La Cámara de Apelaciones y Exhortos de Catamarca dio por mal concedido el recurso de apelación a Sergio Coria, el empresario cervecero acusado de abusar sexualmente de una de sus empleadas en diciembre de 2020. Los jueces ordenaron que lo actuado vuelva de manera urgente a Fiscalía para que continúe la investigación.
Coria había sido imputado formalmente por 5 hechos de abuso sexual el 19 de agosto de 2022 y fue llamado a prestar declaración indagatoria, pero se opuso al decreto del Ministerio Público Fiscal, interrumpiendo el proceso penal. De esta manera, el 19 de septiembre el Juzgado de Garantías de Cuarta nominación resolvió en contra del empresario, y argumentó que existe una “imposibilidad de oposición al Decreto de Determinación de los hechos”. Sin embargo, otorgó como válido el recurso de apelación que interpuso el empresario y envió el expediente a la Cámara de Apelaciones.
La Cámara constituida por los jueces Elena Berrondo Isí, Edgardo Álvarez y Diego Chayle Costilla decidió no hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por Coria y argumentó que la imputación: “no conculca el derecho de defensa, sino por el contrario, posibilita que el mismo se materialice conforme a las exigencias procesales. Este llamado no implica –como lo esgrime la defensa en sus agravios-, apartarse de las garantías constitucionales, toda vez que, no se advierte un perjuicio real y concreto que lesione el derecho de defensa y el debido proceso del citado a declarar como imputado en el presente legajo. Todo lo contrario, facilita el ejercicio de su defensa material, pues, la declaración de imputado es la primera oportunidad que le permite al encartado conocer, no solo el hecho que se le atribuye y las pruebas que obran en su contra, sino que también, resulta ser la ocasión adecuada para realizar sus descargos, ofrecer pruebas destinados a atacar la hipótesis del acusador, negar la imputación o simplemente guardar silencio”.
“En síntesis, la defensa no ha logrado demostrar el agravio que alega, en tanto no ha rebatido los argumentos referidos a la razonabilidad del decreto de determinación de los hechos y el consecuente llamado a indagatoria en el presente proceso”, explica.
Por último, La jueza Berrondo Isí, se refirió a lo obrado por el Juez Garantías y manifestó: “Estima esta Magistrada que el recurso de mención no reúne los requisitos formales que exige nuestra ley procesal, siendo hasta un tanto presurosa la decisión del juez anterior, al no verse violentada la garantía de la doble instancia, puesto que nos encontramos transitando los albores de la investigación, por lo que se estima que no debería haber concedido este Recurso de Apelación en la resolución obrante, al menos en esta etapa del proceso”.
El hecho
La denuncia por el abuso sexual fue radicada en diciembre de 2020. En aquel momento y tras trabajar casi dos meses como barwoman en una reconocida cervecería ubicada sobre Avenida Illía, pudo relatarle a su padre los acosos a los que era sometida por su patrón y dueño del local.
Ese mismo día, se dirigieron a la Unidad Judicial en donde la víctima relató al menos 8 episodios en donde el sindicado, además de hacerle comentarios impúdicos sobre su cuerpo, la tocó en sus zonas íntimas en repetidas oportunidades. El último y más grave de los abusos, sucedió los primeros días de diciembre de 2020 y fue el que la decidió contarle a su familia.
Ante la justicia, la sobreviviente confesó que no se animaba a hablar porque necesitaba ese trabajo. En tanto, admitió el miedo que le producía la figura de ex jefe. Según su relato, los acosos del empresario serían constantes con ella y también con las demás empleadas del local.