Un tribunal de La Matanza volvió hoy a absolver al confeso autor del femicidio de María Dolores Juncos, asesinada de once puñaladas en 2020 en Isidro Casanova, al declararlo nuevamente inimputable, y si bien la fiscalía y la familia de la víctima habían pedido que quede encerrado en un neuropsiquiátrico o en prisión domiciliaria, los jueces solo dispusieron que sea evaluado periódicamente y continúe en libertad su tratamiento psiquiátrico, informaron fuentes judiciales.
El fallo fue dictado por el Tribunal Oral Criminal (TOC) 2 de La Matanza que consideró inimputable a Ramón Hermes Acuña (79), quien había llegado a debate acusado del delito de "homicidio agravado por el vínculo de pareja existente con la víctima y por haberse perpetrado contra una mujer por un hombre mediando violencia de género", en perjuicio de Juncos.
"Estamos muy decepcionadas, sentimos que es una burla, una falta de respeto total. Como siempre, el asesino femicida tiene el derecho y el privilegio", dijo a Télam Virginia, hermana de la víctima, tras escuchar la sentencia en los Tribunales de La Matanza.
En los alegatos, el fiscal de juicio, Guillermo Bordenave, solicitó durante su alegato que Acuña, que actualmente tiene 79 años, sea encerrado en un neuropsiquiátrico del Servicio Penitenciario Bonaerense por un plazo de 45 años. En tanto, el abogado Fernando Herrera, que representó como particular damnificado a los familiares de la víctima, acompañó el pedido del fiscal y solicitó, en forma subsidiaria, que Acuña reciba un tratamiento ambulatorio en un hospital de día, con control del juzgado.
Sin embargo, los jueces Arturo Federico Mateo Gavier, Lucila Laura Pacheco y Diego Sebastián Burgueño rechazaron ambos planteos y absolvieron a Acuña al considerarlo inimputable pero ampliaron "las reglas compromisorias de la excarcelación oportunamente dispuesta por el Tribunal en lo Criminal 1 de La Matanza (que estuvo a cargo del primer juicio oral), hasta la firmeza del presente fallo".
"Acuña deberá continuar con el tratamiento psicológico-psiquiátrico y presentar ante este Tribunal, cada seis meses, el informe de seguimiento", dice otro de los puntos del veredicto, que agrega que "en el plazo inferior a un mes se realicen todas las evaluaciones médicas necesarias para insertar a Acuña en un dispositivo interdisciplinario, se evalúe la necesidad de concurrencia a un Hospital de Día, y se realice un trabajo en la psicoeducación del grupo familiar para poder identificar pautas de alarma".
El abogado Herrera, que representó como particular damnificado a los familiares de la víctima, dijo a Télam que lo que hicieron los jueces fue "ser mas rigurosos en cuanto a la excarcelación que tiene, es decir lo van a obligar a remitir los informes del tratamiento psiquiátrico y psicológico que está haciendo", pero "no lo trasladan al neuropsiquiátrico ni tampoco con arresto domiciliario como pidió la fiscalía y esta querella".
"Solamente ampliaron las reglas de conducta de la excarcelación, es decir, él sigue excarcelado nada más que fueron mas rigurosos con las reglas de conducta, y lo van a controlar en la evolución psiquiátrica y psicológica", agregó el letrado.
"Obviamente voy a apelar eso, lo voy a recurrir, lo mismo que el fiscal, porque el pidió la internación en un neuropsiquiátrico y yo pedí la internación o mínimamente un arresto domiciliario", concluyó Herrera. Acuña ya había sido declarado "inimputable" el 22 de febrero del año pasado por el TOC 1 de La Matanza, conformado por los jueces Alfredo Drocchi, Matías Rouco y Andrea Schiebeler, a partir de un peritaje psiquiátrico.
Tres meses después, la Sala I de la Cámara de Apelaciones y Garantías de La Matanza, presidida por el juez Gerardo Lucio Frega, hizo lugar a un planteo presentado por el fiscal Alfredo Luppino para que se "revoque el sobreseimiento" y "se haga nula la excarcelación" y se ordenó la realización de un nuevo juicio.