En España un hombre deberá pagarle a su ex esposa 204.000 euros como "compensación por el trabajo doméstico realizado en el hogar no retribuido” durante los 25 años que estuvieron casados, además de una pensión de 500 euros mensuales durante dos años para la mujer, y otras de 400 y 600 euros para sus dos hijas, de 14 y 20 años.
Así lo determinó la Justicia, tras una demanda interpuesta por la mujer en diciembre de 2020, meses después del divorcio, precisó El País, en el que reclamó se reconociera su trabajo durante 25 años de matrimonio dado que, por el régimen de separación de bienes, su exesposo se quedó con todo su patrimonio y ella solo con la mitad de una vivienda, cuya propiedad compartían.
La sentencia, dictada el 15 de febrero por la jueza Laura Ruíz Alaminos del juzgado de primera Instancia de Vélez-Málaga, obliga también a las partes a hacerse cargo a medias de los gastos extraordinarios de sus hijas, como consultas médicas o clases de apoyo escolar.
Según explicaron la mujer y su abogada, durante los años que estuvuieron casados, el hombre "no quería" que "trabajara" de otra cosa que no sea el "cuidado del hogar y la familia, con todo lo que ello implica". Así, desde que se casaron en 1995, ella se dedicó "escencialmente a trabajar en la casa", dado que su ex "no quería" que "trabajara" de otra cosa que no sea el "cuidado del hogar y la familia, con todo lo que ello implica".
"Me obligó a tener el rol específico, a estar en un margen en el que no podía moverme demasiado", contó la mujer en diálogo Cadena SER. “Quise tener mi propio negocio, pero trabajaba para él en los suyos sin haber sido nunca remunerada. Llegué a dedicar hasta 10 horas diarias", contó también al diario Málaga Hoy.
Cuando se casaron, en junio de 1995, firmaron una separación de bienes. En ese momento, el hombre contaba con varias empresas -una cadena de gimnasios, una de instalación de parqué, otra venta de maquinarias-, y su situación fue mejorando año a año, lo que le permitió comprarse terrenos y autos de lujo, entre otros bienes, mientras la mujer quedó al cuidado de los hijos.
“Ella era su sombra, trabajando detrás para que él creciera en lo profesional y se convirtiese en algo”, dijo su abogada Marta Fuentes. “Ella estuvo todo ese tiempo sacando a su familia adelante. Para que él pudiera tener un proyecto empresarial, ella se quedó con las niñas y jamás contrataron a nadie para que la ayudara”, agregó.
La sentencia se basó en el artículo 1438 del Código Civil español, según el cual “los cónyuges contribuirán al sostenimiento de las cargas del matrimonio. A falta de convenio lo harán proporcionalmente a sus respectivos recursos económicos. El trabajo para la casa será computado como contribución a las cargas y dará derecho a obtener una compensación que el juez señalará (...) a la extinción del régimen de separación”.
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