La Suprema Corte de Justicia de Mendoza prefiere dejar las arcaicas costumbres tal cual están. Es por eso que este miércoles declaró que es inconstitucional la ordenanza municipal de Guaymallén que había eliminado la elección de la reina de la Vendimia en el departamento, al argumentar que el concurso "cosificaba a las mujeres". En su lugar, la comuna pretendía que se rinda homenaje "a los y las hacedores/as de la cultura y la producción". Por mayoría, el máximo tribunal decidió que prefiere ver un desfile completo de reinas en el evento popular provincial, lo que implica que Guaymellén debe sí o sí enviar una representante local.
Desde la Municipalidad de Guaymallén ya habían adelantado que acatarán la decisión que tome el máximo tribunal, pese a no estar de acuerdo. "Mi forma de pensar no cambiará porque es algo anacrónico, retrógrado y discriminador, pero vamos a cumplir el fallo de la Corte, sea cual sea. Ya que los fallos son para acatarlos y por lo tanto es un tema que se está cayendo por su propio peso", afirmó en su momento el intendente Iglesias.
En el fallo, los cortesanos provinciales dijeron que la prohibición de la elección implicaba "una infracción a los derechos que supone resguardar” y declararon inconstitucional la ordenanza N° 9196/21 del Concejo Deliberante de Guaymallén. “La solución de prohibir contenida en la ordenanza, necesariamente dirigida a la comunidad pueblo, toma la forma de una medida sospechosa en cuanto a su finalidad y en principio contradice el deber de respetar, en materia cultural, la actuación libre de quienes se expresan en su creatividad”, agregó el fallo.
En ese sentido, los jueces estimaron que el municipio debería resarcir a Julieta Belén Lonigro, quien fuera la candidata que fue elegida en una fiesta no avalada por el municipio, ya que entiende “fue parte impulsora de esta causa, primero con un reclamo administrativo ante el Municipio de Guaymallén, y posteriormente, ante la denegatoria a su petición, con el inicio de la presente causa ante esta Suprema Corte de Justicia, lo que merece especial atención y reconocimiento”.
En tanto, en disidencia, el juez Omar Palermo respaldó “la legitimidad democrática de la ordenanza”. Explicó que esa reglamentación fue dictada por una amplia mayoría del Concejo Deliberante y sin votos en contra de ninguna de las fuerzas políticas que lo conforman.
Una normativa que no pudo ser
El año pasado, el municipio de Guaymallén decidió romper el araico esquema y resolvió no presentar candidata a reina en la aracaica premiación. Según explicaron desde el municipio, fue una decisión de su concejo deliberante que, a propuesta del intendente local Marcelino Iglesias, votó en mayoría el fin de la elección de la reina.
La decisión había generado un sismo dentro la alianza goberanante en Mendoza. Es que el PRO, partido aliado del intendente local, intentó defender en una carta la figura de la reina como "patrimonio cultural de Mendoza”, y aseguró que la elección de candidatas no implica “violencia y denigración de la mujer”. Pero no solo eso: incluso orquestó el concurso paralelo en el que resultó Lonigro.
En ese entonces, la Comisión de Reinas Nacionales de la Vendimia (Corenave) y la Comisión de Reinas de Guaymallén (Coreguay) presentaron una demanda ante la Corte para que habilite la participación en las ceremonias vendimiales de la denominada “reina blue” de Guaymallén, quien había sido electa en una fiesta “paralela”, sin el aval municipal. Y la Sala II de la Corte hizo lugar a la medida cautelar impulsada por las organizaciones de exreinas, suspendió la ordenanza y ordenó al municipio designar una representante para los tradicionales actos vendimiales del 2022.
Luego de una serie de audiencias públicas que tuvieron lugar a finales del año pasado, la Corte terminó fallando este miércoles en contra de la ordenanza y resolviendo que el municipio debe tener una representante en la Fiesta Nacional de la Vendimia, que se realizará el próximo 10 de febrero.