Desde Mar del Plata

Durante más de dos horas sin interrupción, María Laura Solari, la abogada oficial del principal acusado por la muerte de Lucía Pérez, expuso su alegato: “La única persona que debería estar aquí sentada en el banquillo es la fiscal María Isabel Sánchez”, de esta manera comenzaron los argumentos para reafirmar lo que ya había solicitado al Tribunal Oral en lo Criminal N1 en el primer juicio llevado a cabo en 2018: la absolución de Matías Farías por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la muerte, por el suministro de estupefacientes y en el contexto de violencia de género en concurso con femicidio”.

Luego fue el turno de César Sivo que completó las cinco horas que duraron los alegatos de ambas defensas. Sivo es la defensa particular de Juan Pablo Offidani, para quien la querella, compuesta por Verónica Heredia y Florencia Piermarini, también pidió prisión perpetua por ser partícipe necesario.

Ambos alegatos se centraron en la justicia paralela al proceso que hubo a partir de los dichos de la fiscal y que fueron imposibles de revertir, los medios de comunicación que tergiversaron la información, la perspectiva de género que definieron como “portable para solo una de las dos partes involucradas”, la independencia del Poder Judicial y la inconstitucionalidad de la prisión perpetua.

La jornada terminó con las escuetas palabras de los acusados que desde sus respectivos pabellones le hablaron al Tribunal que confirmó como fecha de la lectura del fallo el próximo 17 de marzo.

Alegatos de la defensa de Matías Farías

María Laura Solari expuso por segunda vez -ya lo había hecho en el juicio anterior en 2018- las razones por las cuales asegura que su defendido debería ser absuelto. Su alegato se inició con un video en donde se reprodujeron varias apariciones de la fiscal María Isabel Sánchez en los medios en donde aseguraba que había sido empalada entre varios hombres de manera inhumana: “Lo que sucedió es que lo que afirmó Sánchez es falso y no existió hasta hoy forma de borrar esa idea, cientos de hombres y mujeres siguen pensando que Lucía fue obligada a consumir drogas para dejarla morir de la forma más horrenda. Aún se sostiene que Lucía tenía lesiones en el ano y la vagina pero todos los que presenciamos el juicio sabemos que no es verdad, y digo todos. Debemos hablar del respeto a las garantías constitucionales y la independencia de poderes, debemos hablar de la prueba, que es de lo que trata todo proceso” expresó Solari frente al Tribunal.

La independencia judicial, el rol de los medios de comunicación y la inconstitucionalidad de la prisión perpetua fueron argumentos en los que también puso énfasis la abogada. Criticó que tanto la Secretaría de Derechos Humanos encabezada por Horacio Pietragalla como el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidades de la provincia de Buenos Aires en nombre del Poder Ejecutivo “se inmiscuyan en la causa” y agregó: “Todo lo que ocurre en el debate es de una gravedad institucional inusitada y la escalada de violencia parece no tener fin. ¿Los jueces van a decidir de acuerdo a quien grite más fuerte o sea apoyado por más ministerios? ¿Van a fallar de acuerdo a quien tiene más chances de denunciarlos?”, dijo para referirse al jury que enfrentan los jueces Facundo Gómez Urso, Aldo Carnevale y Pablo Viñas que absolvieron a Farías y Offidani en 2018.

Respecto a los medios de comunicación señaló que existió una justicia paralela al proceso en donde “lo político ha sobrepasado la probatoria” y en donde se ha instalado que “justicia es condena y absolución es impunidad”.

En relación al consentimiento y a la voluntad de Lucía de encontrarse con Farías, la abogada confronta el lineamiento de la parte acusadora que expuso que Lucía quería pagar la deuda que tenía con el dealer (Farías) y no tenía interés de concretar un encuentro: “Es falso que Farías la haya atraído porque Lucía le tenía que dar dinero. Lucía ya tenía la droga en su poder y no surge de ningún chat que Farías le habría reclamado. Si la idea de Lucia era esa no lo hubiese despertado para encontrarse a las 7.19. Ni le hubiese impedido al hermano que la acompañe esa mañana. Lucía quería ir sola porque quería intimar con él” afirmó Solari frente al Tribunal.

La abogada también afirmó que no hay pruebas que la droga que fue detectada en los fluidos de Lucía fue provista por Farías, y que si hubiese sido así eso no implica que sea culpable de la muerte, en todo caso el delito sería venta de drogas y ese “es un delito por el que Farías ya fue condenado”.

En relación a las desigualdades en el marco de la perspectiva de género expuestas por la parte acusatoria Solari preguntó al Tribunal: “¿Cualquier relación sexual en la que alguien consume drogas es violación? ¿Cualquier relación con una mujer más chica es violación? ¿Todo hombre machista viola a una mujer con la que tiene relaciones? ¿Cuándo hay consentimiento? ¿Nunca? ¿Las veces anteriores que Lucía tuvo sexo no fue accedida contra su voluntad?” interrogó Solari.

La abogada también realizó un recorrido por “las circunstancias de la vida de Farías” para aportar a su alegato el estado de vulnerabilidad no compatible con un “narco poderoso”. Lo describió como “hijo de padre alcohólico, abandonado por su madre y criado por su tía Blanca Farías. A los 16 fue internado por consumo de drogas en una clínica en Río Cuarto, a los 20 conoció a su actual ex mujer, 11 años mayor que él, con la que tiene dos hijos”.

Alegatos del defensor de Juan Pablo Offidani

Cesar Sivo volvió a citar -como lo había hecho en los lineamientos- el caso de Leo Frank, un hombre judío condenado a cadena perpetua a principios de siglo en Estados Unidos por el asesinato de una niña de 13 años. Frank fue linchado por un grupo de personas en nombre de la justicia y 74 años después, post mortem, fue absuelto por un crimen que no cometió: “Este es un problema que cada tanto se revitaliza, la justicia es avasallada por un clamor popular que no tiene información” explicó el abogado.

Para Sivo este juicio está atravesado por dos grandes problemas: “que la defensa del juicio fue seriamente violentada y la independencia de los jueces fue menoscabada” y agregó que “no estamos defendiendo a femicidas ni somos unos canallas, estamos defendiendo el estado de derecho”.

El abogado que defiende a Juan Pablo Offidani citó a la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Buenos en relación al debate en torno al consentimiento: “El consentimiento no debe ser valorado en abstracto sino en la prueba” y agregó “como no se puede presumir el consentimiento tampoco se puede presumir el no consentimiento. Es una cuestión de pruebas” y agregó “en base a la prueba no se encuentran motivos respecto a por qué Lucía habría dicho que no”. “¿Pudo decir que sí? Sí. Probatoriamente no se mencionó una evidencia que nos haga pensar lo contrario”, concluyó.

En esta misma línea, Sivo afirma que las acusaciones hacia su defendido no se basan en las pruebas sino que están basadas en prejuicios morales. El abogado se refiere a la caracterización por parte del fiscal Leandro Arévalo de Offidani como un “consumidor obsesivo de pronografía”, según el abogado defensor no hubo otra posibilidad de que los acusados sean “los dealers, los empaladores, los violadores”.

“Offidani esta de regalo en esta causa, es lo que permitió a la acusación sostener ese relato para hablar de agresores en plural” explicó el abogado ya casi finalizando su alegato.

Una vez terminadas las exposiciones los jueces que encabezan el Tribunal, Gustavo Fissore, Alexis Simaz y Roberto Falcone, le dieron a los acusados la oportunidad de decir unas palabras. En el caso de Farías, muy escuetamente expresó que las cosas sucedieron como dijeron sus abogadas, mientras que Offidani expresó: “Tengo la conciencia tranquila de que hice todo lo posible para llegar rápidamente a la salita para brindarle asistencia, no tengo conocimiento para saber en qué estado estaba o llegó y tengo confianza de que se va a resolver la situación con la verdad. Muchas gracias, y gracias a los defensores y abogados”

El fallo de este juicio se escuchará el próximo 17 de marzo al mediodía, mientras que el proceso de jury a los jueces que absolvieron a los acusados sigue en curso, las apelaciones de la defensa por la anulación de la sentencia también y la fiscal María Isabel Sánchez continúa en funciones con un expediente activo por su actuación en la instrucción de este juicio.