Tres jóvenes murieron ahogados en un cauce de agua en la localidad mendocina de San Martín, al este de la capital provincial.
El hecho ocurrió este domingo minutos antes de las 12 cuando un llamado al 911 alertó que tres jóvenes que se bañaban en un canal ubicado sobre Carril Norte y Callejón Esperanza habían ingresado al agua, pero no habían regresado
Al arribar al lugar, efectivos de la policía comenzaron la búsqueda y hallaron los cuerpos que fueron arrastrados dos kilómetros. Allí los uniformados lograron sacar del canal uno de los cuerpos, mientras que los otros dos fueron rescatados del interior del cauce por los vecinos.
En ese contexto, se efectuaron maniobras de RCP, con resultados negativos, por lo que se llamó a una ambulancia del Servicio Coordinado de Emergencias (SEC). Finalmente, el médico a cargo constató el deceso de las víctimas.
Fuentes policiales indicaron que las víctimas fatales son una joven de 19 años y otros dos jóvenes de 18 y 23 años, oriundos de la zona. Según el diario El Sol, también trascendió que un cuarto integrante del grupo está vivo, por lo que se espera su declaración para establecer cómo sucedió el hecho.
En tanto, según indicó un reporte policial, no se observaron signos de violencia en los cuerpos, solo los golpes producto del arrastre. La investigación quedará en mano de la Oficina Fiscal de la Comisaría 12°.
En ese mismo lugar, en noviembre de 2019, un hombre de 50 años murió ahogado tras salvar a un niño de 6 años que había caído al canal.
El chico pudo ser rescatado con ayuda de otros vecinos, pero Carlos Godoy, quien había saltado al agua cuando observó al niño caer, fue arrastrado por la corriente.
Actualmente, una ley local prohíbe bañarse en cauces de riego: según la Ley 9009 del nuevo Código Contravencional de Mendoza, “el que usare para bañarse cauces de agua, canales de riego, represas, diques derivadores, tomas y cualquier obra hidráulica de la Provincia, no autorizado para ello por la autoridad correspondiente, será sancionado con multa desde doscientas (200) U.F. hasta quinientas (500) U.F. o arresto desde dos (2) días hasta cinco (5) días, o trabajo comunitario de cinco (5) días”.