En el marco del juicio por el asesinato de Fernando Báez Sosa, por el cual el pasado 6 de febrero se sentenció a 15 años de encarcelamiento a tres jóvenes y a prisión perpetua a otros cinco, los fiscales y los abogados que representan a la familia de la víctima, por un lado, y los abogados de la defensa, por el otro, presentaron a comienzos de esta semana sus respectivos recursos de apelación ante el Tribunal de Casación bonaerense.

A partir de ahora, y de acuerdo con lo que apelaron las partes, son tres los posibles escenarios que enfrentan los rugbiers: que los jueces encuentren admisible el pedido de la fiscalía y los familiares para condenar a todos los acusados a prisión perpetua; que desde Casación hagan lugar a la revisión de las condenas para reducir las penas y considerar la absolución de algunos, como planteó la defensa; o que se ordene la realización de un nuevo juicio. 

El plazo para determinar alguna de estas salidas es indeterminado. La resolución podría ser dada a conocer dentro de los próximos seis o incluso 12 meses, según establece el Código Penal. No obstante, una fuente judicial aclaró a Página|12 que el vencimiento de dicho plazo no produce la caducidad del proceso.

Existen otras alternativas posibles para la defensa de los rugbiers: si la Sala de Casación confirma el veredicto del Tribunal de Dolores, podrán presentar un recurso extraordinario ante la Suprema Corte de Justicia Bonaerense, y, ante otro eventual rechazo, les quedaría la instancia de presentar un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Crimen Fernando Báez Sosa: la Fiscalía y la familia piden penas más duras

La Fiscalía rechazó este lunes la calificación de "partícipes secundarios" y solicitó ante los jueces del Tribunal de Dolores que los tres jóvenes sentenciados a 15 años de cárcel por crimen reciban la misma pena de prisión perpetua dictada para los otros cinco condenados.

Juan Manuel Dávila y Gustavo García, quienes llevaron adelante la acusación fiscal ante el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de la ciudad de Dolores, utilizaron el mismo planteo que en su alegato de cierre durante el juicio, y consideraron que todos los acusados fueron coautores del delito de "homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas, en concurso ideal con lesiones leves".

Según argumentaron, Blas Cinalli, Ayrton Viollaz y Lucas Pertossi tuvieron el mismo grado de responsabilidad que Máximo Thomsen, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano y Ciro Pertossi en el homicidio ocurrido frente al boliche "Le Brique", la madrugada del 18 de enero de 2020, en Villa Gesell.

Para los fiscales "no hubo roles", sino que "todos hicieron todo" y "se pusieron de acuerdo para matar a Fernando". Por ese motivo, rechazaron la calificación de "partícipes secundarios" impuesta en su fallo del último 6 de febrero por los jueces María Claudia Castro, Emiliano Lázzari y Christian Rabaia.

Los abogados Fernando Burlando y Fabián y Facundo Améndola, quienes representan a la familia Báez Sosa, ratificaron el pedido de que la prisión perpetua alcance a los ocho condenados, por entender que todos fueron coautores del crimen.

Recurso de apelación: qué pidió la defensa

Por otro lado, el abogado defensor Hugo Tomei apeló el martes ante el Tribunal de Casación bonaerense y pidió que los tres condenados a 15 años de cárcel como "partícipes secundarios" del crimen sean absueltos.

Además, respecto a los cinco sentenciados a perpetua, el defensor cuestionó la calificación de "homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas" por la que fueron condenados e insistió con que la calificación correcta sería "homicidio en agresión tumultuosa", mejor conocido como "homicidio en riña", un delito contemplado por el artículo 95 del Código Penal y que tiene una pena inferior, que va de los dos a los seis años de prisión.

Según fuentes judiciales, en primer término, y tal como ya lo había planteado en la instrucción del caso y durante el debate, Tomei pidió que se declare "la ilegalidad" del acto de las indagatorias tomadas a los ocho acusados la noche del 19 de enero de 2020. De acuerdo a lo planteado por la defensa, en ese procedimiento "falsificaron las actas del expediente entre fiscal, la defensora oficial y dos secretarios del Ministerio Público Fiscal".

En otro punto, la defensa requirió que se declare la "parcialidad" de los jueces integrantes de la Sala 1 de la Cámara de Apelaciones y Garantías de Dolores que el 14 de abril de 2020 confirmaron las prisiones preventivas para los acusados.

La defensa justificó el planteo en que en aquella resolución, los camaristas Luis Felipe Defelitto, Fernando Sotelo y Susana Yaltone llamaron a los imputados "mentirosos, fríos, calculadores, que salieron de cacería humana y que eran poseedores de una maldad inhumana".

A su vez, Tomei reiteró uno de los planteos centrales de su alegato en el juicio, al sostener que se violó "el principio de congruencia" en la sentencia porque, a su criterio, sus clientes llegaron al debate con una acusación genérica y la fiscalía modificó los hechos con una imputación más detallada.

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