La Justicia Laboral ordenó a Terminal Puerto Rosario SA y a Prevención ART S.A. indemnizar con alrededor de 20 millones de pesos a un trabajador que se accidentó en 2006 y sufrió incapacidad física y cognitiva. Se trata de una demanda de reparación integral de daños y perjuicios al damnificado, que tenía 25 años al momento del hecho, ocurrido cuando se encontraba en su lugar de trabajo y sufrió un fuerte traumatismo cráneoencefálico y politraumatismos, provocados por un golpe. El abogado Estanislao López, que patrocinó al empleado, indicó que TPR "nunca explicó cómo se produjo el accidente". Además señaló que se ordenó una "pensión vitalicia" para el damnificado.
El accidente sucedió el 19 de diciembre de 2006 cuando el trabajador fue hallado por sus compañeros tirado en el piso de una zona de estibaje del Puerto de Rosario, con un golpe en el cráneo, y como consecuencia sufrió un déficit cognitivo severo que le provocaba una incapacidad laboral absoluta.
La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Rosario revocó un fallo del Juzgado Laboral Nº 2 y condenó a la concesionaria de las terminales I y II del puerto de Rosario y a Prevención ART S.A.. En el fallo de primera instancia "se había negado que existiera responsabilidad de TPR, condenando exclusivamente a la ART al pago de una indemnización en los términos de la Ley de Riesgos del Trabajo, por una suma muy inferior", recordó el representante legal.
Al mismo tiempo, el abogado agregó que "el Puerto nunca explicó cómo se produjo el accidente ni antes ni durante el juicio. Además, durante el proceso judicial, el trabajador tuvo que ser representado por su esposa, quien fue declarada su 'curadora' ante la incapacidad total del accidentado".
En esta instancia y tras más de quince años, la Cámara "condenó expresamente a Terminal Puerto Rosario S.A. al pago de la suma cercana a los 20.000.000 de pesos, por considerar probados reiterados incumplimientos en materia de higiene y seguridad, así como su falta de colaboración en el proceso judicial", indicó López. Y agregó que TPR "nunca explicó cómo se produjo el accidente, pese a que fue intimado a exhibir sus informes de higiene y seguridad sobre el siniestro". El fallo también mantuvo la condena a Prevención ART S.A.
La resolución, además, menciona que cuando el trabajador recibió el alta médica -un alta sanatorial- tuvo que seguir con tratamientos neurológicos y fue diagnosticado con un "severo cuadro neuropsiquiátrico, extremas limitaciones cognitivas, mutismo".
En ese sentido, uno de los puntos indica que las periciales psiquiátrica y médica dan cuenta de lesiones incapacitantes "total, absoluta y permanente compatible con un supuesto de gran invalidez que el perito médico estimó un 100 por ciento".
El fallo firmado por los camaristas María Andrea Deco y Sergio Restovich reconoce además una pensión vitalicia por gran invalidez.