correctamente. Ya se puede imprimir la nueva credencial.

Cuánto sale la cuota del monotributo 2023

La ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos estableció la exención del componente impositivo de la obligación mensual para los pequeños contribuyentes registrados en las categorías A y B, siempre que perciban la totalidad de sus ingresos a través del monotributo. Esa bonificación continúa.

Categoría A

  • Impuesto integrado: $496,85
  • Aporte previsional: $2.192,15
  • Obra social: $3.061,75
  • Total: $5.750,75

Categoría B

  • Impuesto integrado: $957,27
  • Aporte previsional: $2.411,36
  • Obra social: $3061,75.
  • Total: $6430,38.

Categoría C

  • Impuesto integrado para servicios: $1.636,83
  • Impuesto integrado para comercio: $1.512,56
  • Aporte previsional: $2.652,52
  • Obra social: $3.061,75.
  • Total servicios: $7.351,10
  • Total comercios: $7.226,83

Categoría D

  • Impuesto integrado para servicios: $2.689,05
  • Impuesto integrado para comercio: $2.484,46
  • Aporte previsional: $2.917,75
  • Obra social: $3.638,26
  • Total servicios: $9.245,06
  • Total comercios: $9.040,47

Categoría E

  • Impuesto integrado para servicios: $5.115,04
  • Impuesto integrado para comercio: $3.967,80
  • Aporte previsional: $3.209,55
  • Obra social: $4.452,02
  • Total servicios: $12.776,61
  • Total comercios: $11.629,37

Categoría F

  • Impuesto integrado para servicios: $7.036,89
  • Impuesto integrado para comercio: $5.180,81
  • Aporte previsional: $3.530,49
  • Obra social: $5.145,02
  • Total servicios: $15.712,40
  • Total comercios: $13.856,32

Categoría G

  • Impuesto integrado para servicios: $8.951,39
  • Impuesto integrado para comercio: $6.459,54
  • Aporte previsional: $3.883,53
  • Obra social: $5.512,52
  • Total servicios: $18.347,44
  • Total comercios: $15.855,59

Categoría H

  • Impuesto integrado para servicios: $20.460,26
  • Impuesto integrado para comercio: $15.856,76
  • Aporte previsional: $4.271,88
  • Obra social: $6.615,02
  • Total servicios: $31.347,16
  • Total comercios: $26.743,66

Categoría I (solo para comercios)

  • Impuesto integrado: $25.575,36
  • Aporte previsional: $4.699,08
  • Obra social: $8.190,03
  • Total: $38.464,47

Categoría J (solo para comercios)

  • Impuesto integrado: $30.054,72
  • Aporte previsional: $5169,03
  • Obra social: $9.166,53
  • Total: $44.390,28

Categoría K (solo comercio)

  • Impuesto integrado: $34.526,76
  • Aporte previsional: $5685,87
  • Obra social: $10.505,29
  • Total: $50.717,92

De esta forma, los valores a aportar mes a mes presentarán un ajuste de entre 72,48% y un 102,14%, dependiendo de la categoría a la que se pertenece.

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