Mediante un juicio abreviado, Juan Antonio Soria, de 27 años de edad, fue condenado a cuatro años de prisión efectiva por el delito de "instigación al suicidio" de su entonces pareja, Daniela Chávez, de 31 años y madre de cincos hijos e hijas, dos en común con el ahora condenado. A Soria se le añadió un año más debido a que tenía una condena anterior por violencia de género.
Además de los cinco hijos e hijas que tenía, Chávez estaba embarazada de tres meses en el momento del suicidio, en medio de un clima de violencia y terror. Fue encontrada sin vida el 24 de abril de 2022. Una junta médica determinó que se trató de un suicidio. La investigación estuvo a cargo del fiscal Gonzalo Vega y en un principio se sospechó de que en realidad se hubiera tratado de un femicidio porque el cuerpo presentaba rastros de golpes.
Con la continuidad de la investigación "Pudo comprobarse que la fallecida era víctima de violencia de género por parte del acusado", aseguró el Ministerio Público Fiscal.
El organismo indicó que se realizó una autopsia psicológica a la mujer, mediante la cual concluyeron que era víctima de violencia de género y que Soria, valiéndose del elevado nivel de vulnerabilidad y desvalimiento emocional de Chávez, ejercía sobre ella presión psicológica y le causaba daño físico, lo que la llevó a terminar con su vida.
Luego de recibir la confesión del acusado, el juez Ricardo Martoccia le impuso cuatro años de prisión efectiva y como tenía una condena anterior, que sería por violentar a la misma víctima, se le unificó la pena única de 5 años de prisión efectiva.
La tía Daniela Chávez, María Quiroga, relató el año pasado a Salta/12 que había al menos tres denuncias por violencia de género contra Soria. Y contó también del terror que la joven tenía por su pareja. En 2019 el hombre fue condenado a una pena leve de ejecución en suspenso, por hechos de violencia de género.
En el informe “No son suicidas, son víctimas de femicidas” (estudio exploratorio‐descriptivo sobre suicidios y femicidios identificados como suicidios y su relación con la violencia de género en Salta, de 2017-2019), la antropóloga Andrea Flores y la socióloga Mariana Macazaga, abordan esta problemática en el marco de la Iniciativa Spotlight en conjunto con el Observatorio de Violencia contra las Mujeres de la Provincia de Salta.
"El denominado suicidio feminicida y/o por razones de género o la conducta de instigación al suicidio se inscribe en último término en una experiencia de violencia que ancla en una estructura patriarcal y heteronormativa, que dista de un mero ejercicio soberano sobre sí misme, sino que resulta del inmenso sufrimiento subjetivo que deviene de historias de agresiones, abusos y violencias", señalan las investigadoras.
Además, las autoras mencionan que "la caracterización como feminicida, y no como inducido o instigado permite recuperar las tramas de violencias de género que anteceden a su ocurrencia, así como las responsabilidades estatales por acción u omisión".
Aunque el Código Penal argentino no contempla al suicidio feminicida de ese modo específico, el artículo 83 establece para la instigación al suicidio una pena máxima de 4 años de prisión efectiva, pero sin los agravantes por la violencia de género.